Análisis de "El jurista y el simulador del derecho" de Ignacio Burgoa
Enviado por MaySaint • 12 de Noviembre de 2023 • Síntesis • 2.610 Palabras (11 Páginas) • 68 Visitas
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Análisis de “El jurista y el simulador del derecho.” De Ignacio Burgoa Orihuela
Mayte Santisteban Rodriguez
Licenciatura de Derecho, Universidad de Estudios Superiores
Introducción al Estudio del Derecho
Lic. Abraham Maurilio Galicia Rico
27 de septiembre de 2023
Índice
Capítulo primero: Necesidad del derecho como orden normativo de la sociedad y del estado…………..……3
Capítulo segundo: Semblanza del jurista…………………………………………………………………………………………….…..4
Capítulo tercero: La cultura jurídica…………………………………………………………………………………………………………5
Capítulo cuarto: Tipología del jurista……………………………………………………………………………………………………….7
Capítulo quinto: El simulador del derecho……………………………………………………………………………….................9
Conclusión……………………………………………………………………………………………………………………………………………….9
Necesidad del derecho como orden normativo de la sociedad y del estado.
El ser humano es desorganizado por esencia, asimismo, actúa dentro de la sociedad con derecho de ser libre y autónomo, de hacer o no lo que convenga con base en sus intereses. A consecuencia de dicha libertad, y gracias a la naturaleza sociable de nuestra raza, es necesario establecer límites que conduzcan a la convivencia ordenada y armónica entre las personas, surgiendo de estos límites, el respeto mutuo a los derechos. En el libro se menciona que el Derecho es un orden normativo jerarquizado, siendo éste la estructura formal de toda sociedad. Indiscutiblemente, con la ausencia del derecho la sociedad no podría existir, pues la vida social requiere de una regulación que les proporcione seguridad a los individuales que la conforman. El individuo siempre ha vivido en sociedad, por lo tanto, la naturaleza del hombre, conformada por sus propios instintos, ideas y acciones personales, hacen evidente que este necesite una regulación como condición necesaria de su conservación, desarrollo físico y cumplimiento de sus tareas sociales y morales. Es, por tanto, que donde quiera que la vida social exista, las relaciones de la misma tienden a definirse, organizarse y controlarse.
Actualmente, existen pensadores (economistas, sociólogos y politólogos) creyentes que el Derecho se encuentra en crisis y que es un obstáculo principal para los cambios sociales. Aquellas declaraciones hablan desde un claro desconocimiento de lo que es el orden jurídico en sí mismo. Puede tornarse complicado comprender el trabajo que realizan las normas jurídicas en la sociedad, ya que cada individuo juzga de forma distinta y recae en él un efecto distinto a causa de dichas normas. Sin embargo, sin esta normación jurídica, ningún cambio que opere en los diversos ámbitos vitales de la sociedad podría tener vigencia, respetabilidad, ni operatividad real, ya que los postulados de dicho cambio no se impondrían válidamente para regir a la colectividad, sino que estarían apoyados exclusivamente en la fuerza.
Por su parte, Heller afirma que "Sin el carácter de creador de poder que el Derecho entraña, no existe ni validez jurídica normativa ni poder estatal” de lo que se concluye que es el orden jurídico el que crea y organiza el Estado, el cual no podría existir sin él.
El derecho es el conducto por el que deben canalizarse las transformaciones sociales, si lo que buscamos es que estas transformaciones cumplan con un desenvolvimiento armonioso y beneficioso para la sociedad.
Semblanza del jurista.
El jurista es un garante de la sociedad en cuanto que debe procurar que en ella imperen la justicia y la seguridad. Para cumplir su insigne y cometido social, el jurista, principalmente el abogado, deber ser libre; con esto se destaca que todo aquel abogado que tiene un puesto permanente en una empresa o en el Estado, no es un abogado, porque entonces el cumplimiento de las normas que debería llevar acabo, se ve tintado por una parcialidad, ya que él siempre deberá estar del lado del que pertenece, por consecuente se merma la libertad de decisión que el abogado debe tener sobre los casos que lleva. El abogado debe poder defender a cualquier persona independientemente su rol político, social o económico, con la única limitación de su propia ética y sentido de justicia. Aquellos que prestan sus servicios de forma parcializada y aquellos que son asalariados, no son abogados. El abogado no es un trabajador, es un profesionista que dirige al cliente en el caso que patrocine; no debe tener sentido de obediencia, sino de mando. La libertad profesional es difícil de conseguir, pero aquel que la obtenga no puede sacrificarla por ningún sueldo, por más conveniente que parezca.
Además de libre, el jurista deber auténtico con los que piensa y siente, no debe ser falso o hipócrita, porque nadie, a menos que este engañado, confía en el falso o en el hipócrita.
Debe tener, también, veracidad, predisposición a decir la verdad y defenderla en un sentido amplio. No hay que confundirla con la verosimilitud, que es la apariencia de que algo sea verdadero. Las personas sinceras, honestas y francas toman como referencia la idea de veracidad y al mismo tiempo, evitan la falsedad, la mentira o la hipocresía.
Entre otras cualidades del jurista debemos encontrar el valor civil, un cobarde jamás podrá ser un luchador por la justicia, de nada serviría a la sociedad el conocimiento, sino se es seguro y firme en lo que uno cree; la combatividad, que, sin que se confunda con la agresividad, es un impulso propio del temperamento humano, aquel que sea indiferente a lo injusto, que no luche por lo que cree, es en gran medida un cobarde, por más inteligente que sea, la lucha por el derecho no admite pasividad ni complacencia por quien lo viola; el sentido de justicia, no solo conmutativa, sino también social, no sólo tiene que atender a la problemática individual, sino abocarse a las cuestiones sociales, ya que es un servidor de la sociedad. Y la honestidad, que en su sentido amplio equivale a no ser corrupto vendido.
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