Relación entre la constitución y el Estado
Enviado por diana santiago rojas • 28 de Marzo de 2023 • Informe • 1.778 Palabras (8 Páginas) • 49 Visitas
[pic 1] UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA DE MEXICO. [pic 2]
CARRERA: DERECHO.
MODULO 2: ESTADO, CONSTITUCIÓN Y GOBIERNO.
UNIDAD 1-RELACIÓN ENTRE LA CONSTITUCIÓN EL ESTADO Y EL GOBIERNO.
SESION 1 – ANTECEDENTES, CONCEPTOS Y RELACIÓN DE CONSTITUCIÓN-ESTADO-GOBIERNO.
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INTRODUCCIÓN:
Las sociedades se formaron desde el inicio de población de nuestro planeta pues nunca hemos estado solos, a raíz de ello los humanos nos fuimos formando en tribus, y las relaciones de convivencia ayudaron a que se formaran sociedades, poblaciones y estados.
La existencia de la constitución parte de la formación de un estado pues se requieren normas que regulen la convivencia diaria entre los integrantes de este.
En nuestro país contamos con una constitución que defiende los derechos humanos pues contiene nuestras garantías individuales (derechos), así como nuestras obligaciones, contiene también la división de poderes ejecutivo, legislativo (2 cámaras: diputados y senadores) y judicial.
Tratándose de nuestro país empezaremos a ver cómo fue que surgió nuestra constitución la cual es un Sistema Jurídico.
Para que nuestro sistema jurídico se formara se empezó con la lucha por la independencia en México, que se dio en 1814 con el decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana (constitución de Apatzingán)
Que establecía régimen republicano, religión católica como única, y la división de los 3 poderes ejecutivo, legislativo y judicial, igualdad de todos ante la ley. (Unadm, s.f.).
Se concluye el movimiento de independencia el 4 de octubre de 1824 y se promulga nuestra Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos y decía que seriamos una república representativa, popular y federal dividida en estados libres y soberanos. Y la división de poderes y un congreso dividido en dos cámaras.
En 1856 se promulgó el Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana, y este sirve de base para la expedición de la Constitución Política de la República Mexicana en 1857 y establece:
- El derecho a la libertad de expresión.
- El desconocimiento de los títulos nobiliarios.
- La supresión de fueros eclesiásticos y militares.
- La amortización de los bienes eclesiásticos.
- La libertad de religión.
El 5 de febrero de 1917 fue promulgada la actual Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por el Congreso Constituyente convocado por Venustiano Carranza. Dicho ordenamiento está vigente, constituye nuestra ley suprema y da fundamento a las leyes en nuestro país. (Unadm, s.f.).
Hoy en día nuestra constitución es nuestra carta magna es la ley suprema y no existe una ley superior.
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DESARROLLO:
Que entendemos por CONSTITUCIÓN es un conjunto de normas generales que abarcan un todo y particulares, que se combinan y regulan conductas de los individuos que se relacionan en sociedades y que juntas forman un estado y es la constitución quien dice cómo se rige y como es gobernado.
ESTADO: está formado por una población - individuos que se organizan dentro de una zona geográfica, tiene poder soberano, desarrolla funciones políticas, sociales y económicas.
Tiene un poder ejecutivo, legislativo y judicial.
GOBIERNO: está formado por organismos que se encargan que se cumplan todas las leyes que se encuentran en la constitución buscando el bienestar social y la armonía total.
Entonces tenemos que somos un estado formado por una sociedad que juntos formamos una población que está delimitada, es soberana se conforma de 3 poderes ejecutivo, legislativo y judicial, tenemos garantías individuales (derechos) y obligaciones y que de acuerdo con nuestro gobierno contamos con instituciones que harán valer nuestros derechos y que nos obligaran a cumplir con nuestras obligaciones. Todo esto se encuentra en nuestra constitución.
¿Cuál es la relevancia respectiva del análisis jurídico y político de la Constitución?
Para empezar, partiremos del análisis jurídico que parte desde la división de poderes que en nuestro país se encuentra dividido por el poder ejecutivo (presidente de la república, legislativo conformado por 2 cámaras, (diputados y senadores) y el judicial. Art. 116 (Camara de Diputados del H. congreso de la Unión., 2017).
Las leyes o normas que se encuentran en la CPEUM no pueden ser violadas y deben ser acatadas por los individuos del estado, y estas normas se elaboran con la finalidad de satisfacer todas las necesidades de la población para poder vivir en armonía.
“Las normas jurídicas que se encuentran en nuestra constitución son bilaterales (impone deberes y obligaciones), cuentan con exterioridad (conducta externa del individuo), coercibilidad (sino cumples la norma se establece una amenaza de posibles consecuencias por no cumplirla), tienen heteronomía (seguimos conductas impuestas por alguien ajeno a nosotros), tienen generalidad (siempre que se realice una conducta se desatan las mismas consecuencias) y abstracción (se describe una conducta hipotética puede o no realizarse, pero no regula casos concretos)”. (Unadm, s.f.)
Las normas jurídicas (leyes) tienen 3 fases que son:
Nacimiento (aparición).
Realización
Desaparición (pierde vigencia)
Las normas jurídicas (leyes) están a cargo del congreso de la unión (cámara de diputados y senadores) y estos son los responsables de crearlas de acuerdo con las necesidades de los ciudadanos.
Se comprende de 6 etapas que son:
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Manejan 4 elementos y son:
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En nuestro sistema jurídico nuestras normas pueden ser presentadas como una ley, pero también puede ser una costumbre, una jurisprudencia, etc.
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