ORIGEN DE ENFERMEDAD Y ACCIDENTE DE TRABAJO POR PARTE DE LAS IPS
Enviado por melisa.callejas • 3 de Junio de 2015 • 4.056 Palabras (17 Páginas) • 220 Visitas
PROTOCOLO DETALLADO SUGERIDO PARA LA IDENTIFICACIÓN DEL ORIGEN DE ENFERMEDAD Y ACCIDENTE DE TRABAJO POR PARTE DE LAS IPS
La identificación del origen de enfermedad y accidente tiene como fin tomar decisiones relacionadas con las conductas clínica y administrativa que se requieren para el manejo del paciente y establecer la orientación del caso por parte de la IPS (incluyendo la remisión del informe de los hallazgos a la EPS del paciente.
CONTENIDO
1. ELABORACIÓN DE LA HISTORIA CLÍNICA
2. HERRAMIENTAS REQUERIDAS PARA LA IDENTIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LA ENFERMEDAD O ACCIDENTE.
2.1. DEFINICIONES
2.2. ASPECTOS CONCEPTUALES Y NORMATIVOS PARA LA DETERMINACIÓN DE ENFERMEDAD COMÚN Y ENFERMEDADES PROFESIONALES.
• TIPOS DE RIESGOS
• LISTA DE ENFERMEDADES PROFESIONALES
• DETERMINACIÓN DE LA CAUSALIDAD. (DECRETO Nº 2566 de 2009. ARTÍCULO 3°)
2.3. CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DE UN ACCIDENTE COMO ORIGEN DE LA PATOLOGÍA.
3. PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LA ENFERMEDAD O ACCIDENTE
4. TABLAS
• TABLA DE ENFERMEDADES PROFESIONALES
• ENFERMEDADES INFECCIOSAS Y PARASITARIAS EN TRABAJOS CON EXPOSICIÓN A RIESGOS BIOLÓGICOS
• CANCER OCUPACIONAL
COMPONENTES DEL PROTOCOLO
1. ELABORACIÓN DE LA HISTORIA CLÍNICA
1.1 A todo paciente que sea atendido en los servicios de urgencias o de consulta externa se le debe elaborar la Historia Clínica habitual con la que cuenta la IPS según el procedimiento determinado por la institución y que comprende aspectos tales como: datos de identificación, anamnesis, descripción de la causa de consulta y enfermedad actual, antecedentes, revisión por sistemas, examen físico y diagnóstico, entre otros.
1.2 En los contenidos mínimos de identificación establecidos el la Resolución 1995 de 1999 se incluye la OCUPACIÓN del paciente, que se debe consignar en la historia clínica y que sirve como información INICIAL básica que ayuda a definir o descartar que el motivo de consulta se encuentre relacionado con la ocupación de éste.
1.3 La evaluación del paciente conduce a un diagnóstico o impresión diagnóstica, luego de lo cual el profesional tratante, habiendo utilizado las herramientas descritas mas adelante, identificará si se trata de:
• Enfermedad general (o enfermedad común)
• Enfermedad ocupacional (profesional)
• Accidente de trabajo
• Accidente NO de trabajo o fuera del trabajo
1.4 En todos los casos debe quedar consignada en la Historia Clínica la identificación del origen de la enfermedad o accidente. Se sugiere que esta información se anote inmediatamente después del Diagnóstico realizado, y que se disponga de un espacio donde se enumeren las opciones correspondientes para la identificación del origen descritas en el numeral anterior (1.3), a fin de que se anote y quede consignada en la Historia Clínica la identificación realizada por el profesional.
1.5 De forma alternativa, especialmente cuando se trata de IPS que disponen de servicios o dependencias de Medicina del Trabajo, sin perjuicio de la atención de salud requerida por el paciente, el profesional tratante podrá informar del caso a dicha dependencia para que se realice el proceso de identificación del origen de la enfermedad o accidente y para los efectos administrativos de la atención.
2. HERRAMIENTAS REQUERIDAS PARA LA IDENTIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LA ENFERMEDAD O ACCIDENTE.
2.1 DEFINICIONES.
Las siguientes definiciones tomadas del Decreto Nº 1295 de junio 22 de 1994, son fundamentales para la identificación del origen de la enfermedad o accidente:
• Riesgos Profesionales. (Artículo 8º)
Son Riesgos Profesionales el accidente que se produce como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada, y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional por el Gobierno Nacional.
• Accidente de Trabajo. (Artículo 9°)
Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
• Excepciones (Artículo 10°)
No se consideran accidentes de trabajo:
a) El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como labores recreativas, deportivas o culturales, incluidas las previstas en el artículo 21 de la ley 50 de 1990, así se produzcan durante la jornada laboral, a menos que actúe por cuenta o en representación del empleador.
b) El sufrido por el trabajador, fuera de la empresa, durante los permisos remunerados o sin remuneración, así se trate de permisos sindicales.
• Enfermedad Profesional (Artículo 11)
Se considera enfermedad profesional todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el gobierno nacional.
• Origen del accidente, de la enfermedad y la muerte (Artículo 12)
Toda enfermedad o patología, accidente o muerte, que NO hayan sido clasificados o calificados como de origen profesional, se consideran de origen común.
“La calificación del origen del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional será realizada, en primera instancia por la institución prestadora de servicios de salud que atiende al afiliado. El médico o la comisión laboral de la entidad administradora de riesgos profesionales determinaran el origen, en segunda instancia”.
2.2 ASPECTOS CONCEPTUALES Y NORMATIVOS PARA LA DETERMINACIÓN DE ENFERMEDAD COMÚN Y ENFERMEDADES PROFESIONALES.
• TIPOS DE RIESGOS:
Los riesgos a que se exponen los trabajadores y que tienen relación con la aparición de ENFERMEDADES PROFESIONALES se encuentran habitual y generalmente definidos como de tipo:
1. Físico
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