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Sistema nacional de coordinación fiscal


Enviado por   •  6 de Agosto de 2023  •  Ensayo  •  1.072 Palabras (5 Páginas)  •  39 Visitas

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Introducción.

El Sistema Nacional de Coordinación Financiera (SNCF) está considerado como un sistema complejo o instrumento del federalismo y que consiste en que la Federación y los Estados pueden celebrar convenios de coordinación financiera a través de los cuales los estados acuerdan limitar sus poderes impositivos en favor de la Federación a cambio de una participación de los ingresos fiscales federales.

De la Garza S.F. (2008) señala que el SNCF “es el resultado de un largo diálogo entre las autoridades hacendarias federales y las de los Estados. Para éstos es optativo adherirse o no. Si se adhieren convienen con la Federación en dejar en suspenso mientras dura el convenia, algunos de los impuestos establecidos por su Legislatura o impone abstención al propio Estado” (p. 251-252).

Ahora bien, de la lectura efectuada al apartado “Coordinación fiscal entre la Federación y los estados, y las participaciones en impuestos federales”, de la Unidad 4 Poder Tributario, del Derecho Financiero, escrito por el Mtro. Verduzco, Reina, Carlos Javier, IURE Editores, 2018; nos permite ver y conocer un panorama de lo que es el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, cuáles son sus elementos, los organismos que intervienen, así como su estructura y funcionamiento.

Desarrollo.

Derivado de que en la Constitución faculta a la Federación para establecer impuestos, pero no ha separado los campos de tributación que deban corresponder a cada uno de los niveles de gobierno, presumiéndose que todos participan de las mismas; por tal motivo, se llevaron a cabo tres Convenciones Nacionales Fiscales en 1925, 1933 y 1947 y como resultado se creó el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal junto con la Ley de Coordinación Fiscal; de acuerdo con el artículo 1 de LCF, el cual establece: “coordinar el sistema fiscal de la Federación con los Estados, Municipio y Distrito Federal;  establecer la participación que corresponda a las haciendas públicas en los ingresos federales; distribuir entre los participaciones; fijar reglas de Colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales”.

Es por ello que, se establecen instrumentos o elementos entre la Federación y los Estados, tales como el Convenio de Adhesión, el cual tiene su fundamento en el artículo 10 de LCF; sin la celebración de este convenio los Estados no podrán gozar de los beneficios que la ley señala; el Convenio de Colaboración Administrativa, este tiene su fundamento en los artículos 13 al 15 de LCF; mediante este instrumento por medio de los cuales los estados pueden encargarse de la administración tributaria federal, para poder desempeñar las siguientes funciones coordinadas tales como: “Registro Federal de Contribuyentes, Recaudación, Fiscalización y Administración.

La Ley de Coordinación fiscal prevé varios tipos de fondos participables, uno de ellos es el Fondo General de Participaciones, se conforma por el 20% de la recaudación Federal participable y se divide entre los 32 estados es de señalar que, el porcentaje de participación nunca deberá ser inferior; este se obtienen de los impuestos y derechos por concepto de minería asimismo, se disminuye las devoluciones; éstas participaciones van estrechamente entrelazadas con la recaudación que los Estados aporten ya que si sus montos son mayores o menores su participación aumentará o disminuirá toda vez que, el porcentaje del 20% está sujeta a la recaudación efectivamente percibida; por otra parte, está el Fondo de Aportaciones Federales, en este se establecen como recursos adicionales que la federación transfiere al Estado; “condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación” según lo dispuesto en el artículo 25 LCF, en este mismo, artículo menciona los diferentes fondos de aportaciones tales como: “Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo, Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud, Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, Fondo de Aportaciones Múltiples, Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos, Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal y Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas”.

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