Los recursos y su trámite en el Proceso de Inscripción en las Instituciones del Centro Nacional de Registros
Enviado por Roberth Argueta • 10 de Noviembre de 2023 • Ensayo • 2.994 Palabras (12 Páginas) • 54 Visitas
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UNIVERSIDAD MODULAR ABIERTA
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES.
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MATERIA:
DERECHO REGISTRAL.
CATEDRATICO:
LICENCIADO JOSÉ ALEXANDER MARTINEZ GUEVARA.
TEMA:
LOS RECURSOS Y SU TRAMITE EN EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LAS INSTITUCIONES DEL CENTRO NACIONAL DE REGISTROS.
ALUMNO:
- ROBERT ALEXANDER VÁSQUEZ ARGUETA
NUMERO DE CARNÉ UNIVERSITARIO: VA191102008
CORREO ELECTRONICO: va191102008@uma.edu.sv
San Salvador, seis de octubre del año dos mil veintitrés.
INDICE. -
Contenido
INTRODUCCIÓN. – 2
JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN. - 3
OBJETIVOS. – 4
OBJETIVO GENERAL: 4
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: 4
LOS RECURSOS Y SU TRAMITE EN EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LAS INSTITUCIONES DEL CENTRO NACIONAL DE REGISTROS. - 5
SITUACIÓN PROBLEMÁTICA. – 9
CONCLUSIONES. – 10
RECOMENDACIONES. – 11
LOS RECURSOS Y SU TRAMITE EN EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LAS INSTITUCIONES DEL CENTRO NACIONAL DE REGISTROS. -
INTRODUCCIÓN. –
En el presente trabajo de investigación tengo por objetivo llevar a su conocimiento el tema de LOS RECURSOS Y SU TRAMITE EN EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LAS INSTITUCIONES DEL CENTRO NACIONAL DE REGISTROS, primeramente sepamos que como personas naturales nacemos con el derecho de propiedad y posesión y es el estado el ente encargado de velar por el respaldo de dicho derecho debido a la unión jurídica entre estado y personas, pero dicho derecho aunado a obligaciones y el uso correcto de este, también pueden surgir problemáticas que debido a ser seres naturaleza hay momentos en que no existe acuerdo entre partes y al hablar de bienes inmuebles que estén sus derechos compartidos se es difícil el poder velar por el derecho de uno sin perjudicar el derecho del otro, es por ello que se realizo un registro de bienes inmuebles por medio del Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca y con ello poder tener de una manera mas exacta el respaldo de los derechos de propiedad, es por ello que el presente trabajo de investigación profundizaré más de este tema.
JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN. -
Como sabemos en nuestro país como lo establece el artículo 2 de la constitución que todos tenemos derecho a la propiedad y posesión, y a ser protegidos en la conservación y defensa de los mismos, aunado a ello y con la facilidad de poder poseer bienes surge la necesidad de registrar dichos derechos, los cuales se hacen mediante el surgimiento del Registro de Propiedad raíz e Hipoteca, en el cual se establecen los lineamientos para su debida inscripción pero con esto surgen otras problemáticas que debido a que existen inmuebles en los cuales se tiene más de un propietario ya sea por voluntad de comprar entre dos o más o por medio de bienes heredados a dos o más herederos, no es posible determinar cuál porción le pertenece a cada uno, únicamente en una forma abstracta de porcentaje de propiedad, y si dichos propietarios deciden tomar cada uno su parte sin depender del otro, es aquí donde se debe determinar la ubicación de la porción que le corresponderá según su porcentaje de derecho proindiviso, de aquí surge la figura de partición el cual es un proceso en el cual se debe seguir adecuadamente sin vulnerar el derecho de los demás comuneros, de aquí que el legislador toma a bien la creación de la Ley Especial para la Delimitación de Derechos de Propiedad Inmobiliaria, la cual se aplica en los casos que no haya acuerdo o que no exista ninguna comunicación o saber sobre el paradero de los demás copropietarios, es por ello que en este trabajo de investigación tomare a bien explicar sobre LA DELIMITACIÓN DE DERECHOS PROINDIVISOS Y SU PROCESO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECA, pretendiendo definir adecuadamente las figuras de proindivisión y de partición y su debido proceso de inscripción en el Registro de la Propiedad raíz e Hipotecas.
OBJETIVOS. –
OBJETIVO GENERAL:
- INVESTIGAR LA TEMATICA DE LOS RECURSOS Y SU TRAMITE EN EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LAS INSTITUCIONES DEL CENTRO NACIONAL DE REGISTROS.-.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
- DEFINIR DE FORMA SENCILLA LOS TIPOD DE RECURSOS.
- EXPLICAR LA FORMA EN QUE SE TRAMITAN E INSCRIBEN LOS RECURSOS EN LAS INSTITUCIONES DEL CENTRO NACIONAL DE REGISTROS.
LOS RECURSOS Y SU TRAMITE EN EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LAS INSTITUCIONES DEL CENTRO NACIONAL DE REGISTROS. -
El presente trabajo de investigación es sobre LA DELIMITACIÓN DE DERECHOS PROINDIVISOS Y SU PROCESO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECA en nuestro país, definamos principalmente qué es la proindivisión y básicamente es cuando se tiene un bien inmueble en el cual están sus derechos de propiedad compartido entre más de una persona ya sea en el momento de comprar por voluntad un bien inmueble con otra u otras personas, se entiende entonces que dicho inmueble está en proindivisión, la proindivisión puede ser a voluntad de las personas en el momento de comprar un bien entre más de una persona pero también se origina a partir de una herencia por ejemplo si una persona es dueña de un bien inmueble y al fallecer tiene más de un heredero ya sea testamentariamente o no, cada uno de los herederos obtienen un porcentaje de propiedad igual entre ellos, en nuestro país la manera de representación de estos derechos en porcentajes surgió allá por los años ochenta en el reglamento que dio lugar a poder definir los derechos en porcentajes fue debido a lo complicado que era poder definir la proindivisión y con ello surge la figura jurídica de LA PARTICIÓN que como acto jurídico puede ser voluntario cuando todos los copartícipes o conocidos también por comuneros están de acuerdo en partir los derechos de propiedad sobre un bien inmueble y pues lo hacen mediante un notario y habría que nombrar un perito para que hagan las divisiones del bien las cuales serán aprobadas por el área de catastro del Centro Nacional de Registros y una vez aprobada la partición se plasma en escritura pública para su respectivo registro. Pero hay ocasiones que dichas particiones no son voluntarias debido a la falta de acuerdo entre los comuneros, pero existe la manera de resolverlo judicialmente por ejemplo que sean cinco hermanos que aceptaron herencia de sus padre y cada uno tiene un veinte por ciento de derecho de propiedad , en el que cuatro están de acuerdo en realizar la partición para poder inscribir cada uno su porción al cien porciento pero hay un hermano que no esta de acuerdo, es en estos casos que procede realizar dicho proceso mediante un juzgado de lo civil y si el bien es muy pequeño para partir pues esta la opción de vender y repartir el dinero entre los herederos y es de esa manera que se pone fin a la proindivisión en el momento que cada uno de los herederos logra inscribir su porción del bien inmueble al cien por ciento, la proindivisión está establecida en el artículo 1616 del código civil en el cual expresamente dice: “Si la cosa es común de dos o más personas proindiviso, entre las cuales no intervenga contrato de sociedad, cada una de ellas podrá vender su cuota, aun sin el consentimiento de las otras”. Todos los titulares de derechos proindivisos es necesario trasladarla o inscribirlos al registro de la propiedad raíz e hipotecas bajo el sistema del folio real, este sistema de folio real empieza en el sistema registral en nuestro país a partir de la década de los ochentas por el año mil novecientos ochenta y seis en adelante y es el folio real implica que todos los titulares de un inmueble tienen que estar inscritos en una misma matrícula, anteriormente al folio real existía lo que se llamaba el folio personal en donde cada titular tenía una inscripción independiente pues en la década de los ochenta se pensó que lo correcto es que los titulares sean inscritos en una misma matrícula ya que de esta manera se logra obtener más orden en la información en un solo expediente referente al bien inmueble, todo esto conllevo una gran labor ya que al trasladar la información de los derechos proindivisos a una sola matricula debía de existir el cien por ciento de dichos derechos sobre el bien inmueble dicho trabajo se realizó por medio de lo que se llamó como estudios registrales buscando a cada uno de los titulares de derecho proindiviso; pero en los casos que es imposible realizar una partición de derechos proindivisos ya sea por la cantidad de comuneros o por el desacuerdo entre ellos surge lo que conocemos como Ley Especial para la Delimitación de Derechos de Propiedad Inmobiliaria iniciado de la proindivisión y se llama ley especial porque la forma normal de destruir una proindivisión es a través de una partición eso es lo normal pero en estos casos en los cuales no es posible o resulta demasiado complicado hacer una partición, para estos casos en particular es que se aplica la ley es decir que la ley no va a ser aplicada en todos los casos de proindivisión el artículo 1 de la ley dice que tiene por objeto el establecimiento de un régimen jurídico especial para la persona o personas titulares de derechos de propiedad en estado de división, la ley dice que tiene por objeto un régimen jurídico especial para la persona o personas, el artículo 2 dice que esta ley se aplicará a todos aquellos derechos de propiedad son inmuebles que se encuentren en estado de proindivisión en los cuales no sea posible hacer una partición, pero, como saber si es posible o no aplicar esta ley en un caso concreto lo primero que se debe hacer es solicitar al Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas una certificación extractada del inmueble que está en proindivisión, este inmueble que está en proindivisión tiene que tener su antecedente inscrito ya que si no cuenta con un antecedente inscrito es decir si no está inscrito el inmueble esta ley no es aplicable porque esta ley sólo se aplica a los comuneros que tienen sus inmuebles inscritos o al menos que tienen sus antecedentes inscritos pero si el registro dice que no es posible determinar la totalidad de los copropietarios entonces definitivamente es posible optar para la aplicación de esta ley o en el caso que si se sepa de la existencia de otros o la cantidad exacta de copropietarios pero es imposible ubicarlos entonces también se puede aplicar dicha ley para poder salirse de la proindivisión siempre y cuando declare bajo juramento que no tiene la posibilidad de ubicar a los demás copropietarios, en el artículo 4 y 5 de esta ley establece los elementos o requisitos que se deben colocar en la solicitud y los documentos anexos para formar el expediente con dichas diligencias recordemos que deben ser inmuebles inscritos y de no estar inscritos presentar sus debidos antecedentes pero que pueda comprobar que si es propietario en proindivisión, anexar las certificaciones extractadas que previamente se habían solicitado en el Registro de Propiedad Raíz e Hipoteca la cual tiene un costo de ocho dólares con ochenta y seis centavos, posteriormente viene la publicidad de las diligencias que están estos son mecanismos de seguridad también para ver que las diligencias se hagan correctamente presentar al menos dos testigos los cuales declararan la posesión de la persona sobre la porción que quiere delimitar por más de 10 años, los testigos son útiles únicamente para demostrar la posición específica e ininterrumpida de la persona que está solicitando la delimitación por más de 10 años, luego de esto son los edictos que tienen que publicarse de la diligencia, tiene que ser uno en el diario oficial y uno en un diario de circulación nacional, luego se tiene que nombrar un perito que la ley permite ya sea un ingeniero civil o un arquitecto lo van a juramentar como en todos los casos de las diligencias de jurisdicción voluntaria y el último requisito importante para el señalamiento de la mensura tenemos que tener en cuenta algunas cosas que la ley establece en primer lugar indispensable es citar a los colindantes que son las personas que tienen su propiedad por su casa o están poseyendo que junto al lado existan exactamente a la par que colindan exactamente al lado de la porción que se quiere delimitar, recordemos que estas diligencias tienen que quedar consignadas se tienen que agregar a nuestro legajo de anexos del expediente así que es muy importante que dejemos una constancia de la cita de los colindantes citados, el artículo 8 dice que debo de agregar el apoyo de recibido de la citación para demostrar que si cité a los colindantes porque eso es muy importante si yo no existe algún colindante la diligencia puede ser anulada tal cual pasa en las remediaciones y el título supletorio si hubiera imposibilidad justificada, para citarlo en el notario expresará claramente la razón por la que fue imposible realizar dichas citas, recordemos que estamos frente a un caso especial, esta ley es un caso muy especial donde no se puede o no existe otra salida por eso es una ley especial no debe de ser en la primera opción ya que hay que agotar primero si cabe la posibilidad de realizar una partición; el artículo 9 y el artículo 12 establecen referente al plano resultante de la mensura que una vez aprobado por catastro es con el cual se trabajará, el perito rendirá un informe con la descripción de la porción delimitada y también le agregará el valor comercial o sea le va a poner un estimado del valor que tenga es un valor no necesita ser un perito valuador autorizado por la superintendencia del sistema financiero, ya con la escritura publica emitida por el notario en la cual se establezca las diligencias y la descripción de la o las porciones que se encontraban en proindivisión se presentan al Centro Nacional de Registro en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca para su respectiva inscripción una vez inscrita el propietario recibirá una certificación de inscripción únicamente de su porción con el derecho de propiedad del cien por ciento.
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