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El Turismo Finalidad Del Turismo Como Actividad Comunitaria Y Social. Conforme Al Decreto Con Rango, Valor Y Fuerza De Ley Orgánica Del Turismo.


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2014  •  1.151 Palabras (5 Páginas)  •  515 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO PARA LA EDUCACION SUPERIOR

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

UNIVERSIDAD DE FALCON - UDEFA

DERECHO DEL TURISMO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO PARA LA EDUCACION SUPERIOR

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

UNIVERSIDAD DE FALCON - UDEFA

DERECHO DEL TURISMO

Análisis sobre la finalidad del turismo como actividad comunitaria y social. Conforme al decreto con rango, valor y fuerza de ley orgánica del turismo.

El turismo según Walter Hunziker (1942) dice que "Es el conjunto de relaciones y fenómenos producidos por el desplazamiento y permanencia de personas fuera de su domicilio; otro concepto es que el turismo es la tendencia natural del ser humano a cambiar de sitio para beneficiarse de las bondades de otros lugares distintos de aquel donde usualmente vive y descansar en ambiente agradable, para esparcimiento y recreación. Ahora bien en sentido de nuestra legislación venezolana presupone que el turismo debe ser un instrumento de inclusión social y una oportunidad para educarnos y para construir una nueva sociedad socialista lo que permitió y en consonancia con lo establecido el artículo 310 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el marco del régimen socio económico y de la función del Estado, se impulsara la creación e implementación de los medios necesarios para asegurar la vigencia efectiva de una justa distribución de la riqueza y el interés general del colectivo, mecanismos de articulación interinstitucional que propicien los derechos a la protección, conservación y difusión de la diversidad de atractivos turísticos para las generaciones presentes y futuras. En este contexto el desafío consiste en hacer del turismo un instrumento para un nuevo horizonte de valores donde lo colectivo sea el eje de la gestión turística. El turismo como política de Estado debe ser entendido como una cultura encargada de llenar de contenido afectivo tanto a las personas como a los lugares en toda la variedad de situaciones; el paisaje, el urbanismo, sus sitios históricos y patrimoniales deben formar parte del imaginario colectivo, y entre estos y la gente debe fortalecerse un diálogo como expresión de pertenencia e identidad.

Es así como en ese mismo espíritu es decretado una nueva ley con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo, cuyo fundamento legal, es el de la fuerza que mueve al individuo a fusionarse con otros, a los fines de lograr la unificación de los diferentes sectores de la sociedad para que como un todo y como uno solo, enrumben la economía del país, estableciendo en su primer artículo: Del objeto

Artículo 1º. El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo tiene por objeto promover, organizar y regular la actividad turística, la organización y funcionamiento del Sistema Turístico Nacional, como factor estratégico de diversificación socioeconómica y desarrollo sustentable y sostenible del país, mediante la creación de normas que garanticen la orientación, fomento, desarrollo, coordinación y control de la actividad, estableciendo los mecanismos de concertación, cooperación, asistencia y solidaridad de los órganos y entes de la Administración Pública, instituciones privadas y mixtas de esta actividad, orientados al desarrollo, participación y protagonismo de las comunidades; logrando así una actividad turística basada en los principios de justicia social, equidad, no discriminación, solidaridad, protección del ambiente y productividad.

Debemos resaltar que uno de los fines más resaltantes de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo consiste en fortalecer el esquema

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