Guia / temas de seminario de capital humano
Enviado por Sergio Sanchez • 12 de Noviembre de 2023 • Ensayo • 1.188 Palabras (5 Páginas) • 56 Visitas
GUIA / TEMAS DE SEMINARIO DE CAPITAL HUMANO
- Mencione los elementos claves para “ser competentes”.
- APTITUD: CONOCIMIENTO, HABILIDADES, EXPERIENCIA
- Actitud: VOLUNTAD, MOTIVACIÓN, COMPROMISO
- Las empresas mejoran mediante el uso ____________ y _____________ de todos sus recursos en especial el humano.
- Definición de:
a) recursos humanos: Conjunto de Personas que conforman la fuerza laboral de una Organización, Industria o Economía.
b) capital humano: Conjunto de conocimientos, hábitos, atributos sociales, personalidad, creatividad y cultura manifestados en la HABILIDAD para desempeñar un trabajo, así como Producir Valor Agregado.
- Identifica los diferentes objetivos fundamentales de la ACH
Objetivos Corporativos |
Objetivos Funcionales |
Objetivos Sociales |
Objetivos Personales |
- Objetivo original de la interpretación
- Fines de la interpretación
- Elementos de la interpretación
- Antecedentes históricos y filósofos del conocimiento Sócrates.- “Mayéutica”.- Interrogación o técnica para generar conocimiento, basado en discusión.
Platón.- DOXA: Simple opinión y EPISTEME: el conocimiento bien fundado. Llamó DIALÉCTICA al método (basado en discusión) necesario para llegar al saber racional y reflexivo (EPISTEME)
Aristóteles.- Leyes del silogismo, sus formas y figuras, son el desenvolvimiento de la Dialéctica.
“CONOCER” significa formar el concepto; es decir, llegar a construir en la mente un conjunto de notas características para cada una de las esencias que se realizan en la sustancia individual
“DOXA”.- Saber que se tiene sin haberlo buscado;
“DIALÉCTICA”.- Método necesario para acceder al saber reflexivo que se adquiere, después de haberlo buscado, previamente depurada en discusión.
“EPISTEME”.- Saber que se tiene porque se ha buscado (saber o conocimiento bien fundado); (Saber / conocimiento construido metodológicamente y racionalmente, en oposición a opiniones que carecen de fundamento.)
- Pasos del conocimiento [pic 1]
- Criterios de la interpretación [pic 2]
- Medios / métodos de interpretación
En el proceso de interpretación, se infieren medios o formas para poder realizarla, distinguiéndose entre ellos los siguientes:
Gramatical.- Utiliza fundamentalmente el sentido gramatical de la palabra.
Sistemático.- Interpreta el precepto en armonía con los demás.
Teleológico.- Busca el sentido lógico de las palabras y con ello la finalidad que persigue la ley.
Histórico Evolutivo.- Se vale de los precedentes, antecedentes y evolución de la norma.
Económico.- Se apoya en el significado de las circunstancias económicas.
- Objetivo del Art. 5 Constitucional A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, … Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.
- Objetivo del Art. 123 Constitucional Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.
Reformas a la LFT en el 2012 Trabajo digno y decente.
- Hostigamiento y Acoso Sexual.
- Regular la Subcontratación de personal u “OUTSOURCING” lito
- Nuevas modalidades de trabajo.
- Replantear mecanismo para comunicar avisos de rescisión de trabajo.
- Límite de salarios vencidos.Pago de salarios por medios electrónicos.
- Obligación del INFONACOT.
- Adecuar instalaciones para personas con discapacidad.
- Permitir que las mujeres trabajadoras puedan distribuir las semanas de descanso pre y postnatal, hasta 4 de las 6 semanas previas al parto.
- Aumenta la INDEMNIZACIÓN de 730 a 5,000 SM por Muerte del Trabajador por Riesgo de Trabajo.
- Incrementar el monto de las sanciones a quienes infringen las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, cuando en un solo acto u omisión se afecten a varios trabajadores, se impondrá sanción por cada uno de los trabajadores afectados.
- Reformas a la LFT en el 2019
- Que se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación
- Principios laborales a) trabajador, b) trabajo, c)trabajador de confianza, d) patrón, e) relación de trabajador
- Art. 35 LFT Artículo 35 LFT. Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado, por temporada o por tiempo indeterminado y en su caso podrá estar sujeto a prueba o a capacitación inicial.
- A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo Indeterminado.
- y Art. 37 tipo de relaciones de trabajo Artículo 37 LFT. El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los casos siguientes:
I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;
II. Cuando tenga por objeto sustituir temporalmente a otro trabajador;
III. En los demás casos previstos por esta Ley.
- Objetivo de la capacitación y del adiestramiento
- Artículo 153-B. La capacitación tendrá por objeto preparar a los trabajadores de nueva contratación y a los demás interesados en ocupar las vacantes o puestos de nueva creación.
- Podrá formar parte de los programas de capacitación el apoyo que el patrón preste a los trabajadores para iniciar, continuar o completar ciclos escolares de los niveles básicos, medio o superior.
- Artículo 153-C. El adiestramiento tendrá por objeto:
- I. Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades de los trabajadores y proporcionarles información para que puedan aplicar en sus actividades las nuevas tecnologías que los empresarios deben implementar para incrementar la productividad en las empresas;
- Art. De la LFT antecesores al OUTSOURCING
Art 12.- Intermediario es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicios a un patrón.
Art 13.- No serán considerados intermediarios, sino patrones, las empresas establecidas que contraten trabajos para ejecutarlos con elementos propios suficientes para cumplir las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores. En caso contrario serán solidariamente responsables con los beneficiarios directos de las obras o servicios, por las obligaciones contraídas con los trabajadores.
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