4.1.1 Procedimiento Conciliatorio Ante La Comisión Nacional Para La Protección Y Defensa De Los Usuarios De Servicios Financieros
Enviado por hoja1 • 13 de Agosto de 2013 • 587 Palabras (3 Páginas) • 755 Visitas
La filosofía del Derecho es una rama de la filosofía y ética que estudia los fundamentos filosóficos que rigen la creación y aplicación del Derecho.
El Derecho como Valor
La filosofía del Derecho aparece, con este preciso nombre, a finales del siglo XVIII e inicios del XIX. Hasta entonces, la reflexión de carácter filosófico sobre el fenómeno jurídico se había enmarcado dentro de la tradición del Derecho Natural, bien de corte escolástico o racionalista. Al lado de las leyes positivas, el Derecho Natural se presentaba como un orden válido por sí mismo, evidente, e invariable, que constituía la regla última de toda comunidad humana. El Derecho Natural no es obra de los seres humanos, y no es producto de la historia.3
Frente a esta concepción, la filosofía del Derecho considera a los ordenamientos jurídicos como creaciones humanas que se desarrollan y cambian en el tiempo histórico. El Derecho es siempre un sistema normativo efectivamente válido y vigente en un grupo social determinado. No es un orden lógico y racional, surgido de la naturaleza, sino un conjunto de normas de conducta elaborado artificialmente como respuesta a los conflictos y a las necesidades de una comunidad específica en un momento histórico.4
El punto de partida de la filosofía del Derecho es que el Derecho es Derecho positivo, y que posee una existencia histórica y condicionada, diversa y variable.
De este modo, durante la segunda mitad del siglo XVIII el concepto “Derecho Natural” va perdiendo su primacía y comienzan a aparecer numerosas obras en que la reflexión teórica sobre las instituciones jurídicas se reviste de otra terminología. En 1797 Kant emplea la expresión “teoría del Derecho”; en 1798 Gustav Hugo utiliza “filosofía del Derecho positivo”; en 1803 Jakob Friedrich Fries emplea “teoría filosófica del Derecho”, y el término “filosofía del Derecho” es empleado desde 1800 en adelante por autores como W. T. Krug, Chr. Weiss o Karl Christian Friedrich Krause.4 En 1821 Hegel publica en Berlín sus “Principios de la filosofía del Derecho”, que adquieren una resonancia decisiva.5
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TEMA: CONOCIMIENTO COMUN Y CONOCIMIENTO CIENTIFICO
C
ONOCIMIENTO COMUN:
EL CONOCIMIENTO FILOSOFICO ES UN CONOCIMIENTO RACIONAL Y CRITICO, EN CAMBIO EL CONOCIMIENTO RELIGIOSO ES UN SABER QUE SE ACEPTA POR LA FE (NO ES RACIONAL Y NO ADMITE CRITICAS). EL CONOCIMIENTO COMUN LO ADQUIRIMOS POR NUESTRA PROPIA EXPERIENCIA O POR LO QUE NOS TRANSMITEN OTRAS PERSONAS QUE PERTENECEN A LA MISMA COMUNIDAD, ES DECIR QUE PUEDE SER VALIDO EN NUESTRA COMUNIDAD PERO EN OTRAS NO. ESTE CONOCIMIENTO SE ADQUIERE DE FORMA EXPONTANEA, ES UN SABER IMPRECISO Y UTILIZA TAMBIEN UN LENGUAJE IMPRECISO, ES DESORDENADO, ES DECIR, LO ADQUIRIMOS A MEDIDA QUE CRECEMOS, QUE TENEMOS EXPERIENCIAS O QUE OBTENEMOS INFORMACIONES. NO ES UN CONOCIMIENTO QUE SE INTERESE
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