AXIOLOGIA Derecho mercantil II. Títulos y Operaciones de Crédito
Enviado por baker270383 • 26 de Octubre de 2015 • Apuntes • 22.024 Palabras (89 Páginas) • 273 Visitas
UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA |
Derecho mercantil II. Títulos y Operaciones de Crédito |
Lic. JOSÉ LUIS JIMÉNEZ DÍAZ |
JOSE LUIS CHAVEZ GARCÍA. Quinto semestre de la carrera de Abogado |
03/12/2014 |
Breve recapitulación, sobre el contenido del programa derecho mercantil II. “títulos y operaciones de crédito” |
GENERALIDADES DE LOS TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO
- CONCEPTOS DE DOCUMENTOS E INSTRUMENTO.
Documento; Es todo escrito fidedigno en el cual se hace constar el reconocimiento o la extinción de una obligación. Tiene carácter privado. Desde luego la palabra fidedigna hace referencia a algo digno de fe y confianza.
Ahora bien el instrumento se define como; una de las varias especies de documentos y está integrada por la presencia de cuatro características que lo distinguen del documento. Estas características mencionadas son:
- El carácter oficial que poseen.
- Su expedición por funcionario competente.
- El cumplimiento de formas establecidas por la ley.
- Que el funcionario que lo expide actué dentro del límite de sus atribuciones.
- CONCEPTO DE TÍTULOS DE CRÉDITO.
Desde el punto de vista doctrinal, Vivante, César, define a los títulos de crédito como los documentos que son necesarios para ejercitar el derecho literal y autónomo expresado en los mismos. A su vez el Artículo 5º de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito nos define perfectamente que son los títulos de crédito.- los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna.
El título de crédito es una cosa mercantil que consiste en un documento de carácter mercantil, constitutivo, creador de derecho que está ligado permanentemente al título por lo que se dice en forma metafórica que el derecho está incorporado al título.
Los títulos de crédito son cosas absolutamente mercantiles, por lo que su mercantilidad no se altera porque no sean comerciales quienes los suscriban o los posean. Un título valor es un documento mercantil el que esta incorporado un derecho privado patrimonial, por lo que el ejercicio del derecho est vinculado jurídicamente a la posesión del documento.
- CLASIFICACIÓN DE LOS TITULOS DE CREDITO.
La primera clasificación es atendiendo a la ley que los rige. Esta a su vez se subdivide en:
Nominados: Son aquellos que están regulados por la ley, ya sea la Ley General Títulos y Operaciones de Crédito o cualquier otra ley que se refiera a estos y a los cuales ésta les da el nombre ( por ejemplo letra de cambio, cheque, pagaré, etcétera). Mientras que a los títulos de crédito innominados son aquellos que sin tener regulación expresa por la ley, han sido consagrados por los usos mercantiles recordando que para poder ser Títulos de Crédito, se requiere que contengan las menciones y llenen los requisitos señalados por la ley y que ésta no presuma expresamente. (Establecido en el Artículo 14 de La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito).
Otra de las clasificaciones es atendiendo a su objeto, dentro de esta se subdivide en: Personales los cuales, son los títulos que además de incorporar una serie de derechos, atribuyen a su titular una calidad, por ejemplo: son acciones - accionista, obligaciones- obligacionista. Dentro de la misma subdivisión encontramos los obligacionales estos confieren a su titular un derecho de crédito, el cual consiste en la facultad que tiene el acreedor de exigirle al deudor una obligación de dar o hacer. Un ejemplo claro es el pagaré o la letra de cambio, y, finalmente los reales, representativos o de tradición estos son aquellos que otorgan un derecho real de disposición sobre los artículos o mercancías amparados por estos. Ejemplo: Certificados de Depósito.
Se clasifican también por la forma de creación y dentro de esta misma encontramos los singulares de emiten de uno en uno, estos son los creados en un solo acto (por ejemplo una letra de cambio, cheque, etcétera). También están los seriales, como su nombre los dice se emiten en serie y son los que se crean en serie como las obligaciones en la sociedad anónima.
Los títulos de crédito también se clasifican atendiendo a la sustantividad del documento, a su vez estos tienen otra clasificación y pueden ser Principales de los cuales su existencia no depende de otro título de crédito como los certificados de depósito y en cambio los accesorios su existencia sí depende de otro título como el bono de prenda.
También se clasifican por la operación que documentan, unos son de crédito: los que documentan una operación de crédito para diferir un pago, como la letra de cambio y el pagare y los otros son de pago: y estos son los que constituyen medios aptos para realizar pagos. Como por ejemplo el cheque.
Concepto de operaciones de crédito; estas son negociaciones financieras que importan recibir o prestar dinero por parte de las entidades financieras de los clientes o a los clientes, respectivamente.
Las operaciones de crédito pasivas son aquellas en las que los clientes depositan su dinero en la entidad financiera puede ser en una caja de ahorro o plazo fijo y la entidad debe devolver el dinero al término del plazo en el primer caso, y en cualquier momento que sea requerido por el cliente, en el segundo, abonando una tasa de interés por el uso del dinero.
El interés generado es mayor en los plazos fijos ya que el banco cuenta con ese dinero para disponer sin restricciones en el plazo pactado. De estas operaciones de crédito, llamadas colocaciones, el banco captará efectivo para prestarlo a otros clientes a una tasa de interés mayor al que pagó para recibirlo, tasa que se denomina activa.
También existen operaciones de crédito entre Bancos u entidades financieras, que se prestan y reciben dinero. Estas operaciones se conocen como call money, y las tasas de interés que se pagan son mayores.
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