OBLIGACIÓN NORMATIVA PARA LOS MEDIOS DE TRANSPORTE DE PETROLEO CRUDO (REQUISITOS GENERALES)
Enviado por gabytalove13 • 11 de Junio de 2017 • Documentos de Investigación • 1.538 Palabras (7 Páginas) • 204 Visitas
DECLARACIÓN JURADA TÉCNICA N° 20
MEDIO DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PETRÓLEO CRUDO
CAMIÓN TANQUE / CAMIÓN CISTERNA
DATOS DEL TITULAR | |||||||||||||||||||||||||||
SOLICITANTE: | Nº DE D.N.I. Nº DE R.U.C.: | ||||||||||||||||||||||||||
REPRESENTANTE LEGAL: | Nº DE D.N.I.: Nº DE C.E. | ||||||||||||||||||||||||||
IDENTIFICACIÓN DEL MEDIO DE TRANSPORTE | |||||||||||||||||||||||||||
IDENTIFICACIÓN: | Camión Tanque: _________ | Camión Cisterna: ________ | |||||||||||||||||||||||||
PLACA DE RODAJE: | DEL VEHÍCULO (Tractor o Camión rígido) | DEL SEMI-REMOLQUE | |||||||||||||||||||||||||
| |||||||||||||||||||||||||||
N° DE COMPARTIMIENTOS | CAPACIDAD EN GALONES | ||||||||||||||||||||||||||
COMPARTIMIENTO N° 1 (Gl.) | |||||||||||||||||||||||||||
COMPARTIMIENTO N° 2 (Gl.) | |||||||||||||||||||||||||||
COMPARTIMIENTO N° 3 (Gl.) | |||||||||||||||||||||||||||
COMPARTIMIENTO N° 4 (Gl.) | |||||||||||||||||||||||||||
| |||||||||||||||||||||||||||
La información contenida en el presente documento tiene el carácter de Declaración Jurada, asumiendo los declarantes la responsabilidad que derive de la presentación de información incompleta o inexacta en la presente Declaración. Deberá responder la totalidad de las preguntas de este cuestionario y las respuestas deben reflejar la realidad de la instalación ejecutada, marcando un aspa (X) en el casillero donde corresponda. El uso de la opción – No Aplica – es para aquellos supuestos en los que la norma técnica y de seguridad en la cual se sustenta la pregunta del cuestionario, realmente no fuera exigible al establecimiento o unidad. El uso inadecuado de esta opción generará responsabilidad administrativa, por declaración de información inexacta. Para la inscripción en el Registro de Hidrocarburos, deberá cumplir con todos los artículos del reglamento, según corresponda. | |||||||||||||||||||||||||||
OBLIGACIÓN NORMATIVA PARA LOS MEDIOS DE TRANSPORTE DE PETROLEO CRUDO (REQUISITOS GENERALES) | |||||||||||||||||||||||||||
ÍTEM | DESCRIPCIÓN DEL REQUERIMIENTO TÉCNICO Y/O DE SEGURIDAD | BASE LEGAL | ¿CUMPLE? (MARCAR X) | ||||||||||||||||||||||||
1 | ¿El tanque que contiene hidrocarburos líquidos se encuentra permanentemente sujeto al chasis del vehículo motorizado? | Artículo 86° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 026-94-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
2 | ¿Cumple la unidad con no cargar hidrocarburos líquidos en remolques? | Artículo 87° del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 026-94-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
3 | ¿La unidad es utilizada exclusivamente para el transporte de hidrocarburos líquidos? | Artículo 99° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 026-94-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
4 | ¿La unidad de transporte cuenta con un accesorio de bronce sobre un área libre de pintura para conectar la descarga de electricidad estática? | Artículo 4°, numeral 5 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
5 | ¿Cuenta la unidad con conexión para eliminar la electricidad estática alejado de las bocas de llenado y con cable para descarga de electricidad estática flexible, con protección aislante y resistente a requerimientos mecánicos con una sección mínima de 6 mm2 y con pinzas dentadas en cada extremo? | Artículo 4°, numeral 15 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
6 | ¿Cuenta la unidad con un mínimo de dos (02) extintores contra incendio de polvo químico seco tipo BC con capacidad de extinción certificada de 80B:C? | Artículo 4°, numeral 2 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
7 | ¿Se encuentran los extintores operativos (Sellos, precintos, pasadores de seguridad); y los indicadores de operación se encuentran en su lugar y no están rotos; y asimismo no tienen daños físicos, corrosión, fugas u obstrucción de la manguera y el manómetro o indicador muestra la presión de operación de trabajo según la NTP 350.053 o equivalente; y la inspección, mantenimiento y recarga de estos equipos se efectuará conforme lo indica el Código NFPA 10 o equivalente? | Artículo 41° Inciso a) del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030-98-EM, Norma NTP 350.053 y Código NFPA 10. | SI | ||||||||||||||||||||||||
8 | ¿Están los extintores ubicados en la unidad de tal manera que se pueda disponer de ellos de inmediato (Sin candado u otro sistema similar)? | Artículo 41° Inciso a) del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030-98-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
9 | ¿Cumple la unidad con las disposiciones vigentes establecidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones referentes a los sistemas mecánicos y eléctricos del vehículo? | Artículo 5°, del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
10 | ¿Se encuentra el sistema de escape de la unidad, incluyendo el silenciador y tubo de escape, separados de cualquier material combustible; y cumple con no tener escape libre? | Artículo 41° Inciso c) del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030-98-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
11 | ¿Cumple con no transportar otras cargas apoyadas directamente a la superficie del tanque de carga (Techo)? | Artículo 41° Inciso e) del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030-98-EM, Norma Metrológica LVD-004. | SI | ||||||||||||||||||||||||
12 | ¿Cumple la unidad con tener rompeolas en cada uno de sus compartimientos, los cuales deben tener 3 aberturas (una en la parte inferior, una en la parte superior y una a lo largo de su plano horizontal) con un diámetro que permita la inspección interna del tanque o compartimiento? | Artículo 4°, numeral 11 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
13 | ¿En el Medio de Transporte, está construida la parte superior (externa) utilizada como piso para las operaciones de llenado, descarga y medición, de planchas o piso anti-deslizante? | Artículo 4°, numeral 9 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
14 | ¿Se encuentran los compartimientos de la unidad, identificados en orden numérico y con la capacidad de almacenamiento; a partir del compartimiento más próximo a la cabina del vehículo? | Artículo 41° Inciso e) del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030-98-EM, Norma Metrológica LVD-004. | SI | ||||||||||||||||||||||||
15 | ¿Cumple la superficie del tanque de la unidad con no presentar abolladuras, rajaduras, perforaciones u otros que ocasionen fugas; y asimismo con tener las válvulas en buenas condiciones y con dispositivos para ser precintadas y/o selladas? | Artículo 41° Inciso e) del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030-98-EM, Norma Metrológica LVD-004. | SI | ||||||||||||||||||||||||
16 | ¿Posee el tanque de la unidad, una placa de aferición (Cubicación)? | Artículo 41° Inciso e) del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030-98-EM, Norma Metrológica LVD-004. | SI | ||||||||||||||||||||||||
17 | ¿Es el tanque de la unidad, de acero o aleación de aluminio y tiene una placa de identificación con los siguientes datos: nombre del fabricante, norma o código de construcción, fecha de fabricación, capacidad nominal, número de compartimientos y margen de espesor de pared para corrosión? | Artículo 4°, numeral 8 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
18 | ¿Se encuentra el tanque, las tuberías, las válvulas y las mangueras de la unidad, en perfecto estado, sin presentar filtraciones u otros desperfectos? | Artículo 4°, numeral 13 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
19 | ¿Son los accesorios de conexión de la manguera de descarga de la unidad, del tipo antichispa? | Artículo 4°, numeral 13 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
20 | ¿Cuenta cada compartimiento del tanque, con su cúpula y válvula de descarga correspondiente? | Artículo 4°, numeral 12 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
21 | ¿Cuenta la unidad con letreros de identificación o letreros en tres o cuatro de sus lados visibles, de acuerdo con la NTP 399.015 y el Libro Naranja de las Naciones Unidas? | Artículo 4°, numeral 3 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
22 | ¿Cuenta la unidad con un letrero en su parte delantera y posterior, en pintura reflectante, con la leyenda “PELIGRO COMBUSTIBLE”, cuyos caracteres tienen una altura mayor a 15 cm y un ancho de 2 cm? | Artículo 4°, numeral 3 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
23 | ¿Cuenta la unidad de transporte con botiquín de primeros auxilios, equipo de comunicación, extintor, herramientas básicas, linterna a prueba de explosión, gata/ llanta de repuesto, cuñas de madera; palo y pico de material antichispa, conos/triángulos/paños absorbentes, para enfrentar emergencias por derrames, fugas, volcaduras e incendios? | Artículo 86° del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 015-2006-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
24 | ¿Cuenta con Plan de Contingencias que contemple todos los riesgos en la operación? | Artículo 4°, numeral 1 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
25 | ¿Cuenta la unidad con el equipo y material mínimo que establece el Plan de Contingencias para el control de fugas o derrames y señalización de emergencia para aislar el área y cortar el tráfico. Asimismo, cuenta con Cartilla de Seguridad de Material Peligroso con instrucciones para el manejo de emergencias con el producto que transporte? | Artículo 4°, numeral 4 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
26 | Si transporta el Petróleo Crudo a más de 60°C de temperatura, ¿se encuentra la unidad cubierta con material aislante que resguarde el tanque? | Artículo 4°, numeral 6 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
No Aplica | |||||||||||||||||||||||||||
27 | En caso la unidad cuente con válvulas en la parte posterior, ¿la longitud del chasis sobresale del extremo posterior del mismo y cuenta con parachoques que protejan las válvulas y demás accesorios de cierre y seguridad del tanque, diseñado para absorber impactos a carga completa? | Artículo 4°, numeral 7 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
No Aplica | |||||||||||||||||||||||||||
28 | ¿Cuenta cada compartimiento del tanque con sistema de ventilación que permita el escape de aire durante el llenado y el ingreso del mismo durante la descarga del petróleo crudo? | Artículo 4°, numeral 10 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
29 | En caso el sistema de ventilación de los compartimientos sea a través de orificios o tubos en forma de “U”, ¿cuenta con rejilla de protección en sus extremos? | Artículo 4°, numeral 10 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
No Aplica | |||||||||||||||||||||||||||
30 | ¿Cuenta cada compartimiento de la unidad con entrada superior hermética, válvulas para descarga, válvulas de emergencia y válvulas de fondo con tapones herméticos que prevengan fugas o derrames? | Artículo 4°, numeral 14 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI | ||||||||||||||||||||||||
31 | ¿Cuenta la unidad con dispositivos que permitan igualar los potenciales eléctricos entre el punto de carga y el punto de descarga para las operaciones de carga y descarga? | Artículo 4°, numeral 16 del reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2012-EM. | SI |
...