Seguridad Industrial
Enviado por k_rina_666 • 17 de Junio de 2015 • 1.036 Palabras (5 Páginas) • 182 Visitas
Seguridad Industrial
Desarrollo punto 1
Accidente de Trabajo: todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo. – Capitulo III - Artículo 6, Apartado 1.
Accidente In Itinere: todo acontecimiento súbito y violento ocurrido en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo. – Capitulo III - Artículo 6, Apartado 1.
Enfermedad Profesional: Se consideran enfermedades profesionales aquellas que se encuentran incluidas en el listado de enfermedades profesionales que elaborará y revisará el Poder Ejecutivo anualmente, conforme al procedimiento del artículo 40 apartado 3 de la Ley N°2457/95. El listado identificará agente de riesgo, cuadros clínicos y actividades, en capacidad de determinar por sí la enfermedad profesional. Las enfermedades no incluidas en el listado como sus consecuencias en ningún caso serán consideradas resarcibles. – Capitulo III - Artículo 6, Apartado 2.
Comisiones Médicas: se encargaran de:
• Determinar la naturaleza laboral del accidente o profesional de la enfermedad.
• Carácter y grado de la incapacidad
• Contenido y alcance de las prestaciones en especie.
A su vez, podrán revisar el tipo, carácter y grado de la incapacidad para resolver cualquier increpancia que pudiera surgir entre la ART y el damnificado o sus derechohabientes.
La reglamentación establecerá el procedimiento a observar por y ante las comisiones médicas, como así también el régimen arancelario de la misma. En todos los casos, el procedimiento es gratuito para el damnificado. – Capítulo VI - Articulo 21, Apartado 1 al 3.
Desarrollo punto 2
Derechos y Obligaciones de:
Trabajadores
• Participaran en la organización de los programas de formación y educación en materia de higiene y seguridad, como así también asistir a los cursos que se dicten durante las horas de labor.
• Cumplir con las normas de higiene y seguridad, incluido el plan de mejoramiento, así como con las medidas de recalificación profesional
• Cumplir con las recomendaciones referentes al uso, conservación y cuidado del equipo de protección personal.
• Informaran al empleador los hechos que conozcan relacionados con los riesgos del trabajo
• Deberán someterse a los exámenes médicos preventivos o periódicos con las indicaciones que se le indiquen, como así también a los tratamientos de rehabilitación en los casos que sea necesario.
• Cuidar los avisos y carteles que indiquen medidas de higiene y seguridad y tener en cuenta sus prescripciones.
• Denunciaran ante el empleador los accidentes y enfermedades profesionales que sufran
Empleadores
• Recibirán información de la ART respecto del régimen de alícuotas y de las prestaciones, así como asesoramiento en materia de prevención.
• Se informara a los trabajadores sobre la identidad de la ART a que se encuentra afiliado.
• Denunciara a la ART y SRT los accidentes y enfermedades profesionales que se produzca en los establecimientos.
• Deberán cumplir con las normas de higiene y seguridad, incluyendo el plan de mejoramiento
• Llevaran un registro de siniestralidad por cada establecimiento.
• Deberá construir, adaptar, instalar y equipar los edificios y lugares de trabajo en condiciones ambientales y sanitarias adecuadas.
• Deberá colocar y mantener resguardos y protecciones de maquinarias de todo género de instalaciones con los dispositivos de higiene y seguridad que la mejor técnica aconseje.
• Deberá disponer el examen pre ocupacional y revisión periódica del personal, registrando resultados en el respectivo legajo de salud.
• Instalar los equipos necesarios para la renovación del aire y eliminación de gases, vapores y demás impurezas producidas en el curso del trabajo.
• Mantener en buen
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