Trabajo De Contartos Mercaniles
Enviado por pr18guerrero • 28 de Noviembre de 2013 • 3.687 Palabras (15 Páginas) • 241 Visitas
Introducción
Durante el desarrollo de éste trabajo se analizarán los Contratos Mercantiles. Es importante considerar que cada contrato tiene una importancia en el ámbito jurídico comercial, ya que la existencia de estas instituciones jurídicas ayuda a que las partes tengan derechos y obligaciones exigibles.
Primeramente tenemos el contrato de compraventa, que es bastante amplio, el contrato de comisión mercantil, el contrato de consignación o estimatorio, el contrato de depósito, el contrato de edición, el contrato de fianza de empresa, el contrato de préstamo y el contrato de seguro, el contrato de transporte, etc.
También es importante tomar en cuenta que la obligación es un estado de subordinación jurídica que impone al deudor la necesidad de ejecutar a favor del acreedor y hecho una abstención de carácter patrimonial o moral.
Tomemos en cuenta también que entendemos por contrato. Dentro de los actos jurídicos destaca la figura del contrato, al que siendo una especie del género convenio, podemos definir diciendo que es el acuerdo de voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones, en tanto que en el convenio en la conjunción de las voluntades incluye tan bien la modificación y la extinción de los derechos y obligaciones.
Cada uno de nosotros requiere para desenvolvernos en nuestra profesión, adquirir conocimientos los cuales nos ofrezcan herramientas para realizar determinadas labor. Es por tanto, que esta investigación de carácter documental, por lo cual la utilizaremos como una ayuda imprescindible.
LOS CONTRATOS MERCANTILES.
Las fuentes más importantes de las Obligaciones mercantiles está constituida por los contratos.
CONCEPTO
De acuerdo con nuestra legislación civil, contrato es el acuerdo de dos o más personas que produce o transfiere obligaciones y derechos. es una especie del genero convenio, que es el acuerdo para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones.
ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO
A) El consentimiento.
B) El objeto que pueda ser materia del mismo.
El consentimiento es la manifestación de voluntad, que debe ser libre, esto es sin vicios (error, violencia, dolo o mala fe); por la que una persona da su aprobación para celebrar un contrato. El consentimiento puede ser expreso o tácito. Es expreso cuando se manifiesta verbalmente, por escrito o por signo inequívocos. El consentimiento tácito resulta de hechos o de actos que lo presupongan o que autoricen a presumirlo.
Son objeto de los contratos: 1a la cosa que el obligado debe dar, 2 a el hecho que el obligado debe hacer o no hacer. Para poder ser objeto del contrato, las cosas deben reunir los requisitos siguientes:
1a Existir en la naturaleza.
2a Ser determinadas o determinables.
3a Estar en el comercio.
FORMA DE LOS CONTRATOS
Artículo 78. Código de Comercio.
En las convenciones mercantiles Cada uno se obliga en la manera y términos que aparezcan que quiso obligarse, sin que la validez del acto comercial dependa de las observancias de formalidades o requisitos determinados. Se pretende así establecer en materia mercantil el principio de libertad de forma.
Artículo 79.Código de Comercio.
Exceptúa de la regla expresada:
A) Los contratos que con arreglo al mismo ordenamiento u otras leyes deban reducirse a escritura pública o requieran formas o solemnidades necesarias para su eficacia.
B) A los contratos celebrados en extranjero en que la ley exija escritura, formas o solemnidades determinadas para su validez, aunque no las requiera la ley mexicana.
En estos casos, los contratos que no llenen la forma o solemnidad requerida no producirán obligación ni acción en juicio.
Cuando la ley exija determinada forma para un contrato, mientras este no revista esa forma no será válido, salvo disposición legal en contrario; pero si la voluntad de las partes para celebrarlo consta de manera fehaciente, cualquiera de ellas puede reclamar sede al contrato fa forma legal exigida.
Los contratos mercantiles:
El contrato es una especie del convenio que produce o transfiere derechos y obligaciones, así que podemos afirmar que el contrato mercantil es el acuerdo de dos o más voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones de naturaleza mercantil en la cual existe, en una de las partes, la presencia de un comerciante, ya que su fin es la industria o el comercio o por el carácter mercantil del objeto sobre el que recae, es decir, es un negocio jurídico bilateral que tiene por objeto un “acto de comercio.
Un “acto de comercio” es todo aquél acto regulado en el Código de Comercio, o cualquier otro análogo. Un negocio jurídico puede ser considerado un “acto de comercio” en función de la condición de las partes que intervienen en él (si son comerciantes o no), en función de su objeto (si tiene un objeto que el Código de Comercio reputa mercantil, o no), o en función de los dos criterios tomados conjuntamente.
1.2.1. La representación voluntaria: Es un acto unilateral, obedece a la manifestación voluntaria de una persona (poderdante), se entiende que existe cuando se faculta a otra persona para celebrar en su nombre uno o varios negocios jurídicos.
Algunos de los negocios que acompaña este acto son la agencia mercantil, la consignación, el mandato. Se debe constar por medio de un documento escrito público o privado.
1.2.2. Anomalías del negocio jurídico:
Ineficacia: Se entiende como ineficaz de pleno derecho el acto jurídico que no produce efectos, sin necesidad de declaración judicial.
Inexistencia: Existen dos causales como son:
La falta de algunos de sus elementos esenciales al contrato, un ejemplo, la carencia de precio en una compraventa.
Cuando se haya celebrado sin las solemnidades que la ley exija, un ejemplo, tenemos una compraventa sobre un inmueble en documentos privado. Tampoco requiere de la declaración judicial.
Nulidad: el código de comercio se refiere a varias clases de nulidad:
Absoluta: omisión de cualquier requisito respecto a la especie del acto, contrato o calidad.
Relativa: la acción no corresponde sino a las personas en cuyo beneficio la ha establecido la ley.
Sustantiva: se refiere a la eficacia del acto jurídico.
Procesal: se refiere a la invalidez de las actuaciones judiciales.
Imposibilidad: Consiste en la ineficacia en relación con terceros, de ciertos derechos nacidos en virtud de la celebración de un acto jurídico. Los terceros pueden defenderse del acto que toca su patrimonio.
1.2.3. Compra - venta con reservas de dominio:
...