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Aspectos Positivos Y Negativos Del Poder Constiuyente


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2011  •  1.559 Palabras (7 Páginas)  •  6.716 Visitas

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ASPECTOS NEGATIVOS DEL PODER CONSTITUYENTE

- Una Constituyente tenderá naturalmente a formarse una idea exagerada de su potestad. Es decir, al ser llamada a fundar todos los poderes, podrá sentir también la tentación de admitir que los contiene y posee todos.

- Siendo el pueblo quien ha convocado la Constituyente, su poder constituyente, su poder en el más alto grado, es capaz de crear todos los demás, los domina y los comprende en sí.

- Por lo tanto, ya no es solamente el poder de revisión, también pueda apoderarse del poder legislativo e incluso de otros poderes, degenerando así en asamblea todopoderosa y despótica.

- En materia constituyente, una asamblea única abandonada a sí misma, sin contrapesos, podrá dejarse llevar por muchos arrebatos, sorpresas o errores.

SUPUESTOS JURÍDICOS

Los autores modernos no suelen emplear el término supuesto jurídico. Prefieren la denominación tradicional de hecho jurídico. (El supuesto es un hecho que produce un efecto jurídico)

Supuestos jurídico = es la hipótesis de cuya realización dependen las consecuencias establecidas por la norma.

LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS

En cambio, consisten en obligaciones o derechos, es decir, en exigencias o facultades que únicamente tienen sentido relativamente sobre las personas.

LA LEGITIMIDAD

Es un término utilizado en la Teoría del Derecho, en la Ciencia Política y en Filosofía que define la cualidad de ser conforme a un mandato legal, a la justicia, a la razón o a cualquier otro mandato cierto. El proceso mediante el cual una persona obtiene legitimidad se denomina legitimación.

Cuando una norma jurídica es obedecida sin que medie el recurso al monopolio de la ley. Los requisitos que ha de cumplir una norma jurídica para ser legítima son tres: validez, justicia, y eficacia. Esta legitimidad se subdivide en dos: legitimidad formal y material. La formal se entiende como el correcto proceder de los órganos estatales con respecto a todos los procedimientos establecidos en el Ordenamiento Jurídico. La legitimidad material es aquel consenso (reconocimiento) del pueblo creado en aprobación de la ley creada o de la actuación gubernamental.

En la historia del poder en la humanidad encontramos tres formas características de legitimidad:

1) Legitimidad histórica o tradicional: Esta idea defiende que el poder se hacía obedecer, generaba consentimiento, apelando a razones históricas; es decir, se apela a que históricamente siempre ha sido así. Un ejemplo de estos sería la monarquía, que se fundamenta en la tradición.

2) Legitimidad carismática: Junto a esta forma existe la legitimidad carismática, que defiende que el poder debe ser portado por quien tenga carisma, caracteres especiales, excepcionales. Un claro ejemplo de esta forma es la doctrina del fürher o del duce, o los hechiceros tribales, que tienen poderes excepcionales, mágicos, que los seres humanos convencionales no tienen.

3) Legitimidad racional o democrática: Según Weber, frente a las dos anteriores, la forma más coherente de justificar al poder es que nosotros elegimos al poder: es la legitimidad racional del poder, el que manda debe ser obedecido porque a los titulares del poder los elegimos nosotros, por eso se llaman también legitimidad democrática. Con esto se quiere decir que “la legitimidad racional es aquella en la que la idea de legitimidad y la de legalidad coinciden”(Weber). El poder se constituye conforme a unas normas de derecho previamente establecidas, con lo cual se constituye un esquema de doble vertiente ya previsto por los romanos: legitimidad por el título, que es la legitimidad por el origen y legitimidad por el ejercicio, es decir, que el ejercicio legitima el poder.

PRINCIPIO DE JERARQUIA

La jerarquía normativa es un principio del ordenamiento jurídico, que impone la subordinación de las normas de grado inferior a las de rango superior. Jerarquía es el orden de los elementos de una serie según su valor.

La jerarquía administrativa se caracteriza por cuatro notas principales: supervisión, dirección, inspección y resolución de conflictos.

Es la ordenación vertical y gradual de los órganos de la admón, de unos órganos subordinados a unos superiores, crea un sistema de relaciones entre el superior y el subordinado y en su sentido inverso.

Estas son las potestades que posee el superior jerárquico sobre el subordinado:

 Dictar órdenes

 Inspeccionar su actividad

 Resolver conflictos

 Anular o reformar actos del inferior

 Avocar atribuciones

 Ejercer la potestad disciplinaria

 Delegar, cuando la ley lo indique o no lo prohíba

 Resolver los recursos de alzada interpuestos contra las resoluciones y actos de los órganos inferiores.

PRINCIPIOS DE JERARQUIA Y SUS COMPETENCIAS

Factores de Competencia

Los factores de competencia son aquellos que la ley toma en consideración, para distribuir la competencia entre los diversos tribunales de justicia del país.

Entre ellos encontramos:

• La Materia: es la naturaleza jurídica del asunto litigioso. Que puede ser civil, mercantil, laboral, penal, constitucional, etc.

• La Cuantía: es decir, el valor jurídico o económico de la relación u objeto litigioso.

• El Grado: que se refiere

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