SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL.
Enviado por kratox01 • 4 de Junio de 2016 • Trabajo • 330 Palabras (2 Páginas) • 202 Visitas
SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL
Los Comités de Seguridad e Higiene Industrial tienen por objeto asesorar, orientar y recomendar en el campo de la seguridad e higiene industrial a la empresa y a los trabajadores.
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN
El número total de personas que componen el Comité de Seguridad e Higiene Industrial puede variar de 4 a 12 trabajadores, según la magnitud de la empresa y de los riesgos inherentes a su actividad.
Cuando la Empresa Industrial sea de gran magnitud, el Comité podrá optar por una estructura diversificada, así, se formará un Comité Central de Seguridad e Higiene Industrial y Sub-Comités correspondientes a las plantas o secciones.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
- El Comité de Seguridad está obligado a confeccionar y presentar los reportes a la Dirección de la Empresa, quien los remitirá al Ministerio de Industria y Comercio.
- El Comité tendrá un carácter consultivo en las actividades orientadas a la eliminación de riesgos, prevención de accidentes y protección de la salud de los trabajadores.
- El Comité propiciará la participación activa y la educación de los trabajadores en las actividades de la Seguridad e Higiene Industrial y resolverá, los problemas que se generen por las condiciones inadecuadas de trabajo en las Empresas.
OBLIGACIONES DEL COMITÉ
- Velar por el cumplimiento del Reglamento Interno de Seguridad e Higiene Industrial de la Empresa.
- Investigar las causas de todos los accidentes que ocurren.
- Hacer las recomendaciones para evitar la repetición de los mismos.
- Hacer inspecciones en la planta industrial, instalaciones, maquinaria y equipos.
- Hacer recomendaciones para el mejoramiento de las condiciones relacionadas con la Seguridad e Higiene Industrial.
- Lograr la participación de todos los trabajadores en el fomento de la seguridad mediante concursos, simulacros, entrenamientos, etc.
- Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios.
- Aplicar las sanciones correspondientes de acuerdo a la gravedad de la falta y según lo especifica el presente Reglamento y demás dispositivos legales vigentes.
- Reportar a la Gerencia de la Empresa y al Ministerio de Industria y Comercio por intermedio de ésta la siguiente información:
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