Modelo de contrato de técnicos en Perú
Enviado por Aletz3 • 4 de Mayo de 2023 • Tutorial • 1.716 Palabras (7 Páginas) • 149 Visitas
CONTRATO PERSONAL TECNICO en PERU
CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO FIJO POR
NECESIDAD DE MERCADO
Conste por el presente documento que se extiendo por duplicado, el contrato de trabajo sujeto a modalidad que celebran de una parte ……………….identificada con RUC N° …………….., con domicilio en …………………………, debidamente representado por su titular General ………………., identificada con DNI No. 70110698, cuyas facultades se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° …………del Registro de Personas Jurídicas de Lima, a quien en adelante se le denominará EL EMPLEADOR; y, de la otra parte el Sr. ……………….., identificada con DNI Nro. …………… con domicilio en …………….., a quien en adelante se le denominará EL TRABAJADOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO. - EL EMPLEADOR es una sociedad en el giro de prestación de servicios que no son nucleares o forman parte del core del negocio de las empresas usuarias. EL EMPLEADOR brindará los servicios de Reparación de Equipos Electricos. Estos servicios son solicitados por no ser una actividad principal de la empresa usuaria, para el fin de cumplir con dichos servicios contratará a personal necesario.
SEGUNDO. - EL EMPLEADOR con el objeto de atender el inicio de sus actividades, necesita contratar los servicios de personal temporal dependiente. La temporalidad del contrato se justifica en el artículo 57 del Decreto Supremo 003-97-TR, TUO del Decreto Legislativo No.728.
JUSTIFICACION. - La empresa iniciará actividades y ha recibido ofertas de otras empresas para brindarles el servicio de mantenimiento preventivo, correctivo, de emergencia y otros afines que no forman parte principal del giro de estas, por lo que amerita la contratación por esta modalidad para este cargo.
TERCERO. - Por el presente documento, EL EMPLEADOR contrata los servicios temporales de la Sr. …………………… para que se desempeñe como TECNICO DE MANTENIMIENTO, las funciones que desempeñará están detalladas en el anexo 1 que forma parte de este contrato. ELTRABAJADOR declara que cuenta con la experiencia solicitada para el cargo, asimismo acepta que podrá ser trasladado en cualquier momento por EL EMPLEADOR a cualquier otro centro y área de trabajo, dentro o fuera de Arequipa - Lima, y a cualquier otro puesto de trabajo siempre que conserve la misma categoría ocupacional de empleado.
CUARTO. –El plazo del presente contrato es de 6 meses sin necesidad de comunicación previa alguna por parte de EL EMPLEADOR.
QUINTO. - Sin perjuicio de la modalidad de contrato a plazo fijo, EL TRABAJADOR está sujeto al período de prueba de tres (3) meses.
SEXTO: Las partes estipulan que la jornada y el horario laboral de EL TRABAJADOR serán de 6 días a la semana y uno de descanso de 8 horas con un refrigerio de 1 hora, que no forma parte de la citada jornada.
La jornada de trabajo será de 48 horas semanales. Ambas partes convienen en que la jornada de trabajo, turnos, horario de trabajo y día o días de descanso semanal obligatorio de EL TRABAJADOR no serán fijos sino, por el contrario, flexibles y rotativos. En consecuencia, ambas partes convienen en que EL EMPLEADOR, de acuerdo con sus necesidades de administración y producción, tendrá la facultad unilateral de determinar y variar los turnos, días de trabajo, el día o días de descanso semanal obligatorio, los horarios y jornadas de trabajo y el número de horas de trabajo, pudiendo incluso establecer jornadas de trabajo atípicas, horarios especiales, etc. EL TRABAJADOR desde ya presta su consentimiento expreso a las modificaciones que EL EMPLEADOR pueda introducir en la jornada y horario de trabajo.
En uso de sus facultades directrices, EL EMPLEADOR está facultado a efectuar modificaciones en la jornada de trabajo, de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 2 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 854, Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo, aprobado por Decreto Supremo 007-2002-TR, respetando el máximo legal de 48 horas semanales, sin que dichas variaciones signifiquen menoscabo de categoría y/o remuneración.
SÉPTIMO: EL TRABAJADOR recibirá una remuneración mensual ascendente a S/…. (Mil ………. con 00/100 Soles). Será de cargo de EL TRABAJADOR el pago del Impuesto a la Renta, aplicable a toda remuneración que se le abone, los aportes y contribuciones sociales a su cargo, así como cualquier otro tributo que grave las remuneraciones del personal dependiente.
Las ausencias injustificadas por parte de EL TRABAJADOR implican la pérdida de la remuneración proporcionalmente a la duración de dicha ausencia, sin perjuicio del ejercicio de las facultades disciplinarias propias de EL EMPLEADOR previstas en la legislación laboral y normas internas de EL EMPLEADOR
SEXTO. - DE LAS OBLIGACIONES DE EL TRABAJADOR. -
En el desarrollo de la relación laboral, EL TRABAJADOR:
- Acatará las directivas que EL EMPLEADOR emita observando los criterios de razonabilidad, proporcionalidad, claridad, transparencia y buena fe.
- Observará las directivas que emitan EL EMPLEADOR para un adecuado desarrollo de las labores en el centro de trabajo.
- Asume el compromiso de prestar los servicios materia del presente contrato con carácter de exclusividad, en caso contrario EL EMPLEADOR podrá dar por terminado el vínculo laboral justificadamente.
- Asimismo, queda prohibida la cesión, suministro o entrega de cualquier información sobre el negocio de EL EMPLEADOR a un tercero.
- Se obliga a no efectuar a clientes de EL EMPLEADOR pasados, presentes o que estén en fase de captación, trabajo o servicio alguno de ninguna clase, ni por cuenta propia ni ajena, ni directa o indirectamente, suponiendo dicha práctica una vulneración de la buena fe contractual y un daño directo a EL EMPLEADOR y, por ende, sujeto a las acciones legales pertinentes.
- Deberá cumplir con los protocolos de seguridad indicados por EL EMPLEADOR, así como la normativa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- EL(A) TRABAJADOR(A), acuerda someterse a los exámenes médicos que LA EMPRESA, en cualquier momento requiera, como consecuencia de la actividad contratada, tanto para determinar su estado de salud y condiciones físicas, al uso o consumo de bebidas alcohólicas, drogas o sustancias estupefacientes.
- EL(A) TRABAJADOR(A) reconoce y acepta expresamente que LA EMPRESA por sus propias prácticas laborales se encuentra en la obligación de atender ciertas exigencias consistentes en implementar, mantener y respetar fielmente las políticas de seguridad, salud y medio ambiente, requeridas para normal desarrollo de sus actividades. En tal sentido, EL(A) TRABAJADOR(A) declara conocer que está obligado a cumplir satisfactoriamente con los cursos de seguridad y prevención de accidentes correspondientes asistir y someterse a las pruebas, exámenes, evaluaciones y procedimientos médicos pertinentes, así como seguir con los tratamientos respectivos y cursos que resulten necesarios para poder contar con la autorización de trabajo requerido; El costo que irroguen los antes referidos exámenes médicos serán asumidos por LA EMPRESA
- De recibir algún equipo, maquinaria o herramientas de EL EMPLEADOR deberá tener mucha cautela para el resguardo de dichos artículos, deberá seguir las instrucciones de uso según manual y seguir también las especificaciones de devolución indicados por EL EMPLEADOR.
OCTAVO: DE LAS POTESTADES DE LA EMPRESA-
Las partes acuerdan que EL EMPLEADOR podrá, de acuerdo a sus necesidades de funcionamiento y las facultades de dirección establecida en el artículo 9º de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral - Decreto Supremo N° 003-97-TR, disponer la modificación, alteración, reemplazo o supresión de las condiciones de trabajo y de la prestación de servicios tales como el tiempo, la forma, la modalidad, el lugar y las directrices de trabajo.
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