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Designación del juez a cargo de autoridad competente


Enviado por   •  26 de Abril de 2023  •  Informe  •  346 Palabras (2 Páginas)  •  47 Visitas

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Designación del juez a cargo de autoridad competente:

Consejo de la magistratura, ley 20.080 art 9: la designación del juez se realiza por concurso de oposición y antecedentes, que no podrá exceder los 90 días hábiles a partir de la prueba de oposición. El plazo es prorrogable 30 dias hábiles mas mediante resolución fundaa.

Hay dos criterios fundamentales:

  • Antigüedad: asciende el más antiguo, excepto que sea rechazado por las ¾ partes de los jueces superiores que votaron
  • Merecimiento: se valoran
  • La conducta del juez en su vida pública y privada
  • La productividad en el desempeño
  • La laboriosidad en el desempeño
  • Demostración de cultura jurídica
  • Numero de asuntos fallados, anulados, confirmados y revocados por el superior

Procedimiento:

  1. Cuando se produzca una o varias vacantes se convocará a concurso de oposición y antecedentes. Se dará publicidad de las fechas de exámenes y de los integrantes del jurado, que evalúan y califican las pruebas
  2. Se determinan los criterios y mecanismos de calificación de los exámenes y evaluación de los antecedentes
  3. Se elaborarán listas de jurados para cada especialidad, integradas por jueces y profesores con los requisitos exigidos
  4. La comisión sorteara 4 miembros de las listas, para que cada jurado quede integrado por 2 jueces y 2 profesores
  5. El jurado tomara el examen y calificara las pruebas de oposición que luego pasan a la comisión que calificara los antecedentes. La comisión debe expedirse en un plazo de 30 días hábiles
  6. En base a los elementos reunidos y una entrevista a los postulantes, 3 personas de la Comisión harán la entrevista con el plenario, que será publica y tendrá por objeto evaluar su idoneidad, aptitud funcional y vocación democrática.
  7. El plenario podrá revisar de oficio las calificaciones de los exámenes, antecedentes, impugnaciones y dictámenes. Toda modificación debe ser fundada.
  8. El plenario decidirá por mayoría de 2/3 de los presentes y será irrecurrible.
  9. El rechazo por el Senado importara la convocatoria a un nuevo concurso para cubrir la vacante.

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