Normas MPP Salud Higiene Ocupacional
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Normas MPP Salud Higiene Ocupacional
SALUD Estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. (OMS, 1946) Es uno de los derechos sociales fundamentales, obligación del Estado, quien lo garantizará como parte del derecho a la vida, mediante políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, art. 83, 1.999)
TRABAJO Esfuerzo personal para la producción y comercialización de bienes y/o servicios con un fin económico, que origina un pago en dinero o cualquier otra forma de retribución. “Es un proceso social básico, dado que en él se producen, bajo una determinada relación ente los seres humanos, los bienes necesarios para la vida social”. (Marx, 1.975, p.130)
TRABAJO Las definiciones anteriores destacan tres aspectos: Todo trabajo produce un despliegue de energía física y mental. El trabajo productivo es un proceso de transformación de la naturaleza para obtener bienes necesarios a la vida social. La transformación de la naturaleza conlleva al ser humano a transformarse a sí mismo, produciéndose un efecto beneficioso o dañino dependiendo de las condiciones en que se realice éste trabajo.
TRABAJO El trabajo es un hecho social que produce un impacto individual. El carácter del trabajo está mediado por las relaciones sociales entre los grupos humanos y la distribución de poder; generándose los patronos y los asalariados.
SALUD EN EL TRABAJO Una relación satisfactoria entre el trabajo y las condiciones de vida debe aportar además del beneficio del salario, un ambiente adecuado al óptimo desarrollo de las funciones de cada trabajador, además de elevar su calidad de vida y la de su familia; de lo contrario su efecto puede ser destructivo para ambos. Una visión amplia de salud en el trabajo considera diversos espacios laborales: la Fábrica, el Taller o Centro de trabajo, el Domicilio, la Calle, el Campo y también diferentes momentos: Empleo, Desempleo, Subempleo, Empleo Informal
SALUD EN EL TRABAJO
SALUD EN EL TRABAJO: bases legales La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el artículo 87 establece que … “todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas y creará instituciones que permitan el control y la promoción de estas condiciones”
SALUD EN EL TRABAJO: bases legales La LOT establece en el artículo 185 las condiciones en las cuales deba prestarse el trabajo, a saber …: a) “Permitan a los trabajadores su desarrollo físico y psíquico normal; b) Les dejen tiempo libre suficiente para el descanso y cultivo intelectual y para la recreación y expansión lícita; c) Presten suficiente protección a la salud y a la vida contra enfermedades y accidentes; y d) Mantengan el ambiente en condiciones satisfactorias”.
SALUD EN EL TRABAJO: bases legales El objeto de la LOPCIMAT, artículo 1, es … Establecer las instituciones, normas y lineamientos en materia de seguridad y salud. Regular derechos y deberes de trabajadores y empleadores. Establecer sanciones por incumplimiento de esta normativa.
SALUD EN EL TRABAJO: bases legales REGLAMENTO PARCIAL DE LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. Gaceta Oficial N° 38.596 Artículo: 1. Objeto. Promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social en todas las ocupaciones. Prevenir toda causa que pueda ocasionar daño a la salud de los, por las condiciones de trabajo. Proteger a los trabajadores de los riesgos y procesos peligrosos resultantes de agentes nocivos. Procurar un trabajo digno adecuado a las aptitudes y capacidades de cada trabajador Garantizar el derecho a la salud, seguridad, condiciones y medio ambiente de trabajo digno, descanso, utilización del tiempo libre, recreación y el turismo social.
Condiciones de trabajo REGLAMENTO PARCIAL DE LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. Artículo 11. Se entiende por condiciones de trabajo: Las condiciones generales y especiales bajo las cuales se realiza la ejecución de las tareas. Los aspectos organizativos y funcionales de las empresas, centro de trabajo, explotación, faena, establecimiento; así como de otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicio en general; los métodos, sistemas o procedimientos empleados en la ejecución de las tareas; los servicios sociales que éstos prestan a los trabajadores y las trabajadoras, y los factores externos al medio ambiente de trabajo que tienen influencia sobre éste.
Condiciones de trabajo Se entiende como condiciones de trabajo cualquier aspecto del trabajo con posibles consecuencias negativas para la salud de los trabajadores, incluyendo, los aspectos ambientales, los tecnológicos, las cuestiones de organización y ordenación del trabajo. Ambiente de Trabajo: Es el conjunto de condiciones que rodean a la persona que trabaja y que directa o indirectamente influyen en la salud y vida del trabajador.
Salud ocupacional Se define como la disciplina que busca el bienestar físico, mental y social de los trabajadores en sus sitios de trabajo.
FINES SALUD OCUPACIONAL (OMS – OIT – 1.989) Promoción y mantenimiento del más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores Prevención de la pérdida de salud derivada de las condiciones de trabajo Protección de los trabajadores en su empleo, contra los riesgos derivados de factores adversos para la salud (profesionales) Colocación y mantenimiento del trabajador en un ambiente adaptado a sus capacidades fisiológicas y psicológicas
Historia en Venezuela Código de Minas 1.855 Reglamento de Minas 1.915 – 1.916 Ley de Hidrocarburos 1.920 – 1.922 (Ratificada en 1.943) Ley del Trabajo 1.936 Creación del I.V.S.S. 1.944 Reglamento de las Condiciones De Higiene y Seguridad en el Trabajo 1.969 – 2.007 Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo 1.986 – 2.005 Ley Orgánica del Trabajo 1.991 – 1.997 Creación del I.N.P.S.A.S.E.L. 1.992 – 2.002
Evolución de las leyes
Legislación en Latinoamérica Argentina 1.915 (Ley precursora sobre riesgos Profesionales y su aseguración) Colombia 1.916 Uruguay 1.920 Ecuador 1.921 Bolivia 1.924 Paraguay 1.927 Venezuela 1.922 Nicaragua 1.930 México 1.931 República Dominicana 1.932
Organizaciones que se encargan de la salud ocupacional ORGANISMOS NACIONALES I.N.P.S.A.S.E.L. (Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral) I.V.S.S. (Instituto Venezolano de los Seguros Sociales) M.P.P.S. (Ministerio del Poder Popular para la Salud) M.P.P.T.S.S. (Ministerio del Poder Popular
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