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Antecedentes Históricos de los Recursos Administrativos


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2011  •  Trabajo  •  1.215 Palabras (5 Páginas)  •  2.472 Visitas

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Capítulo I.

1.1 Antecedentes Históricos de los Recursos Administrativos (Época Colonial).

Terminada la conquista y el gobierno de Cortes se crearon dos audiencias, estas eran: “Los Tribunales Supremos”, instalados por los españoles en las Ciudades de Guadalajara y México, encargados de oír a las personas que solicitaban o reclamaban alguna cosa.

Las audiencias estaban compuestas de oidores generalmente en números de tres a cinco (en México llegaron a ser diez), y un numero de alcaldes del crimen y fiscal que era variable, después fue creado el virreinato.

El Virrey y la audiencia eran las autoridades que gobernaban a la Nueva España, el Virrey era el presidente nato de la audiencia, pero no tenia función judicial alguna, al menos que fuese el mismo letrado.

Surgen los llamados “Juicios de Residencia”, los cuales vigilaban los actos de autoridad y examinaban las denuncias por agravios, malos manejos, negocios ilícitos o cualquier acto de arbitrariedad que cometían los funcionarios.

En el año de 1681 en las Leyes de Indias, se encuentran los preceptos que ordenaban que se mantuvieran a su cargo vivas las costumbres jurídicas de los aborígenes, mientras no contravinieran la legislación española.

Andrés Serra Rojas determina que la primera institución encargada de regular las actividades administrativas fueron las “Audiencias Reales de las Indias”, a las cuales los virreyes podían recurrir ante la insistencia de ejecutar acuerdos impugnados.

En las Leyes de estilo, supletorias a la legislación de las colonias, se estableció una jerarquía en donde el juez debería respetar al aplicar el derecho:

1. Tomar en cuenta el derecho natural.

2. A las costumbres razonables, entendiendo por ellas a las que no se oponen a la Ley natural.

3. Debe atenderse a la ley escrita.

Cuando esta contrariada, o bien, a las costumbres o bien a los principios de derecho natural, no debía aplicarse.

Cuando en el Virreinato se cometía algún agravio, el quejoso podía apelar ante el Rey haciendo valer dos recursos:

1. El de Obrepción.- que era el que se interponía si el acto se fundaba en una errónea información y;

2. El de Subrepción.- que se interponía cuando el acto se realizaba sin conocer toda la verdad sobre el mismo.

Mientras se determinaba si el agraviado tenía o no la razón se mandaba a suspender el acto impugnado por los recursos de Obrepción o Subrepción.

Existía un tercer recurso llamado “incompetencia Constitucional” el cual se podía interponer en los casos en que el Virrey actuara fuera del ámbito de su competencia, y por medio del cual se desconocía acerca de la audiencia, procediéndose de inmediato a suspender los efectos del acto, mientras se precisaba a que autoridad le correspondía el caso.

En el año de 1786 se intento crear un recurso administrativo en aspectos tributarios, para poder estudiar las quejas de los particulares, sin embargo no estaba determinado claramente el ámbito de la jurisdicción, no digamos en cuanto a lo administrativo, sino a lo que toca a lo civil, criminal y a otras ramas del Derecho, sobre todo a la confusa idea de la división de la soberanía, el cual fue aclarado más tarde con la división constitucional del poder ejecutivo, legislativo y judicial.

En la época de la colonia los recursos administrativos tenían por objeto cambiar los abusos de las autoridades fiscales y eran interpuestos directamente ante el Virrey.

En esta época los recursos en materia fiscal iban dirigidos a atacar aquellas resoluciones que no se ajustaban a las disposiciones impositivas.

Una vez recibido el escrito impugnatorio, el Virrey ordenaba a una comisión que revisara la tasación hecha para que esta diera un punto de vista y se resolviera en definitiva.

La duración de este recurso era de aproximadamente

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