Historia Galileo Galilei
Enviado por rodriguezjj28 • 18 de Octubre de 2013 • 1.015 Palabras (5 Páginas) • 228 Visitas
Tarifas de retención en la fuente para asalariados también aplica para trabajadores independientes que sean empleados
Es evidente que los deseos o intenciones del Gobierno Nacional no quedaron del todo plasmadas en el proyecto de reforma tributaria, sumado a eso los debates en el Congreso para la aprobación del articulado no fueron los suficientemente acertados para garantizar que lo manifestado en los medios de comunicación correspondiera a lo legislado.
Ante esas fallas existían dos interpretaciones que estaban a favor y en contra de los trabajadores independientes, una difícilmente argumentada en las intenciones del legislador (a favor) y otra en la redacción literal de la norma (en contra), siendo necesaria la intervención del Gobierno Nacional donde en primera instancia reconoció que sus intenciones no quedaron debidamente legisladas y manifestó proyectar la expedición de un Decreto Reglamentario.
Después de pocos días la reglamentación fue expedida mediante el Decreto 0099 del 25 de enero de 2013 señalando en su artículo 1:
RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA EMPLEADOS POR CONCEPTO DE RENTAS DE TRABAJO. Conforme lo establece el artículo 383 del Estatuto Tributario, en concordancia con el artículo 384, la retención en la fuente aplicable por las personas naturales o jurídicas, las sociedades de hecho, las comunidades organizadas y las sucesiones ilíquidas, a las personas naturales pertenecientes a la categoría de empleados de conformidad con lo establecido en el artículo 329 del mismo Estatuto por: i) Pagos gravables, cuando provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria o por concepto de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales de conformidad con lo establecido en el artículo 206, ii) Pagos o abonos en cuenta gravables, cuando se trate de relaciones contractuales distintas a las anteriores, corresponde a la que resulte de aplicar a dichos pagos o abonos en cuenta, según corresponda, la siguiente tabla de retención en la fuente:
Rangos en UVT
Tarifa marginal Impuesto
Desde Hasta
>0 95 0 % $0 (cero pesos)
>95 150 19% (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 95 UVT)*19%
> 150 360 28% (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 150 UVT)*28% más 10 UVT
>360 En adelante 33% (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 360 UVT)*33% más 69 UVT
Parágrafo 1°. Las personas naturales que no pertenezcan a la categoría de empleados, cuyos pagos provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria, están sometidos a la retención en la fuente que resulte de aplicar a dichos pagos la tabla de retención prevista en este artículo.
Parágrafo 2°. Para efectos de la aplicación del Procedimiento 2 a que se refiere el artículo 386 del Estatuto Tributario, el valor del impuesto en UVT determinado de conformidad con la tabla incluida en este artículo, se divide por el ingreso laboral total gravado convertido a UVT, con lo cual se obtiene la tarifa de retención aplicable al ingreso mensual.
Parágrafo 3°. Los pagos o abonos en cuenta por concepto de honorarios, comisiones y servicios que efectúen los agentes de retención a contribuyentes personas naturales que no pertenezcan a la categoría de empleados, seguirán sometidos a lo previsto en el artículo 392 del Estatuto Tributario en concordancia con el Decreto 260 de 2001.
Parágrafo 4º. Los pagos gravables que se efectúen a los servidores públicos diplomáticos, consulares y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores provenientes de la relación legal y reglamentaria, están sometidos a la retención prevista en este artículo,
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