ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Bionalisis


Enviado por   •  25 de Marzo de 2015  •  740 Palabras (3 Páginas)  •  215 Visitas

Página 1 de 3

http://www.fecobiove.org/reglamentos/C%C3%B3digo%20de%20Etica.pdf

la siguiente,

LEY DE EJERCICIO DEL BIOANÁLISIS

Capítulo I

Del Ejercicio del Bioanálisis

Artículo 1

El ejercicio profesional del bioanálisis se regirá por la presente Ley y su Reglamento.

Artículo 2

El ejercicio de esta profesión consiste en el análisis de muestras provenientes de seres humanos,

realizados mediante métodos científicos y tecnología propios del laboratorio clínico para suministrar

datos al proceso de diagnostico de enfermedades, su prevención y terapéutica.

Parágrafo Primero: Los profesionales legalmente autorizados por la presente Ley, podrán

analizar, además, muestras provenientes de vegetales o animales.

Parágrafo Segundo: El ejercicio de cualquier especialización en alguna rama de las ciencias

biológicas, con actividades comprendidas dentro del bioanálisis, cuando se circunscriba a su

campo específico, no se considera ejercicio del bioanálisis a los efectos de esta Ley.

Parágrafo Tercero: Los análisis a que se refiere el presente artículo deberán ser ordenados por el

profesional correspondiente, salvo en los casos de investigación científica.

Artículo 3

El ejercicio del bioanálisis es de la competencia de los profesionales legalmente autorizados con tal

objeto, según los requisitos siguientes: a) Las personas que posean títulos de Licenciados en

bioanálisis, expedido o revalidado por una universidad venezolana; b) Las personas que antes de

la promulgación de la presente Ley, hubieran obtenido título de bioanálisis o técnicos de

laboratorios clínicos, expedido o revalidado por una universidad venezolana; c) Los profesionales

universitarios del campo de la salud que hasta la fecha de promulgación de la presente Ley hayan

venido ejerciendo el laboratorio clínico. A los efectos que corresponda, la Federación de Colegios

de Bioanálisis de Venezuela solicitará del respectivo Colegio profesional la información pertinente;

d) Los profesionales médicos que hayan realizado cursos de especialización no menores de tres

(3) años, debidamente aprobados por las autoridades universitarias venezolanas y en tal virtud

obtenido el título de Patólogo Clínico o título equivalente. A los efectos que corresponda, la

Federación de Colegios de Bioanalistas de Venezuela solicitará del respectivo Colegio profesional

la información pertinente. e) Las personas que poseen certificados o diplomas de laboratoristas

clínicos o técnicos de laboratorio expedidos por el Instituto de Ciencias Experimentales, Instituto

Nacional de Higiene e institutos venezolanos autorizados oficialmente para expedirlo hasta 1951;

los egresados de la promoción de Instituto Nacional de Higiene en 1953; f) Las personas

egresadas de la división de laboratorios del

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (6 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com