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Análisis Del Artículo 20° Constitucional


Enviado por   •  6 de Junio de 2023  •  Apuntes  •  489 Palabras (2 Páginas)  •  202 Visitas

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Análisis Del Artículo 20° Constitucional

  • Garantía Del Procedimiento Penal Para El Inculpado Y La Victima U Ofendido

Punto de vista del artículo 20° de la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) el artículo 20° desde su origen en el año de 1917 habla de cómo el gobierno tiene que conducir los procesos penales a lo largo de la historia de este artículo ha tenido siete reformas y con ellas hoy se estructura el nuevo sistema de justicia penal, que expresa que el proceso penal será acusatorio y oral y se regirá por los principios de (publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación) el artículo 20° cuenta con tres incisos en el inciso (A) acá podemos encontrar que el fin de los procesos penales es el esclarecimiento de los hechos que los culpables no queden impunes y la reparación del daño el sistema garantiza que todas las audiencias sean públicas y tienen que ser dirigidas por el juez del caso con ello se elimina la figura del secretario del juzgado que en el anterior sistema penal por la carga de trabajo en ocasiones era quien llevaba a las audiencias. El inciso (B) encontramos las disposiciones que otorgan los derechos a las personas que se les llegue a imputar un delito estos derechos son la presunción de inocencia hasta que el juez de la causa lo determine el derecho a guardar silencio quedando prohibidas y sancionadas por la ley penal la incomunicación la intimidación o la tortura otro derecho es presentar testigos y pruebas pertinentes para aclarar los hechos también está garantizado contar con una defensa y ser juzgado en audiencia pública y oral antes de cuatro meses si se trata de delitos cuya pena no exceda de los 2 años de prisión y antes de un año si la pena de los delitos es mayor salvo que se solicite mayor plazo para su defensa. El inciso (C) del artículo 20° es una respuesta a una de las partes que en el proceso penal no consideraba que son los derechos de las víctimas o de los ofendidos y estos son recibir la asesoría jurídica para el desarrollo del proceso que se le repare el daño recibir atención médica y psicológica de urgencia y a mantener resguardada su identidad y otros datos personales cuando sean menores de edad cuando se trate de delitos de violación trata de personas secuestro o delincuencia organizada.[1]


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Síntesis

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Finalmente el artículo 20° de la Constitución Mexicana se encuentra también dentro de las garantías conocidas como (Seguridad Jurídica), y será en este artículo donde con mayor claridad podamos observar que lo que busca la Constitución al otorgarnos este tipo de garantías.


[1] Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diputados. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

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