Designación del juez a cargo de autoridad competente
Enviado por debitapavon • 26 de Abril de 2023 • Informe • 346 Palabras (2 Páginas) • 47 Visitas
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Designación del juez a cargo de autoridad competente:
Consejo de la magistratura, ley 20.080 art 9: la designación del juez se realiza por concurso de oposición y antecedentes, que no podrá exceder los 90 días hábiles a partir de la prueba de oposición. El plazo es prorrogable 30 dias hábiles mas mediante resolución fundaa.
Hay dos criterios fundamentales:
- Antigüedad: asciende el más antiguo, excepto que sea rechazado por las ¾ partes de los jueces superiores que votaron
- Merecimiento: se valoran
- La conducta del juez en su vida pública y privada
- La productividad en el desempeño
- La laboriosidad en el desempeño
- Demostración de cultura jurídica
- Numero de asuntos fallados, anulados, confirmados y revocados por el superior
Procedimiento:
- Cuando se produzca una o varias vacantes se convocará a concurso de oposición y antecedentes. Se dará publicidad de las fechas de exámenes y de los integrantes del jurado, que evalúan y califican las pruebas
- Se determinan los criterios y mecanismos de calificación de los exámenes y evaluación de los antecedentes
- Se elaborarán listas de jurados para cada especialidad, integradas por jueces y profesores con los requisitos exigidos
- La comisión sorteara 4 miembros de las listas, para que cada jurado quede integrado por 2 jueces y 2 profesores
- El jurado tomara el examen y calificara las pruebas de oposición que luego pasan a la comisión que calificara los antecedentes. La comisión debe expedirse en un plazo de 30 días hábiles
- En base a los elementos reunidos y una entrevista a los postulantes, 3 personas de la Comisión harán la entrevista con el plenario, que será publica y tendrá por objeto evaluar su idoneidad, aptitud funcional y vocación democrática.
- El plenario podrá revisar de oficio las calificaciones de los exámenes, antecedentes, impugnaciones y dictámenes. Toda modificación debe ser fundada.
- El plenario decidirá por mayoría de 2/3 de los presentes y será irrecurrible.
- El rechazo por el Senado importara la convocatoria a un nuevo concurso para cubrir la vacante.
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