Filosofia Del Derecho
Enviado por laurahurtadoo • 22 de Septiembre de 2011 • 1.761 Palabras (8 Páginas) • 728 Visitas
Origen de la filosofía del derecho:
El término de Filosofía del Derecho data de poco más de siglo y medio y aparece por primera vez en 1821 con Líneas fundamentales de Filosofía del Derecho o Derecho Natural (Grundlinien der Philosophie derRects oder Naturrechts und Saatswissenschaft im Grundirisse) de Jorge Guillermo Federico Hegel. Esto no quiere decir que este saber jurídico no existiese con anterioridad a dicha fecha; pero sí que adoptaba una diferente denominación o nomenclatura.
El origen de la Filosofía del Derecho en cuanto reflexión que se ocupa de temas jurídicos podemos situarlo en el siglo V a. d. C. en la Grecia antigua donde se inició el giro antropológico y, por consiguiente, jurídico de la especulación filosófica. La expresión Filosofía del Derecho es una expresión nueva para un objeto de estudio muy antiguo que inserto una concepción amplia de filosofía, política y moral, tal vez no había tenido oportunidad, antes del siglo XIX, de conquistar un espacio delimitado propio más específico y concreto.
Para Aristóteles la nomenclatura correcta para denominar este saber específico y peculiar sería Filosofía política, la cual estaba incluida dentro de la Ética en su concepción más amplia. La denominación Filosofía del Derecho entraba dentro del ámbito o conjunto más amplio de conocimiento como era la Filosofía política y, más en concreto, la Ética.
La reminiscencia del ethos, así como el ideal de un orden jurídico y una vida política sustentados sobre la moral nos ha conducido a una estricta integración de los tres ámbitos normativos de la conducta práctica. Así pues, esta postura defiende una integración absoluta donde: "la moral posee un significado omnicomprensivo abarcador de las demás normatividades". En el mundo griego, la triada moral, política y derecho se encontraban unidos, el sentimiento de pertenencia a la polis y el respecto absoluto a sus leyes marcaban la pauta a seguir. Sócrates fue un testimonio vivo y coherente de este pensamiento ético-jurídico, un planteamiento que le llevó a optar y morir por Atenas, pues pensaba que las leyes pueden ser criticables pero, ante todo, deben ser veneradas como factor de cohesión e integración social de la polis.
En su conocida obra la República, Platón sostenía que las leyes serían innecesarias una vez implantado el Estado justo, pues la justicia se impondría por sí misma, como un mandato de la recta razón encarnada en el rey-filósofo. Sin embargo, este pensamiento de la República cede a otro más realista y pragmático de las Leyes. En este último diálogo Platón asignaba una función social y cívica a las leyes, las cuales define como una reflexión de la razón común. Esto quiere decir que la ley tiene una función claramente educativa, pedagógica y ordenadora práctica.
"La legislación y el establecimiento de un orden político -escribe Platón- son los medios más perfectos de que puede valerse el mundo para lograr la virtud"
Aristóteles entendía la virtud política (tecné politiké) como conquista de la vida buena y justa, como continuación y prolongación de la ética, de este modo, moral y derecho estaban indisolublemente unidas y vinculadas recíprocamente.
La filosofía jurídica sigue cumpliendo una función normativa de enorme relevancia e importancia metodológica, ontológica y axiológica, encontrándonos ante una disciplina normativa que pretende justificar reflexiva y críticamente el ordenamiento jurídico y político. Ya Cicerón plantea en su famoso tratado De legibus que el verdadero conocimiento del derecho debe extraerse del "corazón mismo de la filosofía". A lo que podríamos decir de que la naturaleza formó al ser humano para que participe y posea el Derecho. Quienes recibieron la razón de la naturaleza recibieron la recta razón, es decir, la ley, que no es otra cosa sino la recta razón que prohíbe y ordena. Y si recibieron la ley, recibieron además al Derecho
Esta integración absoluta entre filosofía, política y derecho se prolongó históricamente hasta que el cristianismo irrumpió y se extendió por el Imperio romano a través de figuras intelectuales como Agustín de Hipona, y muy posteriormente, en la Edad Media con Santo Tomás de Aquino. Esta tesis ha encontrado eco en el iusnaturalismo neotomista, así como en otras doctrinas iusnaturalistas ontológicas de la cultura contemporánea.
La reflexión filosófica sobre el derecho ha sido, durante todos esos siglos, una especulación en torno al Derecho natural, entendido este como un Derecho justo, de modo que hasta comienzos del siglo XIX, la filosofía jurídica o Teoría del Derecho sostuvo la concepción según la cual el derecho estaba constituido por el derecho natural y derecho positivo. En aquella época, se entendía por derecho natural, sobre todo, aquel derecho proporcionado por la razón filosófica triunfante en la Ilustración y, por ello, fue llamado derecho racional.
La modernidad jurídica con un proceso paulatino de racionalización y secularización fue consolidando la diferencia entre las normas de eran impuestas por los gobernantes y la regulación tradicional (de carácter predominantemente religioso-moral). Hasta ya avanzada la Modernidad, la distinción teórica entre Derecho y Moral, no sólo se consolidó, sino que fue explícitamente formalizada dentro de los siglos XVII y XVIII, gracias al esfuerzo teórico que, tras la huella de Puffendorf, desarrollaron Tomasio y Kant. El paso del siglo XVIII al XIX produjo un cambio de nomenclatura sustancial: se sustituyó la expresión "Derecho natural" por la de "Filosofía del Derecho"
Hasta el surgimiento de la filosofía del Derecho a comienzos del último siglo, la reflexión filosófica sobre el Derecho había sido metafísica y ontología jurídica, es decir, lo que tradicionalmente
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