Criminologia
Enviado por andreacano • 6 de Septiembre de 2012 • 7.284 Palabras (30 Páginas) • 774 Visitas
Universidad Nacional de Asunción
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
Trabajo Práctico
Cátedra: Criminología
Tema: Lección IV. El Derecho Penal en Grecia – El Derecho Penal en Roma – El Derecho Penal en la Edad Media – El Derecho Penal en la Edad Moderna.
Catedrático:
Prof. Dr. Emiliano Rolón Fernández
Integrantes:
Myrian Andrea Cano Ayala
Nilse Aureliana Girett Esquivel
Karin Marlene Leite Zaracho
Ana Cristina Ramírez Sarubbi
José Fernando Aguilera Colmán
José Carlos Centurión Wildberger
Carrera:
Derecho
Semestre:
Segundo
Fecha de entrega:
14/08/2012
Índice
- Introducción 3
- Derecho Penal en Grecia 4 – 9
- Derecho Penal en Roma 10 – 15
- Derecho Penal en la Edad Media 15 - 18
- Derecho Penal Feudal 19 – 21
- Derecho Penal en la Edad Moderna 21 – 22
- Penas Legales y Extralegales 22
- Conclusión 23
- Bibliografía 24
Introducción
El propósito de la Criminología es estudiar el fenómeno delictivo, a los autores de este, y la estrategia para poder controlarlos. Este sistema de control y penalización de actos considerados “Antisociales” ocurre desde tiempos inmemorables. Ya que cada sociedad ha tenido y sigue teniendo delitos y penas.
Todo estudiante de derecho, para poder llegar a ser un buen profesional debe conocer el pasado, la historia de las primeras civilizaciones, como funcionaba el sistema penal de las mismas; para poder analizar los avances y como se ha llegado al derecho penal de los días actuales.
En las siguientes paginas se conocerá en forma más detallada el derecho penal de los antiguos moradores de la tierra; en qué consistían sus sanciones, por quien estaban influenciados, etc.
1. El Derecho Penal en Grecia: Primera Etapa: Carácter Divino
El Derecho Penal Griego se necesita distinguir en dos etapas.
1.1. En la primera etapa llamada también Legendaria, el Derecho Penal se hallaba influenciado como en los pueblos orientales por la divinidad y por consiguiente el Derecho de castigar era considerado como un mandato de Júpiter. Cualquier delito en que incurrirla una persona sea leve o grave, especialmente este último constituía una ofensa a la divinidad.
En cuanto a las sanciones, ésta se aplicaba o se aplicaba de dos maneras:
a. La venganza privada: si el delito ofendía al pueblo
b. Se conocía la pena impuesta a la familia, cuando un miembro cometía un delito contra otro miembro de la misma familia, aquí dominaba pues el arbitrio del padre que era suficiente para ejercer la justicia penal
1.2. En la segunda etapa llamada Histórica, se opera una verdadera evolución en el derecho de castigar. Como en Grecia no existían castas, ni reyes todopoderosos, estos se regían por sus propias leyes, las cuales variaban debido a los diversos Estados existentes, es decir, en cada Estado se aplicaban leyes distintas.
Según afirma Cadima, proviniendo los escasos datos recogidos más de poetas, filósofos, oradores y trágicos que de las propias legislaciones, pues fueron varias y diferentes como varios y distintos fueron los Estados (la de Licurgo en Esparta, las de Dragón y de Solón en Atenas, la de Zalcuco en Locris , la de Carondas en Catania, y la que hizo famosa, en la Antigüedad a la ciudad de Gortyna, situada en la isla de Creta) es evidente la falta de unidad jurídica y en consecuencia no se puede hablar de un Derecho Griego.
Según Gambarra, de tan heterogénea procedencia, han puesto de relieve, primero que las sucesivas formas de penar, coinciden con los diferentes periodos históricos de la civilización helena, una y luego que esta al haber ido separando el elemento religioso y la penalidad, al haber independizado la teocracia el poder político y civil, representa no solo la tendencia dirigida a la atenuación del rigorismo punitivo, sino que también el primer paso hacia la laicización del Derecho.
Progresión del Derecho entre los griegos:
a. Periodo inicial donde la venganza privada recae sobre el delincuente y sobre sus familiares, venganza que fue limitada posteriormente con el talión y la composición;
b. Un periodo, de carácter eminentemente religioso, donde el estado actúa por delegación divina para establecer penas, el delito una falta contra religión y patria. El delincuente es obligado a purificarse y la pena es una expiación.
c. En un tercer periodo llamado histórico o de legislación positiva, se fortalece el estado, la penalidad se torna más humana y los castigos tienen bases de naturaleza moral, civil y política;
d. Dichos periodos no ofrecen rasgos diferenciales absolutos de uno u otro, se mantienen entremezclados, aun cuando los conceptos nuevos van ganando terreno.
Este Derecho representa en su faz histórica, el paso entre el Derecho Oriental y el Occidental.
A partir del Derecho Griego se afirma el sentido laico del derecho penal y esta dirección encuentra su consagración definitiva en el derecho romano con el que se termina la evolución en pos del carácter público de aquel.
El Derecho Griego tiene en su origen una estrecha relación con las fuerzas divinas, el crimen como venganza se ven en la tragedia y en las leyendas griegas, y son mas obra de los dioses que de los hombres. Se deben destacar dos pasos importantes del genio griego para la historia jurídica: la reducción del poder político a un poder humano liberado de las bases teocráticas y la gradual elevación del individuo a la autoconciencia de su valor personal. Es de suma importancia el paso de una responsabilidad colectiva a una individual, que tuvo gran importancia para la evolución posterior del derecho penal.
1.3. Leyes de Licurgo en Esparta
Licurgo vivió, según se dice, en el siglo IX. Era un hombre honrado, puesto que, siendo de familia: real, había rehusado aceptar el título de rey en beneficio de un sobrino suyo del cual era tutor. Era un sabio, es decir un hombre instruido, porque había viajado por Creta, Egipto y Asia. Los espartanos, que se deshacían en guerras civiles, le pidieron leyes. Licurgo consultó en primer lugar el oráculo de Delfos que le anime llamándole amigo de los dioses. Redactó entonces la constitución que lleva su nombre y, después de haber hecho que
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