Temas Del Servicio Farmacéutico
Enviado por meariast • 1 de Mayo de 2014 • 3.106 Palabras (13 Páginas) • 482 Visitas
Objetivos
La actividad 6 del Curso de Farmacia Hospitalaria tiene los siguientes objetivos:
Repasar definiciones y conceptos claves relacionados con el curso de farmacia Hospitalaria y su aplicación teórica.
Identificar aspectos de las actividades asistenciales, de promoción y prevención que se realicen desde los Servicios Farmacéuticos.
Metas de aprendizaje
El estudiante debe adquirir todos los conceptos que se considere necesarios para la buena práctica de la Farmacia Hospitalaria.
El estudiante integrará todos los conocimientos adquiridos en su proceso formativo y la resolución de problemas reales en el ámbito hospitalario.
DESARROLLO
1 Explicación de los siguientes conceptos.
1.1 Objetivos del Servicio Farmacéutico
El artículo 6 del Decreto 2200 de 2005, desarrollados en el artículo 3 de la Resolución 1403 de 2007 fijan los objetivos del servicio. Estos objetivos son los cuatros grandes campos de acción del Servicio Farmacéutico y tienen el siguiente contenido:
1. Promoción. Promover y propiciar estilos de vida saludables y el uso adecuado de medicamentos y dispositivos médicos.
2. Prevención. Prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos y dispositivos médicos, así como los problemas relacionados con su uso.
3. Suministro. Suministrar los medicamentos y dispositivos médicos e informar a los pacientes sobre su uso adecuado.
4. Atención farmacéutica. Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes que la requieren, realizando las intervenciones necesarias para el cumplimiento de la farmacoterapia prescrita por el facultativo.
1.2 Atención Farmacéutica
La atención farmacéutica, es la asistencia a un paciente o grupos de pacientes, por parte del Químico Farmacéutico, en el seguimiento del tratamiento farmacoterapéutico, dirigida a contribuir con el médico tratante y otros profesionales del área de la salud en la consecución de los resultados previstos para mejorar su calidad de vida (Artículo 3º. Definiciones. Modificado por el art. 1, Decreto Nacional 2330 de 2006).
Esta figura jurídica del derecho de salud de naturaleza asistencial encuentra pleno desarrollo en la normatividad colombiana, de manera específica en el numeral 1, Capítulo III, Titulo II del Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos del Servicio Farmacéutico, adoptado en el artículo 28 de la Resolución 1403 de 2007, Manuel, en donde se organiza plenamente: definición, estructura, selección de pacientes, control.
Debe advertirse que, sólo en aquellos aspectos que no encuentren regulación nacional se debe recurrir a la legislación extranjero, pero en el orden estricto establecido en el artículo 25 de la Resolución 1403 de 2007, cuyo texto es el siguiente: “ARTÍCULO 25.- ASPECTOS Y ACTIVIDADES NO REGLAMENTADOS. Los aspectos, actividades, procesos y procedimientos del servicio farmacéutico que no se encuentren específicamente reglamentados en la presente resolución y el manual que adopta, o en aquellos actos que los adicionen, modifiquen o sustituyan, se regirán por los estándares aceptados por la ciencia farmacéutica en el ámbito de organizaciones de la salud reconocidas internacionalmente, el Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos o en farmacopeas oficialmente adoptadas en Colombia. PARÁGRAFO: La destrucción y desnaturalización de medicamentos se regirán por el manual adoptado mediante la Resolución No. 1164 de 2002 del Ministerio de Medio Ambiente o las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan”.
La organización de la atención farmacéutica es la siguiente:
“1.1 Definición de atención farmacéutica
Es la asistencia por parte del Químico Farmacéutico al paciente o grupos de pacientes que lo requieran en el seguimiento de un tratamiento fármacoterapéutico, con el objeto de conseguir el propósito previsto por el facultativo tratante con la farmacoterapia y mejorar su calidad de vida.
“La atención farmacéutica se prestará en condiciones que permitan la conservación de los recursos utilizados, la comodidad del usuario y el prestador de la atención y la privacidad de la información manejada.
“La Farmacia-Droguería y la Droguería podrán ofrecer al público atención farmacéutica, siempre que estén dirigidas por un Químico Farmacéutico. El Tecnólogo en Regencia de Farmacia podrá dar apoyo en la atención farmacéutica que se realiza en estos establecimientos.
“En los servicios farmacéuticos pertenecientes a Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de baja complejidad o en el primer nivel de atención, el Tecnólogo en Regencia de Farmacia y el auxiliar en servicios farmacéuticos podrán dar asistencia básica farmacéutica en la dispensación, promoción y uso adecuado de medicamentos, recolección de información relacionada con los medicamentos y con el programa de fármacovigilancia, cada uno de acuerdo con sus competencias.
“El director del establecimiento farmacéutico o servicio farmacéutico brindará al paciente que lo solicite, aunque no sea objeto de la atención farmacéutica, información individual, personalizada, objetiva y oportuna sobre la farmacoterapia que está recibiendo, así como respecto a la promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
“1.2 Estructura de la atención farmacéutica
De conformidad con el parágrafo del artículo 6º del Decreto 2200 de 2005 modificado parcialmente por el Decreto 2330 de 2006, el prestador de la atención farmacéutica debe hacer el seguimiento permanente y tener contacto directo con el paciente o grupo de pacientes que lo requieran, desarrollando estrategias para atender sus necesidades particulares.
“En el cumplimiento de la atención farmacéutica se debe recurrir a las siguientes herramientas: entrevista con el paciente; elaboración del perfil fármaco-terapéutico; prevención, detección y resolución de Problemas Relacionados con los Medicamentos (PRM) y Problemas Relacionados con la Utilización de Medicamentos (PRUM); y, la realización de las intervenciones necesarias para lograr el cumplimiento del objetivo de la farmacoterapia.
“El procedimiento para la prestación de la atención farmacéutica será elaborado por el Comité de Farmacia y Terapéutica de la Institución Prestadora de Servicios de Salud o por el establecimiento farmacéutico o persona autorizada y aprobado por la autoridad y de acuerdo con el trámite establecido por cada organización. Este procedimiento contendrá los
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