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El derecho en general en un conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de incumplimiento está previsto de una sanción judicial.


Enviado por   •  30 de Octubre de 2016  •  Ensayo  •  472 Palabras (2 Páginas)  •  359 Visitas

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NOCIONES DE DERECHO

BRENDA ITZEL ARMENDARIZ CASILLAS

A141050287

INSTITUTO TECNOLOGICO DE PABELLON DE ARTEAGA

INGENIERIA EN GESTION EMPRESARIAL

LEGISLACION LABORAL

UNIDAD I

22/05/15

                                                                  INDICE

INTRODUCCION1

DESARROLLO2

CONCLUCIONES3

BIBLIOGRAFIA4

INTRODUCCION

El derecho en general en un conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de incumplimiento está previsto de una sanción judicial. El derecho impone deberes  y normas que confieren facultades que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia.

En otras palabras, es un sistema de normas que regula la convivencia social y permite resolver los conflictos intersubjetivos, el derecho ha de ser considerado como un todo, como un conjunto armónico esa armonía interna puede producirse por la existencia de la voluntad política y jurídica que en ella subyace.

El derecho presenta las siguientes características: normativo, bilateral, coercible, con una pretensión de inviolabilidad, se manifiesta como un sistema y posee una proyección de justicia.

El objetivo es dar a conocer diferentes clasificaciones de las ramas del derecho por qué existen discrepancias entre unas y otras clasificaciones.

DESARROLLO

Existen dos tipos de derecho el público y el privado existen diferencias en ellos. El derecho público predomina la heteronomía y las normas de corte imperativo u obligatorio, en el derecho privado se hace prevalecer la autocomposición de los intereses en conflicto y las normas de corte dispositivo .los sujetos en el derecho privado se suponen relacionados en posición de igualdad, al menos teórica.

La típica relación de derecho público, en cambio suele venir marcada por una desigualdad derivada de la posición soberana o imperium con que aparece revestido el o los organismos públicos que en ella interviene. Se dice que las normas de derecho privado tienden a favorecer los intereses particulares de los individuos, mientras que en las normas de derecho público estarían presididas por la consecución de algún interés público.

El derecho público dice: el estado está en un nivel superior de jerarquía que los ciudadanos, es decir sus mandatos no se encuentran sujetos a la autonomía de voluntad que pudiesen ejercer las partes por lo tanto, no pueden ser modificados por las partes en uso legítimo de su autonomía de la voluntad de ahí que los ciudadanos se encuentran ante una situación de subordinación.

Por otra parte el derecho privado se refiere a las normas que se aplican entre iguales, en pleno uso de capacidad de ejercicio sujetos por tanto a una relación de coordinación

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