CÓDIGO DE ÉTICA.
Enviado por jorgis18 • 5 de Diciembre de 2013 • Síntesis • 449 Palabras (2 Páginas) • 329 Visitas
CÓDIGO DE ÉTICA
Imparcialidad
1. El intérprete debe ser imparcial y objetivo, sin prejuicio alguno de religión, política, etnia, sexo ni de cualquiera otra índole.
2. Debe actuar sin conceder preferencias o privilegios indebidos a organización o persona alguna, ni permitir la influencia indebida de otras personas.
3. Confianza y credibilidad
El intérprete debe generar confianza y credibilidad ofreciendo a las autoridades y al asistido un trato digno, cortés y tolerante. Está obligado a reconocer y considerar en todo momento el Estado de Derecho, los derechos humanos y los derechos de los pueblos indígenas.
Profesionalismo
El intérprete debe cerciorarse que entiende y habla la misma lengua y variante lingüística del asistido, de lo contrario tiene que excusarse del ejercicio de sus funciones.
5. Preferentemente, debe tener conocimientos sobre los usos, costumbres, tradiciones y cultura de la comunidad o pueblo al que pertenece el asistido, para
6. Debe realizar la interpretación de manera clara, precisa, fiel y completa.
7. Debe solicitar a las autoridades, cuando estime conveniente, tiempo para hacer las aclaraciones pertinentes respecto a los términos jurídicos y técnicos que resulten confusos o incomprensibles.
8. Debe señalar a las partes desde un principio las técnicas a utilizar durante el proceso de interpretación.
9. No debe interrumpir la prestación de sus servicios profesionales sin comunicarlo con antelación razonable, salvo que circunstancias urgentes lo impidan.
10. Debe respetar estrictamente todo compromiso asumido para realizar su tarea en tiempo y forma.
11. Debe percibir una remuneración justa y digna por su servicio profesional.
Confidencialidad
12. El intérprete debe guardar absoluta confidencialidad sobre la información obtenida en el proceso y no utilizarla en perjuicio del asistido ni de terceros, ni en
13. Debe utilizar su conocimiento y experiencia en la rama legal sólo cuando sea necesario para lograr una interpretación lo más fiel posible a lo expresado por las partes.
14. Debe reconocer que como profesional de la interpretación realizará sólo las labores que le competen.
Actualización
15. El intérprete debe estar en constante actualización para mejorar su competencia lingüística (tanto en español como en la lengua(s) indígena(s) en que se especializa) y sus conocimientos en materia de derecho, derechos humanos y derechos indígenas.
Incompatibilidad
16. El intérprete debe excusarse del ejercicio de sus funciones cuando exista algún tipo de parentesco con el asistido.
17. Debe abstenerse de aceptar condiciones que no garanticen la calidad de su trabajo, esto implica negarse a trabajar en condiciones
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