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Corte


Enviado por   •  4 de Febrero de 2014  •  Tesis  •  1.060 Palabras (5 Páginas)  •  296 Visitas

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ARTICULO 1. OBJETO. La presente ley tiene por finalidad tomar normar, los

sistemas presupuestario, de contabilidad integrada gubernamental , de tesorerÌa y de crÈdito p˙blico,

a efecto de :

a) Realizar la programaciÛn, organizaciÛn, coordinaciÛn, ejecuciÛn y control de la captaciÛn y

uso de los recursos p˙blicos bajo los principios de legalidad, economÌa, eficiencia, eficacia y

equidad , para el cumplimiento de los programas y los proyectos de conformidad con las

polÌticas establecidas.

b) Sistematizar los procesos de programaciÛn, gestiÛn y evaluaciÛn de los resultados de l sector

p˙blico.

c) Desarrollar y mantener sistemas integrados que proporcionen informaciÛn oportuna y

confiable sobre el comportamiento de la ejecuciÛn fÌsica y financiera del sector p˙blico;

d) Velar por el uso eficaz y eficiente del crÈdito p˙blico, coordinando los programas de

desembolso y utilizaciÛn de los recursos, asÌ como las acciones de las entidades que

intervienen en la gestiÛn de la deuda interna y externa.

e) Fortalecer la capacidad administrativa y los sistemas de control y seguimiento para asegurar

el adecuado uso de los recursos el Estado; y

f) Responsabilizar a la autoridad superior de cada organismo o entidad del sector p˙blico, por

la implantaciÛn y mantenimiento de :

I. Un sistema contable integrado, que responsa a las necesidades de registro de la

informaciÛn financiera y de realizaciones fÌsicas, confiable y oportuno, acorde a sus

propias caracterÌsticas;

II Un eficiente eficaz sistema de control interno normativo, financiero y econÛmico y

de gestiÛn sobre sus propias operaciones, organizado en base a las normas generales

emitidas por la ContralorÌa General de Cuentas; y ,

III Procedimientos que aseguren el eficaz y eficiente desarrollo de las actividades

institucionales y la evaluaciÛn de los resultados de los programas , proyectos y

operaciones.

ARTICULO 2 . AMBITO DE APLICACI”N. Est•n sujetos a las disposiciones de la presente

ley :

a) Los Organismos del Estado;

b) Las entidades descentralizadas y autÛnomas

c) Las empresas cualquiera sea su forma de organizaciÛn, cuyo capital estÈ conformado

mayoritariamente con aportaciones del Estado; y

d) Las dem•s instituciones que conforman el sector p˙blico

ARTICULO 3 . DESCONCENTRACION DE LA ADMINISTRACION FINANCIERA.

Integran los sistemas presupuestarios, de contabilidad integrada gubernamental, tesorerÌa y crÈdito

p˙blico; el Ministerio de Finanzas P˙blicas, como Ûrgano rector, y todas las unidades que cumplan

funciones de administraciÛn financiera en cada uno de los organismos y entes del Sector P˙blico.

Estas unidades ser•n responsables de velar por el cumplimiento de las polÌticas, normas y

lineamientos que, en materia financiera, establezcan las autoridades competentes en el marco de esta

ley.

Articulo 4 . RENDICION DE CUENTAS DEL SERVIDOR PUBLICO. Todo servidor p˙blico

que maneje fondos o valores del Estado, asÌ como los que realicen funciones de DirecciÛn Superior o

Gerenciales, deben rendir cuentas de su gestiÛn, por lo menos una vez al aÒo, ante su jefe inmediato

superior, por el cumplimiento de los objetivos a que se destinaron los recursos p˙blicos que le fueron

confiados, y por la forma y resultados de su aplicaciÛn.

ARTICULO 5. COMISION TECNICA DE FINANZAS PUBLICAS. Se crea la ComisiÛn

TÈcnica de Finanzas P˙blicas, la prestar•n asesorÌa al Ministerio y Viceministros de Finanzas

P˙blicas en materia de

...

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