Organismo De Planficacion Regional
Enviado por CARLAMUYBELLA • 3 de Mayo de 2015 • 1.219 Palabras (5 Páginas) • 322 Visitas
La Planificación En Venezuela. Proceso Histórico y Bases Legales. Formas de Organización de La Planificación En Venezuela. Niveles Que Conforman El Sistema De Planificación Venezolano. Tipos de Planes de Desarrollo. Hitos en el Desarrollo de la Planificación. Lista de Referencias. Reseña biográfica de la autora.
Proceso Histórico y Bases Legales
El sistema nacional de planificación se inicia con la creación de la Oficina Central de Coordinación y Planificación de la Presidencia de la República (CORDIPLAN), mediante Decreto Ley Nº 492, promulgado el 30 de diciembre de 1958. Esta oficina, auxiliar del Ejecutivo Nacional para las tareas relativas a la planificación, establece las condiciones para crear oficinas sectoriales y regionales de planificación y asesora en cuanto al diseño y ejecución de la política y la coordinación de las mismas, dentro de un plan general de cooperación administrativa. También pauta la coordinación de programas nacionales, regionales, estatales y municipales mediante la articulación de los respectivos planes, la desconcentración de programas nacionales de desarrollo, la descentralización de ciertas atribuciones y la formulación de organismos especiales para la ejecución de los planes.
La organización del proceso de planificación se dirige al ámbito regional y se van creando progresivamente las Corporaciones de Desarrollo: La Corporación Venezolana de Guayana (CVG) en 1960, Consejo Zuliano de Planificación (CONZUPLAN) en 1963, Corporación de Desarrollo de los Andes (CORPOANDES) 1964, Fundación para el Desarrollo Centro Occidental (FUDECO) 1965, y así se continúa con la corporaciones de Desarrollo de la Región Zuliana, de la Región Central y de la Región Nor-Oriental. De manera que pudiera afirmarse que el proceso institucionalizado de la planificación tiende a consolidarse a través de una larga y dificultosa evolución centrada en la definición y articulación de los diferentes niveles que conforman el sistema de planificación: Central, sectorial, regional y estadal.
Formas de organización de la Planificación en Venezuela
Niveles Que Conforman El Sistema De Planificación Venezolano
Nivel Central: Conformado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, representando la suprema autoridad o instancia de decisión política del sistema. A diferencia del nivel técnico administrativo, representado por CORDIPLAN; que tiene como función fundamental asistir en materia de planificación al Presidente de la República y al Consejo de Ministros. Expresamente le corresponde coordinar, promover, orientar y compatibilizar, en las distintas instancias del sistema, el proceso de formulación de los planes de largo, mediano y corto plazo. Además, se cuenta con otras oficinas de apoyo adscritas a la Presidencia de la República, como son: La Oficina Central de Estadística e Informática (OCEI) y la Oficina Central de Presupuesto (OCEPRE), las cuales actúan interrelacionadamente, de acuerdo a sus competencias.
Nivel Sectorial: Este nivel se incorpora formalmente al sistema de planificación a partir de 1971, de acuerdo a lo pautado en el Reglamento del Estatuto Orgánico de Ministerios, donde se establece las Direcciones de Planificación y Presupuesto en todos los Ministerios, con expresas funciones como órganos sectoriales de planificación, pero sin estar vinculados funcionalmente a CORDIPLAN. Este nivel está sujeto a modificaciones periódicas, que se relacionan con reformas que de tiempo en tiempo se producen en la Administración Central.
Nivel Regional: Este nivel fue considerado importante en el proceso de planificación por su relevante contribución al proceso de desarrollo nacional. Por ello, en el Decreto de creación de CORDIPLAN se estimula la representación de los organismos regionales, que aparecen progresivamente en la década del 60 como las Corporaciones de Desarrollo Regional, y también la atención al tratamiento de la realidad físico – espacial del país, pues es evidente la necesidad de definir áreas especiales de acción por parte del Estado, para coordinar la intervención de los distintos entes oficiales. En 1969, se promulga el Decreto 72, donde se define por primera vez un sistema
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