Caso Rosendo Radilla Pacheco vs Estados Unidos Mexicanos
Enviado por Mariana Garrido • 25 de Febrero de 2023 • Apuntes • 541 Palabras (3 Páginas) • 88 Visitas
Caso Rosendo Radilla Pacheco vs Estados Unidos Mexicanos.
Rosendo Radilla-Pacheco vs. Estados Unidos Mexicanos (2009) argumentó que el Sr. Rosendo Radilla Pacheco había sido objeto de desaparición forzada por militares en el estado mexicano de Guerrero desde el 25 de agosto de 1974. Según la comisión estadounidense, las presuntas violaciones derivadas de este hecho “continúan hasta el día de hoy porque el gobierno mexicano no ha localizado a la [presunta] víctima y no ha encontrado sus restos”. Según declaraciones de la comisión, el hecho ocurrió treinta y tres años después, existe total impunidad, porque el Estado no ha sancionado a los perpetradores y no ha garantizado una indemnización adecuada a los familiares. " (Rosendo Radilla Pacheco vs. Estados Unidos Mexicanos, 2009).
En la demanda se alega la violación del derecho a la vida, derecho a la integridad personal, derecho a la libertad personal, libertad de pensamiento y de expresión, consagrados en la Convención Americana, así como también en perjuicio de sus familiares, las violaciones del derecho a la integridad personal, garantías judiciales, protección judicial de la Convención Americana.
El Estado de México ha hecho 3 excepciones: no tiene derechos ratione temporis por la fecha de depósito de su instrumento de adhesión a la Convención Americana; no está facultado para aplicar la Convención Americana sobre Derechos Humanos ratione temporis debido a la fecha de adhesión de México; no tiene jurisdicción ratione materiae sobre la base de la Carta de la OEA. El Estado mexicano viola silenciosamente el derecho a la integridad personal, la libertad personal, el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica, la libertad de pensamiento y expresión, la adopción. Las disposiciones de la ley nacional perjudican a Rosendo Radilla y sus familiares.
La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se basó en los siguientes argumentos: Primero, rechazó la excepción propuesta por el Estado de México y por tanto aceptó el reconocimiento parcial de responsabilidad internacional invocado por el Estado Mexicano. Contendidos en los párrafos del 52 al 62, de la sentencia Rosendo Radilla Pacheco vs. Estados Unidos Mexicanos.
La Corte sostuvo que el Estado es responsable por los artículos 7.1, 5.1, 5.2, 3 y 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. y su Convención de Derechos Humanos. Las obligaciones contenidas en el artículo 1, y los artículos I y XI de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en perjuicio del señor Rosendo Radilla Pacheco. 120-159 de la presente sentencia. Además de los derechos contra la familia establecidos en los procesos antes mencionados.
La Corte impuso sanciones al gobierno mexicano por establecer un estado de derecho razonable para la determinación de la responsabilidad penal en relación con la desaparición forzada de Rosendo Radilla y la investigación sobre su paradero. Asimismo, deberán adoptarse las medidas legislativas pertinentes en el artículo 57 de la Justicia Militar y el artículo 215A del Código Penal Federal, de conformidad con los estándares internacionales.
México está obligado a implementar en un tiempo razonable la jurisprudencia del sistema interamericano de protección de los derechos humanos sobre el alcance de la jurisdicción penal militar, así como los programas de juicio militar especializado.
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