Primera Condena Internacional Por Genocidio: Caso Jean Paul Akayesu
Enviado por frank0806 • 23 de Septiembre de 2013 • 950 Palabras (4 Páginas) • 945 Visitas
Primera condena internacional por genocidio: Caso Jean Paul Akayesu
El 6 de abril de 1994 fuese derribado, en un atentado, el avión en que viajaban, tras negociaciones de paz en Tanzania, los presidentes de Ruanda (Juvénal Habyarimana) y de Burundi (Cyprien Ntaryamira), antes de aterrizar en el aeropuerto de Kigali. Tras estos asesinatos el 6 de abril de 1994, en Rwanda, país de la región de los Grandes Lagos, se desencadenó la guerra civil y el genocidio. Extremistas hutus del Mouvement républicain national pour le développement et la démocratie (MRND) y las Fuerzas Armadas Rwandesas (FAR) pusieron en marcha una campaña de exterminio contra los hutus moderados y toda la minoría étnica tutsi. Cuando la guerra civil y el genocidio acabaron el 19 de julio de 1994, habían sido asesinados más de 800.000 rwandeses y casi cada una de las mujeres que sobrevivieron sufrió violación. Muchos de los 5.000 niños nacidos de esos actos fueron asesinados. “La identidad étnica de una persona pasó a ser en Ruanda su condena a muerte o la garantía de supervivencia. (…) Sus objetivos eran los tutsis y los hutus moderados” (Maina Peter 1997).
El 9 de enero de 1997, el Tribunal Penal Internacional para Rwanda celebró su primer juicio, que fue una de las causas más trascendentales del derecho internacional: Fiscalía c. Jean-Paul Akayesu. Durante el genocidio de Rwanda en 1994, Jean-Paul Akayesu era alcalde de Taba, una población en la que miles de tutsis fueron víctimas de violación, tortura y asesinato sistemáticos. Al comienzo de su juicio, Akayesu se enfrentaba a 12 imputaciones de genocidio, crímenes de lesa humanidad y violaciones del artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949, por asesinato, tortura y tratos crueles. En junio de 1997, el Fiscal agregó tres imputaciones de crímenes de lesa humanidad y violaciones del artículo 3 común y el Protocolo adicional II, a saber, violación, actos inhumanos y agresión contra la integridad sexual (informe del TPIR (S/1997/868)). La responsabilidad de Akayesu se fundamenta en que en su calidad de burgomaestre y máxima autoridad local del municipio de Taba, sabía o tenía que haber sabido que se cometían estos delitos y, a pesar de que tenía la autoridad y la responsabilidad, nunca tomo ninguna medida para prevenirlos o detener la violencia.
Las causa del genocidio pueden estar fundadas en razones políticas, religiosas, étnicas, etc. El 9 de diciembre de 1948, con la Convención de Genocidio este fenómeno tuvo expresión jurídica, y sin embargo, fue cincuenta años después, el 2 de septiembre de 1998, que se obtuvo la primera condena por este crimen.
“El 2 de septiembre de 1998, el Tribunal declaró a Akayesu culpable de nueve imputaciones de genocidio, incitación directa y pública a cometer genocidio y crímenes de lesa humanidad por exterminio, asesinato, tortura, violación y otros actos inhumanos. (…). En virtud de la
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