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ENSAYO, ¿SOMOS LIBRES?


Enviado por   •  8 de Mayo de 2016  •  Ensayo  •  3.493 Palabras (14 Páginas)  •  3.571 Visitas

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Universidad de San Carlos de Guatemala

Escuela de Historia

Curso: Filosofía I

Profesor: Dr. Miguel Alejandro De León Cardoza.        

Primer semestre, 2016

ENSAYO, ¿SOMOS LIBRES?

Alumno:         Hans Escobar Arias.

Carnet:        200912117

Área:        Antropología.

¿SOMOS LIBRES?

Libertad es aquella facultad natural que posee el ser humano de obrar de acuerdo a su voluntad, sin ser presionado por fuerzas externas que lo obliguen a actuar de determinada manera.

La pregunta de si somos libres o no, carece de respuesta para muchas personas, quizá otros si tenga una respuesta, o tal vez nunca se lo hayan preguntado,  al menos en mi caso, aún no podría responderla de manera amplia o por lo menos no antes de haber realizado un análisis al respecto. Recuerdo que esta duda me surgió  desde hace ya varios años, en realidad no recuerdo exactamente a partir de cuándo, sin embargo, estoy seguro que fue desde mi niñez. Pero, ¿Por qué siento la necesidad de saber si soy libre o no?  En realidad esta última pregunta no me la había hecho, me surgió en este momento, y pienso que también necesito saber  ese por qué;  e inclusive saber si en realidad siento esta necesidad o no.

Primero diré que efectivamente, Siento la necesidad de saberlo, estoy seguro de ello porque si no existiera ninguna necesidad en mi interior de querer averiguarlo, no me lo preguntaría tan frecuentemente.

Respecto al porque es tan importante determinar si soy libre o no, creo que se debe a que como seres humanos, tenemos la necesidad de relacionarnos con otros seres humanos, en estas relaciones se basa la sociedad, la sociedad es necesaria para la subsistencia del ser humano, ya que un ser humano solo, sin asociaciones con otros seres humanos, sería libre, mas  no podría sobrevivir.  Entonces, durante el desarrollo de nuestra vida social, nos comportamos de determinada forma, nuestro comportamiento podrá tener variaciones ya sea si estamos dentro de un contexto de relaciones sociales (trabajo, escuela, universidad, familia) o de si estamos en un contexto en donde no estemos teniendo ningún tipo de relación social (en nuestra habitación, en nuestro carro, etc.), así mismo nuestro comportamiento también podrá variar de acuerdo al tipo de contexto social en donde nos encontremos, por ejemplo: el comportamiento que tenemos dentro de la iglesia es distinto al comportamiento que tenemos en una discoteca, el comportamiento que tenemos cuando estamos con nuestros amigos, es distinto al comportamiento que tenemos cuando estamos con nuestra pareja sentimental. Estas variaciones en nuestro comportamiento  se dan en virtud de que al momento de realizar alguna acción, estamos condicionados a hacerlo, respectando las la individualidad de las demás personas con las que convivimos, o si la acción o expresión que se realizará es inofensiva para la individualidad de las demás personas, estamos condicionados por las circunstancias, es decir, nuestro hacer y decir en ocasiones puede estar condicionado por las consecuencias que esto pueda  implicar para la convivencia social del individuo que lo realizará. Por lo que al estar condicionados en nuestro comportamiento cotidiano, perdemos la noción de si este es realmente en función a nuestra   voluntad,  o es solo reflejo de estos condicionamientos, en otras palabras, caemos en la confusión de actuar como la sociedad quiere que actuemos, y de decir, lo que la sociedad quiere escuchar, sin tomar en cuenta lo que realmente queremos.

Ahora bien, es oportuno establecer que si bien es cierto, estos condicionamientos a los cuales se ve limitado el actuar y el pensar del ser humano, tienen como principal objetivo, mantener relaciones de armonía entre la sociedad, ya que de no existir, estaríamos en una sociedad primitiva,  el ser humano suele autoimponerse condicionamientos adicionales  de comportamiento y de expresión que no necesariamente son obligatorios ni deberían limitar su actuar  y su pensar, sin embargo, se suelen tomar  en cuenta para evitar el rechazo de la sociedad, ya sea de forma colectiva, o bien de alguna persona especifica que tenga cierta importancia para sus vidas.

Partiendo de lo anterior, dentro de la sociedad, como parte de esta serie de condicionamientos que son necesarios para que exista una convivencia pacífica, existen entre otros aspectos (los cuales no mencionaré por no ser de relevante importancia para lo que quiero exponer)  ciertas normas de comportamiento, las cuales son aceptadas por la mayoría de personas que habitan en ella, estas normas, no necesariamente se refieren a normas jurídicas, el concepto de norma, al cual hago referencia es mucho  más amplio, ya que abarca, tanto las normas jurídicas, como las normas morales y convencionalismos sociales, se definirán  cada una de ellas, con el objetivo de ilustrar de manera clara lo que se expondrá  adelante.

 Cuando se habla de normas jurídicas, se hace alusión al conjunto de preceptos jurídicos, “cuyo requisito esencial es que sea expresa y constituye generalmente imperativos que prescriben o prohíben y cuya obligación viene impuesta a sus destinatarios. La norma jurídica también debe cumplir con los requisitos de generalidad (no puede prescribirse para uno solo), abstracción (es decir el legislador examina y prevé conductas y las traslada a la norma con estructura de supuestos y consecuencias jurídicas) y obligatoriedad (expresa la exigencia de su eficacia.” (López, Ezquerra, Muñoz, 1988, P.70). Si se analiza la definición anterior, se puede determinar que este tipo de normas, las jurídicas, son impuestas a la sociedad en general, por la misma sociedad, ya que son parte del ordenamiento jurídico del estado elaborado o formulado por un organismo determinado  al cual el pueblo delegó esta función y como consecuencia, en sentido formal (no real) expresan la voluntad de esa colectividad, que decidió asociarse para sobrevivir y para poder beneficiarse de ello. El incumplimiento de cualquier norma jurídica, conlleva a una consecuencia jurídica, la cual es de acuerdo con Máximo Pacheco (1976), “la sanción que debe imponerse a un sujeto cuando se realiza la hipótesis prevista en una norma jurídica.” (p. 213). En conclusión, la consecuencia de incumplir una norma jurídica, conlleva a una sanción y por consiguiente, el ser humano, durante el desarrollo de sus convivencias sociales hace lo posible por no infringir estas normas jurídicas preestablecidas, su comportamiento limitando (libertad de locomoción, libertad de expresión), al margen de lo que establecen las normas jurídicas. Pero la consecuencia jurídica también viene acompañada de una condena social, ya que quien infrinja la norma jurídica, prácticamente está atentando en contra de la sociedad en su conjunto.

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