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Reseña sobre el video del programa “Las sentencias a debate” de fecha 17 de agosto de 2017


Enviado por   •  5 de Marzo de 2018  •  Reseña  •  415 Palabras (2 Páginas)  •  174 Visitas

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Reseña sobre el video del programa “Las sentencias a debate” de fecha 17 de agosto de 2017

Por Leon Mendoza Mario Ivan.

En el programa presentado por Pedro Lara y Malo, éste discute con el Secretario de Estudio y Cuenta, Lic. Mariano Alejandro González Pérez y el consultor electoral, Mtro. Ivan Castillo Estrada; el asunto sobre el Recurso de Apelación y sentencia del expediente 34/2017 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el cual para abordarlo, el Secretario González hace una breve contextualización sobre el caso concreto y nos remite a dos sentencias anteriores dictadas en los asuntos 352/2016 y 33/2017, en dicha contextualización puntualizó que todo el asunto comienza por la impugnación que realiza el PRI ante el Consejo General del INE, por supuestos rebases en materia de finanzas por parte del PAN(partido que ganó la elección a gobernador en aquel año en Aguas Calientes), específicamente la controversia versa respecto de anuncios publicitarios supuestamente no reportados por dicho partido, lo que constituiría un fraude, pues en dicho supuesto el PAN habría falseado información a las instituciones vigilantes del proceso electoral, dicha queja impuesta por el PRI ante la autoridad administrativa fue declarada frívola por parte de dicha autoridad en razón de que las pruebas aportadas por el PRI eran falsas, es decir señaló que el PAN contaba con anuncios publicitarios que efectivamente estaban reportados y en una clara acción dolosa persiguiendo la nulidad de la elección, el PRI pretendió hacer caer en el error al Consejo General, haciendo parecer a los anuncios legales y fiscalizados como que no lo eran; como consecuencia de este declaración de frivolidad; el revolucionario institucional acude a la autoridad jurisdiccional federal en la materia para impugnar, quien dentro del expediente de apelación 33/2017 confirma la resolución de la autoridad administrativa. Lo interesante del caso es cuando MORENA hace su aparición impugnando mediante el recurso 34/2017 el hecho de que el Tribunal dejara ambigua la definición de queja frívola y la discusión de los tres participantes en el programa versa sobre ello precisamente, hasta donde llega el derecho de acceso a la justicia, hasta donde es importante delimitar este derecho por los costos que representan las demandas frívolas al aparato judicial y hasta donde también la multa impuesta de 36 mil pesos resulta disuasoria para que los partidos, más que los ciudadanos, continúen con estas prácticas a todas luces desleales, con el único fin de anular elecciones por mero capricho y sin bases legales que lo sustenten.

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