Instructiva de poder
Enviado por tito011 • 10 de Marzo de 2020 • Trabajo • 320 Palabras (2 Páginas) • 390 Visitas
INSTRUCCIÓN DE PODER
OTORGARA: La Srta. KATHERINE SUAREZ COIMBRA, Con C.I. No. 7806869 SC., estado Civil Soltera, con Domicilio en B. Nueva America calle S/N, 6º Anillo, ocupación Estudiante, mayor de edad y hábil por derecho.-
A FAVOR DE: La Sra. MARIA GLORIA COIMBRA VDA. DE SUAREZ, Con C.I. No. 3182348, Estado Civil Viuda, con Domicilio en U.V. 133 MZA 41 LT. 4 URB. PALMASOLA- Santa Cruz, ocupación Independiente, mayor de edad y hábil por derecho.-
OBJETO: Para que para que en representación de su persona realice acciones y derechos, se apersone a las autoridades jurisdiccionales, Jueces de instrucción, Notarios de Fe Publica, cualquier autoridad correspondiente, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, y realice el tramite de declaratoria de Herederos a la muerte de su señor padre ARMANDO SUAREZ AGUIRRE, C.I. 3182349 S.C; apersonarse ante cualquier notaria de fe pública , juzgado en que radique la causa y prosiga el mismo en todos sus grados e instancias hasta su finalización solicitando el número de testimonios que creyere conveniente. A este efecto, sus incidencias y emergencias le amplía las facultades de: ocurrir ante autoridades administrativas, judiciales, políticas, civiles y militares, presentar toda clase de memoriales, solicitudes, cartas, presentar demandas, formular reclamos y observaciones, realizar trámites administrativos y judiciales en general, asistir a audiencias, inspecciones y entrevistas con voz y voto, presentar todo género de pruebas, pedir desglose de documentación; obtener documentación en el Tribunal Departamental Electoral, (SEGIP) Servicio de Identificación personal, copias o segundos certificados de bautizo, solicitar certificaciones, informes, dictámenes, resoluciones, copias legalizadas, fotocopias, testimonios.- Interponer Acciones de defensa, Acciones de Libertad, de amparo constitucional, de Inconstitucionalidad, de cumplimiento, franqueados por la Constitución Política del Estado.- En suma hacer cuanto sea necesario al éxito del presente mandato, sin que por falta de cláusula expresa alguna, deje de surtir sus efectos, ni se alegue falta de personería en el(la) apoderado(a).-
SANTA CRUZ DE LA SIERRA 14 de FEBRERO DEL AÑO 2020
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