UNIÓN MARITAL DE HECHO
Enviado por johanab.olarte • 7 de Noviembre de 2014 • 421 Palabras (2 Páginas) • 369 Visitas
UNIÓN MARITAL DE HECHO
La ley 54 de 1990 creo la Unión Marital de Hecho formada entre un hombre y una mujer que sin estar casados hacen comunidad de vida permanente y singular.
REQUISITOS SEGÚN LA LEY 54 1990
La unión debe ser entre un hombre y una mujer y no entre personas del mismo sexo
Que los compañeros permanentes no se encuentren casados
Que los compañeros permanentes hagan comunidad de vida permanente y singular
REQUISITOS SEGÚN LA LEY 979 DEL 2005
Según esta ley se presume sociedad patrimonial entre compañeros permanentes y hay lugar a declararla judicialmente en los siguientes casos:
1) Cuando exista unión marital de hecho en un lapso no inferior a (2) dos años entre un hombre y una mujer sin impedimento legal para contraer matrimonio
2) Cuando exista una Unión Marital de Hecho por un lapso no inferior a dos años e impedimento legal para contraer matrimonio por parte de uno o de ambos compañeros permanentes, siempre y cuando la sociedad o sociedades conyugales anteriores hayan sido disueltas y liquidadas por lo menos un año antes de la fecha en que se inició la Unión Marital de Hecho.
DECLARATORIA DE LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL POR LOS COMPAÑEROS PERMANENTES
Los compañeros permanentes que se encuentren en alguno de los casos anteriores podrán declarar la existencia de la sociedad patrimonial acudiendo a los siguientes medios:
Por mutuo consentimiento declarado mediante escritura pública ante Notario donde dé fe de la existencia de dicha sociedad y acrediten la unión marital de hecho. La escritura publica debe contener:
2. Declaración expresa del hombre y mujer de la existencia de la sociedad patrimonial
3. Debe declarar que no tiene impedimento legal para contraer matrimonio
4. Presentar pruebas de acerca de la disolución y liquidación de la sociedad conyugal de uno de los dos compañeros permanentes (se presenta ante un notario)
2. Por manifestación expresa mediante acta suscrita en un centro de conciliación legalmente reconocido demostrando la existencia de los requisitos mencionados anteriormente.
EXISTENCIA DE LA UNIÓN MARITAL DE HECHO
Art 2 ley 979 del 2005, modifico el art 4 de la ley 54 del 90.
Se declara por los siguientes mecanismos:
Por escritura pública ante el Notario por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes
Por acta de Conciliación suscrita por los compañeros permanentes en el centro legalmente constituido
Por Sentencia Judicial con conocimiento de los Jueces de familia en 1era instancia
DISOLUCIÓN DE LA UNION MARITAL DE HECHO
Por mutuo consentimiento los compañeros permanentes elevado a la Escritura Pública ante el Notario.
De
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