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OPOSICIÓN DE LA DEMANDA Y CONTESTACIÓN


Enviado por   •  24 de Septiembre de 2015  •  Informe  •  1.441 Palabras (6 Páginas)  •  244 Visitas

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Exp.        : 058-2014 - FC

Sec.        : Dr. Gilber Chuquiruna 

Sumilla        : OPOSICIÓN DE LA DEMANDA Y 
CONTESTACIÓN.


SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE ANTONIO RAIMONDI


ELMER EDGARD CRISTOBAL TOLENTINO, identificado con DNI N° 31823157, con domicilio en real y procesal………………..Provincia de Antonio Raimondi, respetuosamente digo: 


I.- APERSONAMIENTO.


Vengo en apersonarme al presente proceso y en esta instancia solicito que las notificaciones que deriven de la presente causa sean notificadas en el domicilio procesal señalado.


II.- PRETENSIÓN DE LA DEMANDANTE.


La demandante solicita la filiación Extramatrimonial de la menor, ANA CRISTINA CRISTOBAL GALUNDO.


III.- OPOSICIÓN A LA DE LA PRETENSIÓN.


De conformidad a la Ley N° 28457, modificado por la Ley 29821, Art. 2 , establece “La oposición suspende el mandato siempre y cuando el emplazado se obligue a realizarse la prueba biológica del ADN.


El costo de la prueba es abonado por la parte demandada en el momento de la toma de las muestras o puede solicitar el auxilio judicial a que se refiere el artículo 179 y siguientes del Código Procesal Civil.


Formulada la oposición y absuelto el traslado de la pretensión de alimentos, el juez fijará fecha para la audiencia única, la que deberá realizarse dentro de los diez días siguientes.

En dicha audiencia se llevará a cabo la toma de muestras para la prueba biológica del ADN, la cual es realizada con muestras del padre, la madre y el hijo. Asimismo, se procederá conforme lo dispuesto en el artículo 555 y demás del Código Procesal Civil en lo que respecta a la pretensión de fijación de una pensión alimentaria.

Por el solo mérito del resultado de la prueba biológica del ADN, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 4, el juez resuelve la causa.


Para efectos de la presente Ley, no resulta necesaria la realización de la audiencia especial de ratificación pericial, ni los actos procesales que establece el artículo 265 del Código Procesal Civil; por lo que en el término de Ley
FORMULO OPOSICIÓN. 


IV.- FUNDAMENTO JURIDICO.
Amparo la presente OPOSICIÓN, de conformidad a la Ley N° 28457, modificado por la Ley 29821, Art. 2 ..


Por Tanto.
A Ud. pido resolver conforme a Ley.

PRIMERO OTROSI.- Vengo en contestar la demanda en el Extremo de alimentos notificada mediante Resolución Nº02 del 25 de Noviembre del 2014, notificada el 08 de Setiembre del 2015, y solicito se sirva declarar INFUNDADA en el extremo que respecta a los alimentos solicitado y fundamento en lo siguiente:

I.- FUNDAMENTO DE HECHO


1.- Señor Juez, el demandado a vivido en el distrito de Llamellin, calle  circo desde mi nacimiento, conociendo a mi esposa……………………………. Y procreando a mis 6 menores alimentistas de nombres :………………… y por motivos laborales y por mi precaria situación me fui a residir a la Provincia de Barranca, pensando que mi situación mejoraría, pero no es así sigo viviendo de forma precaria y con imposibilidad económica por la irrisoria suma que percibo mensualmente.

2.- Cabe señalar que a la demandada la conocí por vivir por mi casa y siempre hemos sido amigos, pero nunca existiendo una relación sentimental, siempre la he respetado y admirado por ser un madre emprendedora, causando gran sorpresa con la interposición de la presente demanda.    

3.- Es así señor Juez, que contradigo lo señalado en el punto 3.1.- respecto a los hechos en que funda el petitorio, donde la demandante manifiesta que éramos enamorados y así posteriormente tuvieron relaciones sentimentales y sexuales, procreando a la menor alimentista, oponiéndome en tal afirmación puesto que a la accionante siempre la he considerado como amiga, puesto que soy un padre de familia con 6 hijos y una esposa, en la actualidad.        

4.- Me encuentro sorprendido al ser notificado con el auto admisorio de la demanda de filiación extramatrimonial de paternidad y alimentos, más aun Señor Juez que en la actualidad la demandante es CONVIVIENTE con mi menor HERMANO y tienen un hijo, causando controversias tanto con mi esposa y demás familiares.    

3.-  Señor magistrado, la demandante en el parrafo segundo del numeral 2.2), manifiesta que en mi condición de agricultor de la hacienda de Vinto Alto, Provincia de Barranca tengo un ingreso mensual de S/. 3 000.00 (tres mil Nuevos Soles), siendo totalmente falso porque no existe ninguna hacienda con ese nombre, yo en la actualidad estoy residiendo en el CC.PP. Vinto Bajo, dedicándome a trabajos de campo (jornadas), no siendo agricultor como manifiesta la accionante, teniendo un ingreso de S/.300.00 (trescientos nuevos soles) mensuales y viviendo de forma precaria, recibiendo cobijo por parte de la Iglesia Israelita de la cual mi esposa y yo somos parte.

4.- Que, la demandante nunca me comunico que presuntamente estaba gestando de mi persona, a pesar que siempre en épocas electorales he viajado al distrito de Llamellin, Provincia de Amonio Raymondi, tal como se muestra en mi Documento Nacional de Identidad y donde vive en la actualidad la recurrente.

5.- Señor Juez, que el pago por derecho del costo de la prueba de ADN y otros gastos, está siendo cubierto por mis familiares, puesto que al ser la demandante en la actualidad la conviviente de mi hermano ha puesto en tela de juicio la honorabilidad mía como de la misma accionante.                  

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