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Notificacion De Accidentes Laborales


Enviado por   •  25 de Abril de 2015  •  891 Palabras (4 Páginas)  •  419 Visitas

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Redacte un procedimiento de trabajo para los mandos intermedios realicen la investigación y notificación de accidentes de trabajo.

Procedimiento de trabajo para los mandos medios para una correcta investigación y notificación de accidentes laborales:

Como empresa es muy importante conocer los procesos de seguridad y salud en el trabajo y su relación con el marco regulador, por si no tenemos sustento legal el proceso de investigación, prácticamente seria de forma voluntaria para su desarrollo.

En primera instancia echaremos un vistazo el esquema con el que se relaciona legalmente con los principios de la investigación de incidentes y la legislación chilena vigente en materia de seguridad y salud ocupacional.

El artículo 76 de la ley 16.744, que establece normas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales es claro y dice que en caso de un accidente o enfermedad profesional debemos proceder de la siguiente manera:

1) La empresa debe denunciar al Organismo Administrador (Mutual de Seguridad), inmediatamente de producido, ya sea un accidente o enfermedad que seas capaz de producir incapacidad o la muerte del trabajador.

2) En caso de que no pueda hacer esta denuncia un mando medio deberá realizarlo el accidentado, o el médico que trató el diagnostico la lesión o enfermedad. También lo puede realizar la denuncia del hecho, el Comité Paritario de Seguridad al Organismo Administrador.

3) La denuncia al Organismo Administrador, debe contar con todos los datos que solicite el Servicio Nacional de Salud.

Notificación de accidentes de trabajo

El Art. 71 del Decreto Supremo 101 dispone que se deban denunciar todos los accidentes presumiblemente laborales:

1) Se deben enviar para su atención todos los accidentes del trabajador que sufra en el trabajo o en el trayecto a este, por la entidad empleadora, inmediatamente después del accidente al tomar conocimiento del siniestro.

2) La empresa deberá presentar al Organismo Administrador al que estamos adheridos o afiliados la correspondiente “Denuncia Individual de Accidente del Trabajo” (DIAT), y debemos mantener una copia de la misma. Este documento deberemos presentar en el formato y con la información que se indique en este formulario, y algo no menos importante en un plazo no superior a 24 horas de conocido el accidente.

3) Para el caso de enfermedades profesionales si un trabajador se manifiesta que padece una enfermedad profesional o que tenga síntomas de que son de origen profesional, deberemos emitir el formulario de “Denuncia Individual de Enfermedad Profesional” (DIEP), y hacerlo llegar con un tiempo, no más de 24 horas; y debemos enviarlo al trabajador inmediatamente de conocido el hecho, para su respectiva atención al establecimiento asistencial de la Mutual de Seguridad.

Los formularios de acuerdo a lo estipulado en el D.S. 101 se deberán ser proporcionados por la entidad administradora y completar de la siguiente manera:

Formulario DIAT.

• Código de cargo.- Debe ser asignado por el administrador del seguro de la ley

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