ANÁLISIS DE SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA
Enviado por jkhuertascisf • 29 de Abril de 2015 • Tesis • 3.358 Palabras (14 Páginas) • 449 Visitas
vTALLER No. 2
ANÁLISIS DE SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA
Rad.- 730016000450200901880-00 NI- 10710
Delito.- Homicidio Agravado.-
Acusado.- Joaquín Enrique Aldana Ortiz.-
Antes de dictar sentencia se practicaron las siguientes audiencias: Audiencia preliminar de solitud de medida preventiva de aseguramiento en centro carcelario, audiencia de imputación de cargos el cual se le imputo el delito de homicidio agravado y por último se realizó la audiencia de formulación de acusación, y posteriormente se realiza la audiencia preparatoria, “Artículo 355. Instalación de la audiencia preparatoria. El juez declarará abierta la audiencia con la presencia del fiscal, el defensor, el acusado, el Ministerio Público y la representación de las víctimas, si la hubiere.
Para la validez de esta audiencia será indispensable la presencia del juez, fiscal y defensor.”
Superadas la etapa preliminar se llega al JUICIO ORAL “Artículo 366. Inicio del juicio oral. El día y hora señalados en la audiencia preparatoria, el juez instalará el juicio oral, previa verificación de la presencia de las partes. Durante el transcurso del juicio, el juez velará porque las personas presentes en el mismo guarden silencio, si no tienen la palabra, y observen decoro y respeto. Igualmente, concederá turnos breves para las intervenciones de las partes con el fin de que se refieran al orden de la audiencia. El juez podrá ordenar el retiro del público asistente que perturbe el desarrollo de la audiencia.,” En esta audiencia se presentan las pruebas por parte de la fiscalía y por parte de la defensa, también se hace una presentación del sindicado.
Dicho todo lo anterior la fiscalía procede a realizar la presentación de LA TEORIA DEL CASO.
Después de formulada la respectiva Imputación, la fiscalía tiene un término de treinta (30) días contados a partir del día siguiente de la misma, para solicitar la preclusión, aplicar el principio de oportunidad o presentar el respectivo escrito de acusación ante el correspondiente juez de conocimiento
Contenido del Escrito de Acusación: Artículo 337 del CPP Conforme al artículo 337 de la ley 906 de 2004, el escrito de acusación, debe contener: • La individualización concreta del acusado • Hechos jurídicamente relevantes (aplicación del principio de congruencia) • Datos del defensor • Relación de bienes susceptibles de comiso. 2.2. Contenido de los anexos al Escrito de Acusación: • Hechos que no requieren prueba. • Pruebas anticipadas. • Relación de testigos y peritos • Los EMP que pretendan aducirse • La prueba de descargo • Elementos favorables al acusado (Sentencia C-1194 de 2005) • Las declaraciones
La teoría del caso consiste en el planteamiento metodológico que cada una de las partes deberá realizar desde el primer momento en que han tomado conocimiento de los hechos, con el fin de proporcionar un significado u orientación a los hechos, normas jurídicas ya sean sustantivas o procesales, así como el material probatorio, que se ha recabado.
Esta teoría es una herramienta metodológica por excelencia que tienen las partes para poder construir, recolectar, depurar y exponer su posición estratégica frente a los hechos materia de proceso; y por otro lado, es un sistema o aparato conceptual que permite la articulación de tres niveles de análisis: factico jurídico y probatorio, los cuales, no solamente benefician a las parte, sino también al juez, dado que, se le brindara una carga informativa tal que le permitirá contar con los elementos de juicio u decisión para resolver el conflicto de interés jurídico. Una buena teoría del caso debe poder explicar de una manera cómoda y consistente la mayor cantidad de hechos de la causa, incluyendo aquellos que aporte la contraparte. La teoría del caso es nuestra simple, logia y persuasiva narración de lo ocurrido.
La fiscalía sustenta su tesis en un posible caso de crimen pasional (una pareja mata a otra por celos, pasiones desatadas o por posesiones enfermizas, son delitos tipificados penalmente como asesinatos).
Según De Becker, cuatro elementos o características pueden explicar los motivos para cometer un asesinato:
1. Justificación: la persona violenta cree que ha sido intencionada la equivocación con él.
2. Alternativas: la violencia parece ser la única salida a la situación creada.
3. Consecuencias: al psicópata no le preocupa el posible resultado de su acción agresiva.
4. Habilidad: confía en su técnica para lograr sus fines.
En el caso que nos ocupa el asesino de la mujer usa una técnica de desmembrar el cadáver y repartir sus partes por sitios distintos en la ciudad. En mi parecer en este crimen se nota el grado de inteligencia criminal, del asesino ya que su actuar fue muy milimétrico fue un plan elaborado no fue una idea que surgió de momento. El asesino uso sevicia y no mostro ningún tipo de respeto por la persona que asesino, al momento de cometer el crimen está totalmente enceguecido por la ira, por los celos, tal es el caso que la escena del crimen fueron varias, ya que en un lugar la pudo haber torturado y asesinado, en otro lugar pudo haberla desmembrado y hacer lo posible para dificultar el reconocimiento del cuerpo y por último los lugares en los cuales dejo los restos.
El actuar diario del homicida deja notar que no tuvo ninguna clase de remordimiento por lo hecho, todo lo contrario hizo todo lo posible para rehacer su vida cambiando de casa y ocultando información sobre el paradero de su compañera permanente.
Para poder incriminar al suicida en este caso el espeso de la víctima la fiscalía presenta una serie de pruebas, 38 con más exactitud que son determinantes para esclarecer el hecho y poder hallar la justicia.
TEORIA DEL CASO DE LA DEFENSA
La defensa también hace presentación de la teoría del caso, sostiene su defensa en el hecho de que su defendido no esta en la capacidad mental para realizar ese tipo de delitos, dice que su defendió es un buen padre y un policía excelente intachable…
Mi opinión la defensa estuvo muy escasa dio muy poco argumentos, no presento pruebas contundentes que hicieran creer al juez que el sindicado no fue el que cometió el delito punible, me parece que puedo hacer algo mas.
La defensa hace entrega de pruebas, para que sean tenidas en cuenta, por el juez.
ETAPA DE ALEGATOS DE CONCLUCION
ALEGATOS PRESENTADOS POR LA FISCALIA
“Artículo 443. Turnos para alegar. El fiscal expondrá oralmente los argumentos relativos al análisis de la prueba, tipificando de manera circunstanciada la conducta por la cual ha presentado la acusación.
A
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