CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA
Enviado por erumollien • 19 de Junio de 2015 • Tesis • 668 Palabras (3 Páginas) • 126 Visitas
ACUERDO ACADÉMICO Nº 028 DE 2013, SOBRE REGLAMENTACIÓN DEL COMPONENTE FISH
CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA
TESIS: La Universidad es un proyecto cultural que tiene un compromiso vital y permanente con el desarrollo social, mediante la educación crítica, responsable y creativa”, y la Visión destaca la idea de la formación de un ser humano integral, ético y solidario, con el cual se contribuirá al desarrollo de una sociedad justa y equitativa.
1. Considerar:
Decreto 1295 del 2010 así como en las respectivas resoluciones de características de calidad de los programas de pregrado, estableció lineamientos sobre lo que se entiende por formación socio-humanística y formación integral.
Se adoptan cinco dimensiones curriculares para la formulación y ofrecimiento de los programas curriculares y entre ellas se destacan las dimensiones cultural y de problemática social.
La Universidad debe propiciar un ambiente adecuado para la formación integral, a partir de su experiencia institucional con el fin de llevar los postulados de la formación integral a la realidad.
2. Acuerdo:
2.1.1: Aprobar la implementación de la formación integral de los estudiantes a través de los componentes humanístico, ético, estético, artístico, social y cultural.
2.1.2: Todo estudiante de los programas regulares de pregrado de la Institución deberá realizar una actividad académico-curricular, relacionada con la formación en lectura y escritura.
• Las actividades académico curriculares señaladas en el artículo anterior pueden ser, aunque no necesariamente, asignaturas ofrecidas por aquellos departamentos.
2.1.3: Todo estudiante de los programas regulares de pregrado de la Institución deberá realizar al menos seis créditos, elegidos por interés personal.
• Las actividades académico curriculares de interés personal son aquellas de libre elección por parte del estudiante que le permiten, según sus intereses, complementar y profundizar en campos específicos de su formación integral.
• El Servicio Social Universitario o Voluntariado, ajustado a los reglamentos que para tal fin ha fijado la Institución a través de la Vicerrectoría de Cultura y Bienestar, se considera equivalente con una de las actividades.
2.1.4: Las actividades académico curriculares del Área de Formación Integral tendrán una intensidad semestral mínima de 96 horas y constaran dos créditos.
2.1.5: Las actividades académico curriculares del Área de Formación Integral se evaluarán y registrarán en la hoja de vida académica.
2.1.6: Las actividades académico curriculares del Área de Formación Integral no son habilitables.
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