Principalmente a Dios, que con su infinita bondad y amor me permite gozar cada día, y cumplir cada una de las metas que me propongo
Enviado por hotmie • 11 de Junio de 2017 • Trabajo • 6.869 Palabras (28 Páginas) • 282 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Universidad Bicentenaria de Aragua
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
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Profesor: Alumno(a):
Félix Perdomo Grecia Tovar
CI.26.619.125
Caracas, 30 de Noviembre de 2016
INDICE
AGRADECIMIENTOS
A la “Universidad Bicentenaria de Aragua” por permitirme ser parte de esta Gran familia.
Al profesor Félix Perdomo, por su atención y asesoría, soporte intelectual y valiosa colaboración.
DEDICATORIA
Principalmente a Dios, que con su infinita bondad y amor me permite gozar cada día, y cumplir cada una de las metas que me propongo.
A mis padres, quienes son mi guía, brindándome siempre el apoyo que necesito, dándome el mejor ejemplo de cómo ser luchadora y exitosa.
A mi hermano, Juan Andrés.
Muy especialmente a mi mejor amigo, Jarvis, que es mi luz en la lucha de todo lo que me propongo
INTRODUCCIÓN
Se abordará la evolución y desarrollo de los contratos en general, características, elementos, y clasificación relacionadas con el Derecho Romano. A los efectos de este se formuló un concepto de los contratos innominados, así como sus categorías y características distintivas.
En los marcos de las observaciones anteriores, se explicará los que son los pactos dentro de ellos la más resaltante como lo es la permuta, la distinción entre un contrato de permuta y uno de compraventa, los elementos de existencia, elementos de validez basados en las reglas de compraventa y la evicción.
Se analiza la protección de los pactos mediante acción y su agrupación en tres categorías: pacta adiecta, pacta praetoria y pacta legítima.
A lo largo de los planteamientos hechos, nos servirá de apoyo y aprendizaje sobre uno de los temas fundamentales dentro de la Historia y la Evolución del Derecho, destacando el Derecho Romano, la importancia de los contratos innominados en Roma, rodeaban las relaciones comerciales, no necesitaban algún tipo de solemnidad para su realización solo bastaba la voluntad de los contratantes a la hora de pactar. la naturaleza de estos contratos, su diferencia con los contratos reales, incide en el carácter de la interpretación ya que no busca que el objeto de la deuda sea el mismo que el de la prestación, o algo que se estipule en el contrato.
A manera de resumen final se enfoca la atención en desarrollar un trabajo explícito y fácil de comprender, abarcando cada punto de manera eficaz.
CONTRATOS EN GENERAL
Los contratos, son la obra común y consciente de dos o más partes, que aceptan ciertas obligaciones y derechos sobre una materia determinada. El documento que refleja las condiciones de este acuerdo también recibe el nombre de contrato.
CARACTERÍSTICAS DE LOS CONTRATOS
1. Contienen una convención.
2. Esta convención tiende a obligar.
3. Lleva un nombre técnico, ha sido nominada.
4. Da una acción: las que engendran acciones no se llaman simplemente convenciones, sino que pasan a tener el nombre de un contrato.
LOS ELEMENTOS DEL CONTRATO
Los elementos esenciales de los contratos son: capacidad, consentimiento, objeto y causa.
LA CAPACIDAD
La capacidad es la aptitud para adquirir, poseer, gozar, disfrutar y ejercer los derechos de que es titular. En este caso específico, es la aptitud jurídica para contratar. Podemos decir que la capacidad es la regla, mientras la incapacidad es una excepción que requiere una norma expresa dentro del derecho positivo.
La capacidad es el estado de una persona que puede consentir y a cuyo consentimiento se le da validez bajo la sola condición de que se manifieste en la forma exigida por la ley. Son incapaces aquellos a quienes la ley anula el consentimiento, aunque su manifestación es real y revestida de las formas legales.
En materia de capacidad tenemos la de goce y la de ejercicio. La capacidad de goce la tienen todos los hombres libres ciudadanos romanos, independientemente de su edad; la capacidad de ejercicio sólo la disfrutan los mayores d edad varones; las mujeres, los menores de edad y los dependientes.
CONSENTIMIENTO
Este consiste en la congruencia entre las voluntades declaradas de las partes. Es decir, es el acuerdo de las voluntades de las partes que se entienden para producir un efecto jurídico determinado. Este acuerdo debe emanar de todas ellas, la oferta unilateral, policitación, no obliga por regla general mientras no haya una aceptación de la otra parte. El consentimiento debe ser real, manifestado por signos exteriores que provengan de las personas capaces, no existirá si proviene de personas que no tiene voluntad.
Faltará también el acuerdo cuando las partes han creído consentir, pero un error ha destruido su consentimiento, estos errores pueden ser:
- Error sobre la naturaleza del contrato.
- Error sobre la identidad de la persona.
- Error sobre el objeto.
- Error sobre el precio.
- Error sobre la substancia.
- Error sobre la calidad.
EL ERROR
El Corpus iuris no hace más que ofrecer múltiples casos de errores en diversos contratos, resolviendo luego los problemas a que estos dan lugar.
Ulpiano dice: “non consentiunt qui errante” (donde hay error, no hay consentimiento); pero, afortunadamente, los romanos no confiaron una materia tan delicada a una regla tan absoluta, y el análisis de los múltiples casos de errores en contratos, que encontramos en el Digesto, especialmente en el libro 18, titulo primero, demuestra que, a veces, el error anula el consentimiento, pero, en otras ocasiones, no.
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