Derecho.
Enviado por chrisjs • 23 de Marzo de 2014 • Informe • 600 Palabras (3 Páginas) • 172 Visitas
Art. 305.- TARIFA MINIMA O REDUCIDA.- Cuando la Constitución o la ley
lo dispongan, los servicios notariales serán gratuitos o causarán tasas y
mecanismos de remuneración inferiores a los establecidos.
Art. 306.- EXENCION PARA PERSONAS ADULTAS MAYORES.- Las
personas adultas mayores se encuentran exentas en el pago de las tasas y los
mecanismos de remuneración notarial en los actos que contengan su única y
exclusiva declaración de voluntad. Para el caso de contratos bilaterales los
adultos mayores no pagarán estos mecanismos de remuneración notarial en el
porcentaje que señala la ley, pero les está prohibido asumir el pago del
porcentaje que corresponda cubrir a los demás intervinientes.
Art. 307.- ARCHIVO NACIONAL NOTARIAL.- Créase el Archivo Nacional
Notarial, dependiente del Consejo de la Judicatura, el mismo que será
implementado de acuerdo a las disposiciones que dicte este órgano.
El Consejo de la Judicatura, a través de la Comisión de Asuntos Relativos a
los Organos Auxiliares, implementará la creación y desarrollo progresivo de un
archivo electrónico de los actos y documentos que notarias y notarios registran
en los libros de protocolo.
Las notarias y notarios conservarán en su poder los libros de protocolo por
cinco años, cumplidos los cuales deberán remitir aquellos a la oficina provincial
de archivo notarial correspondiente, que funcionará en la capital de cada
provincia, a cargo de los directores provinciales del Consejo de la Judicatura, a
más tardar el último día hábil del mes de enero del año que corresponda. Lexis S.A.
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Las notarias y notarios que finalicen sus funciones tendrán igual obligación
que la cumplirán dentro de los treinta días siguientes a la terminación de las
mismas. En caso de fallecimiento de la notaria o notario, este deber lo cumplirá
la notaria o notario suplente o la persona en cuyo poder se hallen los protocolos.
Las notarias y notarios, dentro de los quince primeros días de finalizado cada
mes remitirán a la oficina provincial del archivo notarial, copia certificada del
índice de los protocolos correspondientes a dicho mes.
Las oficinas provinciales remitirán copia certificada de los protocolos al
Archivo Nacional Notarial dentro del primer trimestre de cada año.
El Consejo de la Judicatura reglamentará el funcionamiento de este Archivo
Nacional Notarial y de sus oficinas provinciales.
Sin perjuicio de lo anterior, las notarias y los notarios tienen la obligación de
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