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PC4_residuos solidos


Enviado por   •  16 de Octubre de 2021  •  Tarea  •  492 Palabras (2 Páginas)  •  62 Visitas

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GLOSARIO DE EIA

EVAP: Es un instrumento de gestión ambiental. Proceso en el cual se presenta las características del proyecto (la mayoría de ella, secundarias), los aspectos e impactos ambientales y con ello, proceder a una clasificación del proyecto de acuerdo al riesgo, tomando en cuenta ciertos criterios ambientales. Para el caso de categoría DIA, se proporciona los mecanismos de prevención, mitigación, etc. Para categorías –sd y –d, la evap sustenta la clasificación de acuerdo a los TdR para el EIA.

TdR (Términos de referencia): Es una propuesta de contenido y alcance para un EIA, en el que se precisa los lineamientos para elaborarlo. Contenido de TdR:

  • Determinación de la línea base
  • Descripción del proyecto
  • Caracterización Ambiental
  • Estrategia de manejo ambiental o Plan de manejo (depende del caso)
  • Plan de participación ciudadana
  • Valorización económica del impacto ambiental

De proyectos sujetos al proceso de Evaluación de I. Amb

Línea Base Compartida: Información del estado previo del área del proyecto a ejecutarse. Tiene como objetivo facilitar la información preexistente de un EIA aprobado, de manera gratuita, y generada por terceros, en cualquier sector económico y diferentes etapas/fases del proyecto.  Para ello se deben reunir 2 condiciones: (diferente empresa)

  • No deben transcurrir más de 5 años del EIA preexistente aprobado, que contenga la línea base
  • El área de levantamiento de línea base del actual proyecto coincida integra o parcialmente con el área física del proyecto preexistente.

Estas condiciones aplican para elaboración de modificaciones de los estudios ambiental o de instrumentos de gestión ambiental complementarios al SEIA.

También, no quita la obligación al titular del proyecto actual, de generar o actualizar la información adicional requerida por la autoridad competente.

Línea Base Preexistente: Información de un EIA previo aprobado presentado por la misma Empresa del proyecto y que tiene como objetivo facilitar la información anterior para un MEIA (Modificación de un EIA). (misma empresa)

Principio Precautorio: Medidas efectivas que se toma cuando haya peligros de daños graves o irreversible pero no existe una certeza científica absoluta sobre estos peligros. Esto no tiene que tomarse como razón para optar por las medidas y evitar la degradación del ambiente. Requisitos para su aplicación:

  • Peligro de daño GRAVE O IRREVERSIBLE: Situaciones límite de los impactos
  • Incertidumbre científica, pero con indicios consistentes de amenazas: Con una información previa debe elaborarse una hipótesis acerca de un riesgo grave.
  • Analisis costo-beneficio de la acción vs. La falta de acción: Se debe evaluar los costos y beneficios, en términos económicos, sociales, ambientales y salud, al aplicarles las medidas restrictivas, asi como los que se derivarían de la inacción.
  • Medidas deben ser proporcionales al nivel de protección deseado
  • Medidas no deben ser discriminatorias (situaciones similares)
  • Son provisionales y variables: de encontrarse fundamento científico este debe ser modificado. También si hay un riesgo mayor, se opta por medidas más severas.

Ecosistemas frágiles: Son territorios con alto valor de conservación y son vulnerables ante cualquier acción humana que ponga en riesgo el servicio ecosistémico que brindan. EJM: montañas, bofedales, humedales, pantanos, corales, manglares.

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