Procedimiento Administrativo Sancionador
Enviado por Donaldraul • 7 de Noviembre de 2015 • Resumen • 567 Palabras (3 Páginas) • 426 Visitas
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
Es la que utilizan las administraciones públicas para ejercer su potestad sancionadora y está regulada por la Ley N° 27444, con la cual imponen sanciones a través del procedimiento administrativo, y tiene la finalidad de mantener el orden y reprimir por medio coactivo, aquellas conductas contrarias a la políticas del ente Estatal y sancionar a quienes incurran en la inobservancia. Es por completo escrito y tiene que conformarse un expediente.
El procedimiento administrativo está conformado de la siguiente manera.
FASES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Tiene dos fases:
a.- Instructiva.- Es cuando dan audiencia a la persona interesada para que pueda alejar su defensa y que tengan relación con los hechos que le imputan.
b.- Sancionadora.- Es el órgano que dicta la sanción, si ha quedado acreditado los hechos o archivado el expediente de ser el caso. Siempre se inicia de oficio o etapa de averiguación y tiene 2 etapas: una es instructora ósea hacen sus descargos y la otra decisora y da lugar a la alegación final y todo es previa notificación. Se emite la resolución y puede usar algún recurso administrativo (revisión, apelación o reconsideración) impugnatorio y tiene que estar dentro del plazo.
PRINCIPIOS
Tenemos las siguientes:
a.- Legalidad.- Es todo aquello que emane del Estado y debe estar regido por la Ley y nunca por la voluntad de los individuos. Puede ser aplicada a un administrado en forma de sanción pero no privarlo de la libertad.
b.- Debido Procedimiento.- El Estado debe aplicar las sanciones respetando las garantías del debido proceso, que tiene cada persona.
c.- Razonabilidad.- Las autoridades deben prever que la comisión de la conducta a sancionar no resulte más ventajosa para el infractor.
d.- Tipicidad.- Solo constituyen conductas sancionables administrativamente.
e. Irretroactividad. Son aplicables las disposiciones vigentes en el momento de incurrir el administrado, salvo que las posteriores le sean más favorables.
f.- Conducta de Infracción.- Cuan-do una misma conducta califique como más de una infracción se aplica la sanción prevista para la infracción de mayor gravedad.
g.- Continuación de Infracción.- Es cuando el administrado incurre en forma continua, se requiere que haya trascurrido por lo menos 30 días hábiles.
h.- Causalidad.- La responsabilidad debe recaer en quien realiza la conducta omisa o actica constitutiva de infracción sancionable
i.- Presunción de Licitud.- Las entidades deben presumir que los administrados han actuado apegados a sus deberes mientras no evidencien lo contrario.
j.- Non Bis in Idem.- No se podrán imponer sucesivas o simultáneamente una pena y una sanción administrativa por el mismo hecho.
DESCARGO
El presunto responsable tiene derecho a ser notificado de los hechos que se le imputa, de las infracciones y de las sanciones que en su caso se le pudieran imponer, así como de la autoridad competente para imponer la sanción.
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