Explica la diferencia entre modalidad contributiva y modalidad no contributiva.
Enviado por evamariquita • 2 de Marzo de 2016 • Trabajo • 782 Palabras (4 Páginas) • 638 Visitas
Enunciado Tarea 5.
Contesta a las siguientes cuestiones:
Ejercicio nº1
Explica la diferencia entre modalidad contributiva y modalidad no contributiva.
La diferencia más básica es que la prestaciones contributivas exigen unos mínimos de periodo de carencia (años cotizados) junto con otros requisitos según cada caso (por ejemplo la edad) para tener derecho a la prestación, mientras que las prestaciones no contributivas son aquellas en las que cumpliendo todos los requisitos para una prestación contributiva no cumple el periodo mínimo de carencia (años cotizados).
Ejercicio nº2
¿A qué organismo de la seguridad social le corresponde dar de alta a los trabajadores?
A la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Ejercicio nº3
Si el empresario no da de alta al trabajador, ¿podrá hacerlo el mismo?
Si, en el caso de que el empresario no cumpla con la obligación de comunicar a la S.S, el alta del trabajador, podrá este último instalarla directamente o podrá realizarse de oficio como consecuencia de la actuación de la Inspección de Trabajo, siempre en cuando no se trate de trabajadores autónomos que serán ellos mismos los responsables de solicitar el alta (en este caso) a la Seguridad Social.
Ejercicio nº4
¿En qué plazo debe realizarse el alta de un trabajador?
Deberá formularse con anterioridad a la iniciación de la prestación de servicios del trabajador, pero nunca antes de los 60 días naturales anteriores al previsto para la iniciación.
Ejercicio nº5
¿En qué plazo debe realizarse la baja de un trabajador?
Las bajas se presentarán a los 6 días siguientes a aquel en que se produzca el cese en el trabajo.
Ejercicio nº6
Si la baja se efectúa en el plazo de 3 días desde el cese en la actividad laboral, ¿desde cuándo cesa la obligación de cotizar?
Ante la fecha real de la baja, es decir desde el mismo día se tiene la obligación de cotizar y hay 6 días para presentar la baja.
En el caso de ser trabajador autónomo se extingue a partir del primer día del mes siguiente al mes en el que ha causado baja.
Ejercicio nº7
Indica quién cotiza por los siguientes conceptos:
- Accidente de trabajo: La cotización corre a cargo del empresario.
- Maternidad: La cotización corre a cargo de la empresa y el trabajador.
- Horas extraordinarias: La cotización corre a cargo de la empresa y el trabajador.
- FOGASA: La cotización completa corre a cargo del empresario.
- Contingencias comunes: La cotización corre a cargo de la empresa y el trabajador.
Ejercicio nº8
¿Quién es el responsable de ingresar la cuota de la Seguridad Social?
El empresario es el responsable de cotizar e ingresar las cotizaciones propias y la de sus trabajadores en su totalidad.
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