Obtencion De Licencia Drummond
Enviado por elkpo0909 • 11 de Junio de 2015 • 396 Palabras (2 Páginas) • 244 Visitas
El ministerio de ambiente en el año 2000 otorga licencia minera a la multinacional Drummond. para la obtención de la licencia ambiental de explotación minera, Drummond requirió ciertos procedimientos para los tramites, los cuales se establecieron en el artículo 30 del decreto 1753 de 1994 y en el artículo 4 de la resolución 655 de 1996. El primer paso para este trámite se realiza la inscripción del proyecto, que consiste en suministrar información general sobre las características del proyecto y en solicitar a la autoridad ambiental la definición sobre la necesidad de elaborar el Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA) así como los términos de referencia pertinentes para el DAA o para el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), según sea el caso.
Para el trámite de la licencia ambiental el interesado presenta el EIA Si se requiere, la autoridad ambiental puede solicitar información adicional, al interesado, en los 30 días hábiles siguientes a la presentación del estudio. En los 15 días hábiles posteriores a la recepción de la información, allegada por el interesado, la autoridad ambiental puede solicitar información adicional.
Efectivamente Drummond comienza hacer su explotación y en el desarrollo de la misma comienza a afectar los cauces de varios ríos y por ende la ciénaga de zapatosa. Partiendo de la base contaminante del carbón, que en nuestro país algunos científicos en la materia controvierten, el máximo tribunal constitucional protege la salud y las condiciones de vida de una familia, pero remite a la verificación del cumplimiento estricto de la licencia ambiental a cargo del ente máximo de fiscalización.
Para evitar que Drummond contamine lo menos posible, se le aplicó ciertas normatividades las cuales se mecionan a continuación:
DECRETO 1541 DE 1978: que en su artículo 146, dice que la exploración que incluye perforaciones de prueba en busca de agua subterránea con miras a su posterior aprovechamiento, requiere permiso y en sus artículos 54, 55 y 157, dice que el aprovechamiento del agua subterránea, requiere de una concesión.
LEY 99 DE 1993: por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones.
LEY 276 DE 1942: ley de aguas.
Decreto Ley 2811 de 1974: Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. Parte III (Aguas no marítimas).
...