El Derecho como Práctica Argumentativa e Interpretativa
Enviado por blancaleaplaza • 28 de Septiembre de 2022 • Ensayo • 1.958 Palabras (8 Páginas) • 227 Visitas
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Universidad de Chile – _Facultad de Derecho
Departamento de Ciencias del Derecho
Cátedra Introducción al Derecho II
Prof. Miguel González Lemus – _Segundo Semestre 2022
El Derecho como Práctica Argumentativa e Interpretativa
Blanca Lea-Plaza
Este ensayo hablará sobre el Derecho. En consideración de que no todos tienen un lenguaje jurídico o un entendimiento claro de este concepto, aparece la pregunta: ¿Qué es lo que se entiende por esta palabra? Puede ser la atribución que le pertenece a una persona, leyes, sistema normativo, jurisprudencia, doctrina, etc., y ninguna de estás definiciones son incorrectas, mas no están completas. Se han determinado tres maneras de definirlo para poder hacer un buen uso del término y no causar problemas de entendimiento al usarlo. En primer lugar, se habla del Derecho objetivo. Este es, en términos simples, el sistema de normas, las leyes, el ordenamiento jurídico, etc. Una segunda acepción, es la del Derecho subjetivo, que se refiere a la facultad propia de una persona, un ejemplo de esto son los derechos fundamentales. Finalmente, tenemos a la ciencia del derecho, la cual se encarga de analizar el derecho objetivo y subjetivo como fenómeno jurídico, con el derecho como su único objeto de estudio. En esta acepción se separa al derecho de cualquier otra materia que no sea de su incumbencia. Con esta pequeña introducción se da una base suficiente de teoría jurídica para los propósitos de este texto.
Si bien las descripciones mencionadas anteriormente dan en gran medida una idea general del Derecho como un todo, no son suficientes, les falta un elemento clave. Una cuarta acepción. Esta es propuesta por Manuel Atienza en 1997[1]. Derecho como práctica argumentativa e interpretativa. El objetivo de este ensayo no es resumir ni repetir lo que plantea el autor, pero una breve síntesis será útil para entender el resto de este ensayo. Esta definición adicional hace referencia a la aplicación del Derecho en sí, como este se pone en práctica. Un concepto clave para esta argumentación e interpretación es el razonamiento práctico. Este busca justificar acciones y persuadir en relación la ejecución de estas. Dentro del marco jurídico, el razonamiento práctico se da en instancias formales, en donde se busca resolver un conflicto. Las partes involucradas tienen derecho a presentar sus argumentos frente a un tercero imparcial, que será quien de la resolución del caso concreto. Los argumentos presentados deben tener cierto peso jurídico, de otra manera, no cabrían dentro de un tribunal. Se debe usar un lenguaje determinado, seguir ciertos procedimientos, etc.
Siendo esta una contextualización suficiente se puede comenzar introducir el tema del que se tratará el resto de este ensayo.
Todo quien pueda leer, entender, razonar, concordar o discrepar lo aquí escrito es una persona; y como persona, ninguna de las acciones mencionadas se hacen de manera independiente una de la otra. Cada interacción, pensamiento, emoción, idea, etc., no es solo eso. No importa cuanto esfuerzo se ponga en separar ciertas funciones de la mente, es imposible. La razón y la emoción son inseparables una de la otra. Somos humanos, no robots, no estamos configurados para analizar objetivamente todo lo que pasa. Incluso un cientifico no podría desligar sus emociones a sus descubrimientos. No se puede decir con certeza, pero si Alexander Fleming no se hubiese emocionado al descubrir la penicilina, se consideraría una conducta anormal dentro de lo que es el ser humano. Es sumamente importante tener claro lo dicho, pues es fundamental para lo que viene.
En la teoría, la ley escrita se aplica como es, por lo menos, en la tradición de derecho civil-germana. Pero eso es solamente en la teoría. Todos los seres que participan en un juicio, son humanos y por mas objetivos que quieran ser, todas sus decisiones están basadas de una u otra manera en emociones. Después de tantas vueltas y explicaciones, el fin de este ensayo es exponer la apelación a la emoción en la argumentación e interpretación jurídica.
En donde más se puede evidenciar este tipo de recurso es en los tribunales de justicia de tradición anglosajona, en especial en el sistema legal de EE. UU. Cuando hay un jurado presente en un juicio, estas son personas comunes y corrientes, elegidos de manera al azar. El deber del abogado es defender a su cliente o, en el caso del demandante, objetar las justificaciones de la contraparte. Todo mediante argumentos jurídicos. Pero hay formas y formas de transmitir la información. Un buen abogado no se va a parar quieto a leer argumentos como si fuera un dictado, sino que va a conmover a quienes vayan a juzgar a su cliente. Cuando se interroga a los testigos, tampoco se escogen solo porque tienen parte de la evidencia revisada en el juicio, sino que, las preguntas realizadas por ambas partes son estratégicas para generar una especie de empatía o apatía según sea el caso. No es lo mismo una declaración escrita de alguien que ha presenciado un homicidio, a que esa persona venga, cuente su experiencia traumática y que a través de sus palabras, gestos, movimientos corporales, formas de hablar, etc., de a entender como se sintió en ese momento. Por más que se considere a un juez o a un jurado imparcial, nunca lo serán, no realmente.
Para poder dar una explicación más clara y mostrar como la apelación a la emoción se pone en practica, se puede dar como ejemplo la obra dramática de F. von Schirach, Terror (2015)[2]. Esta, representa el desarrollo de un juicio, en donde se demanda a Lars Koch por la muerte de 174 personas.
Una pregunta para reflexionar bastante común es algo así como: si van en un riel de tren sin frenos y vas a atropellar a tres personas, puedes cambiar de riel, sin embargo, si lo haces atropellarás a una persona que se encuentra allí.
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