ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

TRYTTR


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2015  •  Monografía  •  11.280 Palabras (46 Páginas)  •  390 Visitas

Página 1 de 46

CONTROL DE DETENCIÓN

CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 16 PÁRRAFOS QUINTO Y SEPTIMO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 187 (PRIMER HIPOTESIS), 188 PARRAFOS PRIMERO, SEGUNDO Y SEXTO Y 191 PARRAFO SEGUNDO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES VIGENTE; SOLICITO A USTED CALIFIQUE Y RATIFIQUE DE LEGAL LA DETENCIÓN DECRETADA POR ESTA REPRESENTACIÓN SOCIAL EN CONTRA DE  JUAN RODRIGUEZ ZAVALA POR SU PROBABLE INTERVENCION EN EL HECHO DELICTUOSO DE DESOBEDIENCIA COMETIDO EN AGRAVIO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, ILÍCITO PREVISTO POR EL ARTICULO 117  PÁRRAFO SEGUNDO, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6, 7, 8 FRACCIONES I Y III Y 11 FRACCIÓN I DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE EN LA ENTIDAD DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE EN LA ENTIDAD; 

EN BASE A LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES:

EN RELACIÓN A LOS HECHOS DE LA DETENCIÓN QUE SE REALIZÓ EN FLAGRANCIA, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO A LA PRIMER  HIPÓTESIS DEL ARTICULO 187 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES VIGENTE EN LA ENTIDAD, ES DECIR CUANDO LA PERSONA ES DETENIDA EN EL MOMENTO DE ESTAR COMETIENDO EL HECHO DELICTUOSO ”.

POR LO QUE ME PERMITO HACER DE SU CONOCIMIENTO QUE JUAN RODRIGUEZ ZAVALA FUE DETENIDO EN FLAGRANCIA CON BASE EN LOS SIGUIENTES:

HECHOS DE LA DETENCIÓN:

EL DIA DIEZ DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, SIENDO APROXIMADAMENTE LAS VEINTIDOS HORAS CON CUARENTA MINUTOS, l denunciante MAIRA JULIETA PEREZ en el interior de la sala de su domicilio ubicado en AVENIDA RESURECCIÓN NÚMERO 53, POBLADO DE LA RESURRECCIÓN, MUNICIPIO DE TEXCOCO, ESTADO DE MÉXICO, en compañía de su hija ISAMARA RODRIGUEZ PEREZ, momento en que hasta dicho lugar ingreso el investigado JUAN RODRIGUEZ ZAVALA diciéndoles “TODAVÍA NO SE VAN HIJOS DE SU PINCHE MADRE”, por lo que la denunciante no le dice nada le llama por teléfono a la policía municipal informándoles que tenía una medida de restricción en contra de su esposo JUAN RODRIGUEZ, quien se había metido a la casa cuando tiene prohibido acercarse al domicilio saliendo a la calle y al momento que llega una patrulla a cago de los elementos de la policía LUIS ALBERETO ZUÑIGA PAUL Y JORGE CESAR SANCHEZ PINEDA, informándoles que su esposo se encontraba en el interior de su domicilio y les muestra UN OFICIO EXPEDIDO POR EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO CON NÚMERO DE OFICIO 3266/15 DERIVADO DEL EXPEDIENTE JOF947/15  DE FECHA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE DIRIGIDO AL DIRECTOR DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL DE TEXCOCO, ESTADO DE MEXICO EN EL CUAL SE ORDENA PROTECCIÓN A  MAIRA JULIETA PEREZ GALEANA, ASÍ COMO COPIAS CERTIFICADAS DEL EXPEDIENTE JOF/947/2015 CONSTANTE DE DOS FOJAS ÚTILES MEDIANTE EL CUAL EL JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEXCOCO DE NOMBRE  JAIME VELAZQUEZ MELGAREJO IMPONE LA PROHIBICIÓN  DE ACERCARSE AL DOMICILIO A UNA DISTANCIA DE CIEN METROS PRECISAMENTE EN AVENIDA RESURECCIÓN NÚMERO 53, POBLADO DE LA RESURRECCIÓN TEXCOCO, ESTADO DE MÉXICO, solicitándole a los policías que ingresen al domicilio y al conducirlos al interior de la casa precisamente en una recamara se encontraba el investigado JUAN RODRIGUEZ ZAVALA, solicitando la denunciante  a los policías que se lo llevaran ya que él no tenía nada que estar haciendo de acuerdo a la medida de protección y restricción firmada por el JUEZ JAIME VELAZQUEZ MELGAREJO  Juez Segundo de lo Familiar del Distrito Judicial de Texcoco, por lo que el investigado JUAN RODRIGUEZ ZAVALA se puso muy agresivo con los policías diciéndoles que era lo que querían y  se fueran a la chingada, incluso intento golpear al oficial JORGE CESAR SANCHEZ PINEDA, pero este logro esquivar el golpe y una vez asegurado a las veintitrés horas con diez minutos  en el momento que lo sacaban del domicilio para trasladarlo a estas oficinas le dijo a la denunciante VOY A REGRESAR Y TE VOY A MATAR, motivo por el cual siendo las veintitrés horas con veinte minutos es presentado ante esta Representación Social  

 

          

POR LO QUE ME PERMITO REITERAR A SU SEÑORÍA QUE:

LOS HECHOS SE SUSCITARON EL DÍA 11DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, APROXIMADAMENTE A LAS 23:00 HORAS

EL ASEGURAMIENTO DEL INVESTIGADO JUAN RODRIGUEZ ZAVALA SE REALIZO EN LA MISMA FECHA, A LAS 23:00 HORAS

EL INVESTIGADO JUAN RODRIGUEZ ZAVALA ES PUESTO A DISPOSICION DE ESTA REPRESENTACION SOCIAL EN LA MISMA FECHA, A LAS 23:20 HORAS

SE DECRETO LA DETENCION DEL IMPUTADO JUAN RODRIGUEZ ZAVALA EL DIA 11 DE SEPTIEMBRE DEL 2015, A LAS 03:30 HORAS

EL IMPUTADO JUAN RODRIGUEZ ZAVALA FUE  INGRESADO AL CENTRO PREVENTIVO Y DE READAPTACIÓN SOCIAL DE TEXCOCO, ESTADO DE MEXICO, A LAS            DEL DIA 12 DE SEPTIEMBRE DEL 2015, DENTRO DEL TÉRMINO DE LAS 48 HORAS  EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 188 PÁRRAFO CUARTO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES VIGENTE DEL ESTADO DE MÉXICO.

Como antecedente  y dato de prueba para justificar la detención son:

 

En base a los datos de prueba antes enunciados queda establecida la forma de cómo ocurrió la detención de JUAN RODRIGUEZ ZAVALA debidamente acredita que la misma se dio dentro de la hipótesis jurídica de la flagrancia prevista en el articulo 187 del Código Procesal Penal en su segunda hipótesis

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FORMULACIÓN DE LA IMPUTACIÓN

CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 288, 289 Y 291 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES VIGENTE EN EL ESTADO DE MÉXICO, ESTA REPRESENTACIÓN SOCIAL PROCEDE A FORMULAR IMPUTACIÓN EN CONTRA DE JUAN RODRIGUEZ ZAVALA POR SU PROBABLE INTERVENCION EN EL HECHO DELICTUOSO DE DESOBEDIENCIA COMETIDO EN AGRAVIO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA,  ILÍCITO PREVISTO POR EL ARTICULO 117  PÁRRAFO SEGUNDO, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6, 7, 8 FRACCIONES I Y III Y 11 FRACCIÓN I DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE EN LA ENTIDAD DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE EN LA ENTIDAD; 

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (67 Kb) pdf (526 Kb) docx (1 Mb)
Leer 45 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com