El Aborto Y La ética
Enviado por Protho24 • 5 de Mayo de 2013 • 3.175 Palabras (13 Páginas) • 1.451 Visitas
Introducción
Se llama aborto la expulsión (espontánea o provocada) del feto antes de que sea viable. La expulsión normal del feto al término de un embarazo es el parto. Si el feto se expulsa antes de tiempo (aproximadamente nueve meses), pero es viable, se denomina parto prematuro. Cuando el feto es expulsado antes de tiempo y no es viable, por su escaso desarrollo, se habla de aborto.
Ahora bien, si el aborto espontáneo origina problemas médicos y biológicos, el provocado tiene a menudo implicaciones jurídicas, filosóficas y religiosas. (Me permito tomar de la Gran Enciclopedia Larousse buena parte de lo dicho en la introducción y en los dos rubros siguientes).
Derecho
En general, la legislación contemporánea considera tres tipos de aborto provocado: el intencional o doloso, que constituyó hasta hace poco un delito en casi todas las legislaciones modernas; el no intencional o culposo, ocasionado sin el propósito de causarlo y el honoris causa, practicado para impedir la deshonra de la embarazada.
Entre los romanos el aborto fue considerado como una grave inmoralidad, pero nunca como un delito. Por su parte, en el derecho azteca el aborto era castigado con la muerte de la mujer y de quienes la ayudaban a llevarlo a cabo.
Aunque es algo relativo, en diversas legislaciones extranjeras y nacionales, los avances logrados en esta materia se han dado cuando el aborto es culposo (no intencional), cuando el embarazo sea consecuencia de una violación, cuando la mujer embarazada corra peligro de muerte, cuando fuere practicado dentro de los noventa días al período de gestación, cuando a juicio de por lo menos dos médicos haya una suposición válida de que el producto padece alteraciones congénitas, que den por resultado el nacimiento de un ser con trastornos graves, físicos o mentales y cuando se carezcan de medios económicos suficientes para el sostenimiento de la familia...
Lo dicho hasta aquí no supone que en todas partes de México y del mundo el aborto hubiera sido autorizado totalmente. En el concierto internacional existen naciones que llevan la delantera, como Holanda y en general los países nórdicos. Y en México van adelante Yucatán y el Distrito Federal entre otras entidades de la República. En algunos estados, la oposición al desarrollo del tema es intensa y no ha permitido evolucionar como la modernidad y las situaciones reales lo requerirían. Además, se han formado agrupaciones civiles sumamente conservadoras, como la ya famosa Provida, que arrastran más gente de la que en nuestro tiempo se hubiera pensado y manifiestan puntos de vista francamente desconcertantes por su anacronismo e irracionalidad.
Religión
En México, la religión dominante es el Cristianismo, y dentro de él, el catolicismo. La Iglesia católica siempre ha considerado al aborto como una falta grave. En el Código de Derecho Canónico (v. Tit. XIV, De los delitos contra la vida, la libertad , la propiedad, la buena fama y las buenas costumbres, canon 2350 y ss.) se castiga con la excomunión (que es literalmente la segregación de la comunión de los fieles) no sólo a la madre, sino a todos aquellos que de alguna forma lo procuraron directa y eficazmente, así como de los que cooperen con él tanto física como moralmente. Por supuesto que hay probablemente una buena cantidad de católicos que ignoran esto o que, si acaso saben algo, poco les interesa o no saben bien lo que es la excomunión, pero un principio general válido para todo derecho expresa que "La ignorancia de la ley a nadie aprovecha" o "no exime de su cumplimiento". Las prohibiciones de la religión no son obstáculo que determine su vida en ciertas (muchas) circunstancias. Por ello pareció candorosa la actitud del ya fallecido obispo de Cuernavaca, fundador de la cátedra de Derecho canónico en la Facultad de Derecho de la UNAM, Dr. Luis Reynoso Cervantes, al decidir la excomunión de los violadores. Todos sabemos que hay delincuentes que antes de delinquir se encomiendan a Dios, y es ya un lugar común lo que comentaba hace muchos años el gran antropólogo don Manuel Gamio, en su libro Forjando Patria, que muchos ladrones se encomendaban a la Virgen de Guadalupe en la Iglesia de La Soledad, por la zona de La Merced, antes de cometer sus atracos.
En verdad, tampoco pareciera que los grupos de feministas creyentes se hubieran dado cuenta cabalmente de lo que la Iglesia católica señala. Sucede que en el Derecho canónico sólo hay dos de las llamadas "penas automáticas", o sea aquellas que se aplican por el mismo hecho (ipso facto) de cometer la falta, sin necesidad de que las imponga un sacerdote ni menos un tribunal eclesiástico. Una de ellas es general y se refiere a todo aquel, hombre o mujer, que haga la apología de doctrinas contrarias a la esencia del Cristianismo (como el Marxismo o cualquier otra ideología ateísta, por ejemplo) y la otra es particular, podría decirse "de excepción", pues se toma en cuenta sólo a la mujer, cuando provoque, sin necesidad, el aborto en su propia persona. En ambos casos, el culpable será ipso facto excomulgado y la excomunión es la sanción más severa de la Iglesia católica (v. Canon 2217, especialmente el párrafo 2, así como la nota 2, en la cual se lee que el delincuente se hace acreedor de la pena "en el mismo momento de cometer el delito aunque éste sea oculto y de él no tenga conocimiento el Superior ni hay de tenerlo nunca"). Me parece que el feminismo o las mujeres feministas católicas debieran rechazar este canon eclesiástico; discrimina e infama a la mujer, irremediablemente.
Filosofía
En el campo de la filosofía, el aborto tiene implicaciones éticas, de una ética laica, naturalmente. El problema que se formula es el de saber si es moral o inmoral su práctica consciente, con independencia de los casos permitidos o prohibidos por las leyes. No se trata de legalidad, sino de moralidad y –hay que insistir en ello– no todo lo que es legal es moral, pues existen conductas permitidas legalmente, pero enormemente inmorales.
Con frecuencia se discute en especial si la práctica del aborto supone disponer de una vida, y más exactamente de una vida humana que no puede defenderse, lo que lo hace más grave. El problema filosófico fundamental es, pues, determinar en qué condiciones el producto de la concepción es no sólo vida, sino específicamente "vida humana", pues "vida" biológica sin duda lo es.
Si se pretende que la unión de los gametos masculino y femenino constituyen vida orgánica, la cuestión no es filosófica, pertenece a la biología y otros campos y, por supuesto, la respuesta es, supongo, afirmativa, sí hay vida orgánica,
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