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Origen y carácter de la Inquisición Española


Enviado por   •  27 de Febrero de 2013  •  Informe  •  3.227 Palabras (13 Páginas)  •  609 Visitas

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Origen y carácter de la Inquisición Española

En tiempos pasados y en los países que profesaban la fe católica, la herejía se consideraba como un delito, como un acto que podía y debía castigarse. A este efecto, un concilio reunido en la ciudad de Verona en el año de 1185 concedió a los obispos la facultad de proceder judicialmente contra los sospechosos de herejía y, en caso de ser culpables deberían ser entregados a la autoridad civil para que se les impusiera un castigo, que podía ser la pena capital. Tal remoto antecedente de esa famosa institución que, andando el tiempo, se llamó Tribunal de Santo oficio de la Inquisición. Comúnmente citado en su forma abreviada "Inquisición".

Este nombre – derivado del latín inquisitio – se debe a que, a diferencia de otros tribunales, los del Santo Oficio podían proceder libremente por su cuenta para averiguar o inquirir en secreto la conducta y creencias de cualquier persona que por algún motivo pudieran ser sospechosas.

Breve idea de la legislación inquisitorial.

La base de la legislación inquisitorial española sé remota a la época del primer inquisidor general, fray Tomás de Torquemada. Refiriéndose a tan decisivo asunto para nuestro relato. Torquemada convocó una gran junta para discutir esas instrucciones, a la que concurrieron los miembros del consejo y los inquisidores de cuatro tribunales de España. El documento fue definitivamente aprobado y, sin bien en años posteriores sufrió adicciones y algunos cambios, es la base de todas las constituciones posteriores del tribunal. En él se contienen reglas para el establecimiento de tribunales y "los trámites a que debían arreglarse los inquisidores en la secuela y sentencia de un proceso y ejecución de la sentencia". Este código fundamental se llamó Compilación de las instrucciones del oficio de la Santa Inquisición; circuló en copias manuscritas y fue impreso por primera vez en 1537.

Veinticuatro años más tarde, en 1561, el inquisidor general don Fernando Valdés promulgó en Toledo otra compilación con objeto de uniformar la práctica que habían seguido los tribunales durante aquel lapso de tiempo. Este código adicional fue conocido con el nombre de Ordenanzas de Toledo. Estos dos libros y un formulario acerca de los procedimientos que debían observar los inquisidores, recopilado por el secretario del Consejo supremo de Inquisición.

Por último, debe mencionarse las cartillas que publicaron los tribunales locales para instruir en sus deberes los llamados "comisarios" del Santo Oficio, o sean los empleados auxiliares que tenían los inquisidores determinados por todo el territorio de su jurisdicción. El tribunal de México mandó a imprimir en diversas fechas esas cartillas. Los inquisidores se valían, además, como guía para definir los delitos que perseguían, de libro doctrinales aprobados por la iglesia donde se examinaban los actos que caían bajo la especie de herejías, brujerías, pactos con el demonio, supersticiones y otros semejantes. Famoso fue, en este sentido, un libro intitulado Tractatus contra hereticam pravitatem, compuesto por Gundisalvus de Villa Diego y muy usado por la inquisición de Nueva España.

La inquisición en México antes del establecimiento del Tribunal del Santo Oficio.

Los principios de aquellas actividades sin confusos por la diversidad de autoridades que intervinieron y la falta de precisión de sus facultades para hacerlo. La autoridad seglar, incluso, se abocó en no pocos casos, y durante buen número de años, al conocimiento y castigo de los actos que normalmente correspondían a la jurisdicción episcopal y, mejor aún, a la inquisitorial. Hay indicios ciertos de actividades inquisitoriales contra herejes desde 1522, realizadas al parecer, por frailes que desde la época ya que se hallaban en México, quizás actuando con poderes directos del papa.

Inquisición Monástica

Para extender la acción del Santo Oficio a las tierra americanas, el cardenal Adriano de Utrecht, inquisidor general de España desde 1517, delegó su autoridad en don Alonso Manso, obispo de Puerto Rico, y fray Pedro de Córdoba, viceprovincial de los dominicos en las indias, con residencia en la ciudad de Santo Domingo de la isla Española. En 1524, de camino a México, pasó por dicha ciudad la misión franciscana de "los doce" encabezada por fray Martín de Valencia, De acuerdo con lo anterior, debemos contar a Fray Martín de Valencia como el primer inquisidor en México, aunque no en sentido riguroso. Es muy poco lo que se sabe de sus actividades de inquisidor y casi se reduce a la ejecución, por idólatras, de cuatro indios nobles tlaxcaltecas, como castigo ejemplar en la enérgica campaña evangelizadora emprendida por los franciscanos. A poco tiempo, en 1526 a Nueva España llegaron los religiosos de la Orden de Santo Domingo, a cuyos miembros correspondía por tradición, según ya indicamos, el ejercicio de las funciones inquisitoriales. El cargo de inquisidor pasó, pues, de fray Martín al dominico fray Tomás Ortiz, que encabezaba la misión. Este duró poco en el cargo, puesto que al año siguiente el célebre fray Domingo de Betanzos, el verdadero fundador de su Orden en Nueva España, fue designado para sustituirlo y quedó investido de las mismas facultades que su antecesor. El ministerio inquisitorial de Betanzos también fue corta duración (mayo 1527 – septiembre 1528), pero, a diferencia de Ortiz, el nuevo inquisidor se demostró sumamente activo. Procesó a muchos de los antiguos conquistadores por blasfemos, mostrándose en ello muy enemigo de los afectos al partido que favorecía los intereses de Hernán Cortés. El proceso más notable de los incoados por Betanzos fue el del viejo conquistador Rodrigo Rengel, que había servido los puestos de alcalde en Veracruz y Pánuco y era en ese momento regidor del ayuntamiento de la ciudad de México. Sin duda, la afición de Rengel era, en realidad, culpable de las más horrendas blasfemias, según fueron informando las averiguaciones durante el proceso. También se le acusó de herejía y de haber llevado una vida disoluta. Rengel supo defenderse con habilidad empleando los servicios de abogados notables y mediante confesiones y protestas de arrepentimiento. El asunto se complicó políticamente por intervención indirecta de Cortés, de suerte que el padre Betanzos se vio presionado hasta un punto de abdicar su jurisdicción a favor de los franciscanos. El padre custodio de éstos, fray Luis de Fuensalida, aceptó la responsabilidad del proceso y comisionó al famoso misionero e historiador fray Toribio Motolinía para que dictara la sentencia. Así lo hizo con fecha 3 de septiembre de 1527, y si bien es seguro que fue menos severo de lo que habría sido Betanzos, no por eso dejó de imponerle a Rengel una pena económicamente

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