Sistema NAcional De Proteccion Civil
Enviado por weberfire • 4 de Septiembre de 2011 • 1.204 Palabras (5 Páginas) • 1.469 Visitas
Sistema Nacional de Protección Civil
De los sismos ocurridos en México el 19 y 20 de septiembre de 1985, surgió la necesidad prioritaria de contar
con un Sistema integral que permitiera enfrentarlos, para ello el ejecutivo federal convocó y creo, al que se
denominó Comisión Nacional de Reconstrucción, en el cual se desarrollaron los trabajos del Comité de
Prevención de Seguridad Civil, dando como resultado el documento central contenido en el decreto por el que
se aprueban las Bases para el Establecimiento del Sistema Nacional de Protección Civil y el Programa de
Protección Civil que las mismas contienen, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 6 de mayo de
1986.
La Coordinación General de Protección Civil fue integrada en el año de 1986, dentro de la estructura de la
Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal, como Órgano de Carácter
Ejecutivo dependiente de la Secretaría de Gobernación.
El Centro Nacional de Prevención de Desastres se creó como órgano administrativo desconcentrado,
jerárquicamente subordinado a la Secretaría de Gobernación, mediante decreto publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 20 de septiembre de 1988. Abrió sus puertas el 11 de mayo de 1990 como un centro
encaminado hacia el desarrollo de acciones en materia de investigación, capacitación y difucion.
El 11 de mayo de 1990, el Ejecutivo Federal, se creó formalmente el Consejo Nacional de Protección Civil,
como Órgano Consultivo y de Coordinación de Acciones y de Participación Social en la Planeación de la
Protección Civil, y quien encabeza será el C. Presidente de la República e integrado por doce Secretarios de
Estado y el Jefe del Gobierno del Distrito Federal, con carácter permanente, así como con la participación de
las demás secretarías, los gobiernos estatales, municipales, los sectores privado, social, académico y los
grupos voluntarios.
El 6 de junio de 1995, el Ejecutivo Federal, crean los Comités Científicos Asesores del Sistema Nacional de
Protección Civil, como Órganos Técnicos de Consulta en la Prevención de Desastres, originados por
fenómenos geológicos, hidrometeorológicos, químicos, sanitarios y socioorganizativos, encabezados cada
uno por un Secretario Técnico, designado por la Coordinación General de Protección Civil e integrados por
diez especialistas en cada materia como mínimo y quince como máximo.
Funcionamiento del Sistema Nacional de Protección Civil
El artículo 14 de la Ley General de Protección Civil establece que: En una situación de emergencia, el auxilio
a la población debe constituirse en una función prioritaria de la protección civil, por lo que las instancias de
coordinación deberán actuar en forma conjunta y ordenada, en los términos de la Ley General de Protección
Civil y de las demás disposiciones aplicables. Con la finalidad de iniciar las actividades de auxilio en caso de
emergencia, la primera autoridad que tome conocimiento de ésta, deberá proceder a la inmediata prestación
de ayuda e informar tan pronto como sea posible a las instancias especializadas de protección civil.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal participan en el Sistema
Nacional de Protección Civil en dos vertientes:
Primera vertiente Se relaciona con el logro del objetivo básico del Sistema Nacional de Protección Civil:
proteger a las personas, familias y comunidades, ante la eventualidad de un desastre provocado por
fenómenos perturbadores de origen natural o antropogénico, a través de acciones que prevengan, reduzcan o
eliminen la pérdida de vidas, la afectación de la planta productiva, la destrucción de bienes materiales y el
daño a la naturaleza, así como la interrupción de las funciones esenciales de la sociedad.
Segunda vertiente Se refiere a la integración y operación de Unidades Internas de Protección Civil, como
parte de sus propias estructuras de organización, incorporando la materia de protección civil en sus
reglamentos internos. Las unidades Internas de Protección Civil tienen la responsabilidad de elaborar,
instrumentar y operar los Programas Internos de Protección Civil en cada uno de sus inmuebles.
Órganos
Del Sistema
Nacional de
Protección
Civil
Consejo Nacional de Protección
Comité Nacional de Emergencias
Centro Nacional de Comunicaciones
Centro Nacional de Operaciones
Es el órgano consultivo en materia de planeación
de la Protección Civil. Fungir como órgano de
consulta y de coordinación de acciones del
Gobierno Federal para convocar, concertar, inducir
e integrar las actividades de los diversos
participantes, Fomentar la participación
comprometida y corresponsable de todos los
sectores de la sociedad e interesados; Emitir la
declaratoria de ayuda internacional
Coordinación de acciones y toma de decisiones en
situaciones de
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