Principio Consstitucional De Las Contribuciones
Enviado por ZMB1 • 17 de Enero de 2014 • 742 Palabras (3 Páginas) • 286 Visitas
Principios Constitucionales de las contribuciones
Del artículo 31 constitucional fracción IV antes mencionado, se desprenden una serie de principios que se mencionan someramente y de los cuales se analiza su problemática respecto de las pequeñas y medianas empresas en el capítulo IV, principalmente en lo referente al principio de equidad y proporcionalidad:
o Principio de legalidad.
o Principio de generalidad
o Principio de obligatoriedad.
o Principio de vinculación al gasto público.
o Principio de proporcionalidad y equidad.
Principio de Legalidad.- El principio de legalidad se resume en el aforismo nullum tributum sine lege, que se traduce en la necesidad de que el impuesto, para que sea válido, debe estar consignado siempre en una ley.
Arrioja Vizcaíno opina que este principio obedece a los dos siguientes enunciados:
a) La autoridad hacendaria ni ninguna otra autoridad, puede llevar a cabo acto alguno o realizar función alguna dentro del ámbito fiscal, sin encontrarse previa y expresamente facultada para ello por una ley aplicable a l caso.
b) Los contribuyentes sólo se encuentran obligados a cumplir con los deberes que previa y expresamente les impongan las leyes aplicables y exclusivamente pueden hacer valer ante el fisco los derechos que esas mismas leyes les confieren.
Principio de generalidad.- Este principio surge de la redacción literal del artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que indica que “son obligaciones de todos los mexicanos contribuir para los gastos públicos así sea de la Federación, del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que resida...” Flores Zavala nos dice que nadie debe estar exento de pagar impuestos. Sin embargo, no debe de entenderse en términos absolutos esta obligación, sino limitada por el concepto de capacidad contributiva, es decir, todos los que tengan alguna capacidad contributiva estarán obligados a pagar impuestos.
Principio de obligatoriedad.- “El principio de obligatoriedad, se refiere a que “toda persona que se ubique en alguna de las hipótesis normativas previstas en una ley tributaria expedida por el Estado Mexicano, automáticamente adquiere la obligación de cubrir el correspondiente tributo, dentro del plazo que la misma ley establezca”.
Principio de proporcionalidad y equidad.- Calvo Nicolau, afirma que “la garantía constitucional de proporcionalidad requiere que las normas que establecen cargas a los particulares, atiendan a la capacidad contributiva de los mismos”. Por su parte Arrioja Vizcaíno, nos dice que la proporcionalidad es “la correcta disposición entre las cuotas, tasas o tarifas previstas en las leyes tributarias y la capacidad económica de los sujetos pasivos por ellas gravados.
El principio de proporcionalidad indica que se debe atender a la capacidad económica o contributiva
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